Importadora Audiorama Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La importación, exportación, compra, venta y distribución de toda clase de bienes y de todo otro objeto lícito que acuerden los socios.
Capital
Capital total
$35.000.000
Capital pagado
$35.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
35
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 14.xxx.xxx-9 | 14.xxx.xxx-9 | 40% | $14.000.000 |
SUNDRI VISHINDAS ISAARDAS DE RELWANI Accionista 14.xxx.xxx-6 | 14.xxx.xxx-6 | 60% | $21.000.000 |
Historia societaria relatada
- Transformación
Importadora Audiorama Limitada se transforma en sociedad por acciones bajo la denominación IMPORTADORA AUDIORAMA SpA.
DANIEL VISHINDAS RELWANI · SUNDRI VISHINDAS ISAARDAS DE RELWANI
Texto oficial del extracto
IVÁN RODRIGO RAMOS GODOY, Abogado, Notario Público de la 4ta. Notaría de Iquique, Suplente del Titular CARLOS ERNESTO VILA MOLINA, con oficio en Patricio Lynch Nº 525, certifico: que por escritura pública del 18/ABRIL/2022, ante mí: DANIEL VISHINDAS RELWANI, panameño, divorciado, empresario, cédula de identidad para extranjeros número catorce millones seiscientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cincuenta guion nueve, por sí y en representación, de doña SUNDRI VISHINDAS ISAARDAS DE RELWANI, panameña, soltera, empresaria, cédula de identidad para extranjeros número catorce millones seiscientos once mil novecientos dos guion seis, ambos domiciliados para estos efectos en Oscar Bermúdez quinientos treinta y nueve, Iquique. Los comparecientes, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad IMPORTADORA AUDIORAMA LIMITADA inscrita a fojas 482, N°427, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, año 1992, acuerdan: Transformar el actual tipo o especie social de la Sociedad, de sociedad de responsabilidad limitada a una Sociedad por Acciones, conforme a extracto: NOMBRE: IMPORTADORA AUDIORAMA SpA. OBJETO: El objeto de la Sociedad será la importación, exportación, compra, venta y distribución de toda clase de bienes y de todo otro objeto lícito que acuerden los socios. CAPITAL: El capital social asciende a la suma de $35.000.000, dividido 35 acciones, sin valor nominal, nominativas, de las cuales 14 acciones corresponden a Acciones Serie A y 21 acciones corresponden a Acciones Serie B. /Uno/ Preferencias y restricciones de las Acciones Serie A: /a/derecho a determinar los dividendos a distribuir, de acuerdo con los Artículos Vigésimo Octavo y Vigésimo Noveno de los Estatutos; /b/derecho a recibir dividendos de parte de la Sociedad; /c/facultad exclusiva de designar al Administrador conforme lo dispuesto en el Artículo Décimo Primero de estos Estatutos, incluyendo derecho a nombrar reemplazante en caso de vacancia./Dos/ Preferencias y restricciones de las Acciones Serie B: /a/derecho a recibir dividendos de parte de la Sociedad, los que se distribuirán de acuerdo con los Artículos Vigésimo Octavo y Vigésimo Noveno de los Estatutos y serán determinados por las Acciones Serie A de conformidad a lo estipulado en la letra /a/ del párrafo /Uno/ precedente de ésta cláusula; /b/restricción consistente en no tener derecho a voto en la designación de Administrador ni su reemplazante, facultad exclusiva de las Acciones Serie A según lo estipulado en la letra /c/ del párrafo /Uno/ precedente de ésta cláusula. /Tres/ Salvo en los aspectos referidos en los párrafos /Uno/ y /Dos/ precedentes, las acciones Serie A y las acciones Serie B gozarán de idénticos derechos, deberes, privilegios y prerrogativas. /Cuatro/ Sin perjuicio de lo indicado en los párrafos precedentes, en el evento que don DANIEL VISHINDAS RELWANI fallezca o quede en condición de incapaz, en ambos casos por cualquier causa, las Acciones Serie A perderán las preferencias establecidas en las letras /a/ y /c/ del párrafo /Uno/ precedente. Asimismo, y en caso de ocurrir la situación descrita, las Acciones Serie B pasarán a tener las preferencias indicadas en las letras /a/ y /c/ del párrafo /Uno/ precedente. En consecuencia, ante el eventual fallecimiento o incapacidad de don DANIEL VISHINDAS RELWANI, las Acciones Serie B tendrán las siguientes preferencias y restricciones: /a/derecho a determinar los dividendos a distribuir, de acuerdo con los Artículos Vigésimo Octavo y Vigésimo Noveno de los Estatutos; /b/derecho a recibir dividendos de parte de la Sociedad; /c/facultad exclusiva de designar al Administrador conforme lo dispuesto en el Artículo Décimo Primero de estos Estatutos, incluyendo derecho a nombrar reemplazante en caso de vacancia. A su turno, en este escenario, las Acciones Serie A tendrán las siguientes preferencias y restricciones: /a/derecho a recibir dividendos de parte de la Sociedad, los que se distribuirán de acuerdo con los Artículos Vigésimo Octavo y Vigésimo Noveno de los Estatutos de la Sociedad, y serán determinados por las Acciones Serie B de conformidad a lo estipulado en la letra /a/ del párrafo precedente de ésta cláusula; /b/restricción consistente en no tener derecho a voto en la designación de Administrador ni su reemplazante, facultad exclusiva de las Acciones Serie B según lo estipulado en la letra /c/ del párrafo precedente de ésta cláusula. El capital social, ascendente a la suma de $35.000.000, dividido en 35 acciones, sin valor nominal, nominativas, de las cuales 14 acciones corresponden a Acciones Serie A y 21 acciones corresponden a Acciones Serie B. Las acciones han sido suscritas y pagadas de la siguiente forma: /A/ Acciones Serie A: 14 acciones han sido suscritas y pagadas por don DANIEL VISHINDAS RELWANI, con anterioridad a esta fecha conforme a los aportes efectuados a la sociedad mientras giraba como sociedad de responsabilidad limitada. /B/ Acciones Serie B: 21 acciones han sido suscritas y pagadas por doña SUNDRI VISHINDAS ISAARDAS DE RELWANI, con anterioridad a esta fecha conforme a los aportes efectuados a la sociedad mientras giraba como sociedad de responsabilidad limitada. Demás menciones constan en escritura extractada. IQUIQUE, 21 de abril de 2022.
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 14.xxx.xxx-9 | 14.xxx.xxx-9 | 40% | - |
SUNDRI VISHINDAS ISAARDAS DE RELWANI Socio 14.xxx.xxx-6 | 14.xxx.xxx-6 | 60% | $14.000.000 |
Representación legal (2)
SUNDRI VISHINDAS ISAARDAS DE RELWANI
Historia societaria relatada
- Constitución· 16 de julio de 1992
Se constituye IMPORTADORA AUDIORAMA LIMITADA.
- Cesión de derechos· 30 de abril de 2013
Daniel Vishindas Relwani cede, vende y transfiere el 50% de sus derechos sociales a Sundri Vishindas Isaardas de Relwani.
DANIEL VISHINDAS RELWANI · SUNDRI VISHINDAS ISAARDAS DE RELWANI
- Otro acto· 6 de agosto de 2018
Se sanea por Ley 19.499 el vicio formal de nulidad de la modificación de 30 de abril de 2013.
SUNDRI VISHINDAS ISAARDAS DE RELWANI · DANIEL VISHINDAS RELWANI
Texto oficial del extracto
CLAUDIO ERNESTO VILA BUSTILLOS, abogado, notario público, suplente del titular Carlos Vila Molina, de la Cuarta Notaría de Iquique, Patricio Lynch 525, certifica que, por escritura pública hoy ante mí, repertorio Nº3.058: Doña SUNDRI VISHINDAS ISAARDAS DE RELWANI, panameña, soltera, empresaria, cédula de identidad para extranjeros número 14.611.902-6, y don DANIEL VISHINDAS RELWANI, panameño, casado en régimen de separación total de bienes, empresario, cédula de identidad para extranjeros número 14.643.450-9, ambos en representación de la sociedad IMPORTADORA AUDIORAMA LIMITADA, rut. 78.257.780-8, todos domiciliados para estos efectos en Avda. Santa Coloma de Farnes N° 2897, Iquique, vienen en sanear conforme a la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, vicio formal de nulidad que afectó a la sociedad IMPORTADORA AUDIORAMA LIMITADA, constituida con fecha 16 de Julio de 1992, otorgada en la Notaría de Iquique de don Manuel Schepeler Raveau, por omisión de publicación de extracto en el Diario oficial de la modificación de fecha 30 de Abril de 2013, mediante escritura pública otorgada ante la Notaria de Iquique, de doña Maria Antonieta Niño de Zepeda Parra, en virtud de la cual el socio don DANIEL VISHINDAS RELWANI, cedió, vendió y transfirió el 50% de sus derechos sociales, equivalentes al 40% del haber total de la sociedad a la socia doña SUNDRI VISHINDAS ISAARDAS DE RELWANI, quien los compró y adquirió para sí en la suma de $14.000.000 de pesos, el cual se pagó conforme se estipula en la respectiva escritura, quedando en consecuencia la sociedad IMPORTADORA AUDIORAMA LIMITADA, conformada de la siguiente manera: DANIEL VISHINDAS RELWANI, participación sociedad, equivalente al 40% del haber total de la misma; y doña SUNDRI VISHINDAS ISAARDAS DE RELWANI, participación social equivalente al 60% del haber total de la sociedad, quienes además, en dicha calidad y como únicos socios procedieron con la modificación de la cláusula novena del pacto social primitivo en el siguiente sentido: Si durante la vigencia de la sociedad falleciere uno de los socios, ésta continuará en vigor con él o los socios sobrevinientes y los herederos del socio fallecido, haciéndose estos representar ante la sociedad por un procurador común quien en ningún caso podrá detentar la administración y el uso de la razón social, quedando ésta única y exclusivamente radicada en el socio o socios sobrevinientes, permaneciendo inalterables las demás cláusulas no modificadas del pacto social. La referida modificación de fecha 30 de Abril de 2013 fue saneada mediante escritura pública de fecha 06 de Agosto de 2018, siendo el presente su correspondiente extracto, otorgada en la Notaria de Iquique de don Carlos Vila Molina, por vicio formal de nulidad consistente en la omisión de la publicación de su extracto de la modificación en el Diario Oficial de la República de Chile. Conforme lo expuesto y disposiciones de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, los comparecientes vienen en sanear el vicio formal de que adolece la escritura de modificación de fecha 30 de Abril de 2013, solicitando la inscripción y publicación del respectivo extracto en el Diario Oficial. Demás estipulaciones en contrato extractado.- Iquique, 06 de Agosto de 2018.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
IMPORTADORA AUDIORAMA LIMITADA
CVE 2119032
- MODIFICACIÓN
IMPORTADORA AUDIORAMA LIMITADA
CVE 1447933
