Inmobiliaria La Cumbre Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
MÓNICA DEL ROSARIO JARA INFANTE Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 11 de mayo de 1992
Constitución de INMOBILIARIA LA CUMBRE LIMITADA.
- Fallecimiento
Fallecimiento de don Manuel Fernando Jara Aninat.
- Sucesión
Comparecen los herederos de Manuel Fernando Jara Aninat y AGRÍCOLA EL RETIRO LIMITADA como únicos y actuales socios.
JUAN CARLOS JARA INFANTE · BERNARDITA JARA INFANTE · MARÍA JOSÉ JARA INFANTE · MÓNICA DEL ROSARIO JARA INFANTE · AGRÍCOLA EL RETIRO LIMITADA · Manuel Fernando Jara Aninat
Texto oficial del extracto
MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Público titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3039, piso 5, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de enero de 2025, Repertorio N°1.357-2025, otorgada ante mí Suplente, doña Paula Andrea Luna Sáez, don JUAN CARLOS JARA INFANTE, con domicilio en Los Algarrobos IV-B, casa 36, Comuna de Colina, Región Metropolitana, doña BERNARDITA JARA INFANTE, con domicilio en Avenida Parque Golf N° 10.588, CASA 55, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, doña MARÍA JOSÉ JARA INFANTE, con domicilio en El Golf Lomas de La Dehesa N° 9.298, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, doña MÓNICA DEL ROSARIO JARA INFANTE, con domicilio en Cerro Arqueado de Barrera N° 3.121, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y AGRÍCOLA EL RETIRO LIMITADA, con domicilio en Los Algarrobos IV-B, casa 36, Comuna de Colina, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad “INMOBILIARIA LA CUMBRE LIMITADA” (en virtud del fallecimiento de don Manuel Fernando Jara Aninat, comparecen los herederos y la sociedad Agrícola el Retiro Limitada, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad), en adelante la “Sociedad”, constituida por escritura pública de fecha 11/05/1992, otorgada en la Notaría de Santiago de don Fernando Opazo Larraín, cuyo extracto se inscribió a fojas 16.543 número 8.374 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1992, acordaron modificar la cláusula séptima de los estatutos sociales, relativa a la administración y uso razón social de la Sociedad, en el sentido de que esta corresponderá, de forma individual y exclusiva, a don JUAN CARLOS JARA INFANTE, reemplazándose en consecuencia la citada cláusula conforme se indica en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de febrero de 2025.
Información societaria
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital pagado
$20.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99.98% | - |
Socio | - | 0.2% | - |
Administradores (1)
Representación legal (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 11 de mayo de 1992
Se constituyó Inmobiliaria La Cumbre Limitada.
Inmobiliaria La Cumbre Limitada
- Cesión de derechos· 9 de noviembre de 2020
María Victoria Yunge Tirado cede el 4,98% de sus derechos sociales a Manuel Fernando Jara Aninat.
- Cesión de derechos· 9 de noviembre de 2020
María Victoria Yunge Tirado cede el 0,2% de sus derechos sociales a Agrícola El Retiro Limitada.
- Retiro de socio· 9 de noviembre de 2020
María Victoria Yunge Tirado se retira de la sociedad.
- Cambio de capital· 9 de noviembre de 2020
Se adecúa el capital social a $20.000.000 totalmente pagado y se redistribuyen los porcentajes de participación.
- Cambio de administrador· 9 de noviembre de 2020
La administración y uso de la razón social pasa a corresponder exclusivamente a Manuel Fernando Jara Aninat.
Texto oficial del extracto
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 09/11/2020 otorgada ante mí, bajo el Repertorio N° 22.065-2020, don MANUEL FERNANDO JARA ANINAT, por sí y en representación de la sociedad AGRÍCOLA EL RETIRO LIMITADA, y doña MARÍA VICTORIA YUNGE TIRADO, todos domiciliados en calle Agustinas N° 1022, oficina 930, Comuna de Santiago, Región Metropolitana; modificaron la sociedad INMOBILIARIA LA CUMBRE LIMITADA, constituida por escritura pública otorgada en la Notaria de Santiago de don Fernando Opazo Larraín con fecha 11 de mayo de 1992 , cuyo extracto de constitución rola inscrito a fojas 16543 número 8374 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1992. Cesión derechos sociales: (i) Doña MARÍA VICTORIA YUNGE TIRADO, vende, cede y transfiere a don MANUEL FERNANDO JARA ANINAT, quien compra, acepta y adquiere para sí, de los derechos que la primera posee en la Sociedad, el equivalente al 4,98 % de los derechos sociales, por el precio de $210.000.000, que el cesionario se obligó a pagar dentro del plazo de 90 días constados desde la fecha de la escritura extractada; (ii) Doña MARIA VICTORIA YUNGE TIRADO, con la autorización expresa de don Manuel Fernando Jara Aninat, vende, cede y transfiere a la sociedad AGRÍCOLA EL RETIRO LIMITADA, quien representada en la forma indicada, compra, acepta y adquiere para sí, de los derechos que la primera posee en la Sociedad, el equivalente al restante 0,2 % de los derechos sociales, por el precio de $670.000, que el cesionario se obligó a pagar dentro del plazo de 90 días constados desde la fecha de la escritura extractada. (iii) Consecuente con la cesión de derechos convenida, se retira de la Sociedad doña MARIA VICTORIA YUNGE TIRADO, quedando como únicos socios de la Sociedad y en los porcentajes que en cada caso se indican: a) don MANUEL FERNANDO JARA ANINAT, con un 99,98 % de los derechos sociales; y b) la sociedad AGRÍCOLA EL RETIRO LIMITADA, con un 0,2 % de los derechos sociales. Modificaciones Pacto Social: (i) Modifican la cláusula quinta relativa al Capital Social, adecuándola a la cesión de derechos antes indicada, reemplazándolo por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $20.000.000, que se encuentra totalmente pagado, correspondiendo: a don MANUEL FERNANDO JARA ANINAT, un 99,98 % de los derechos sociales, y a la sociedad AGRÍCOLA EL RETIRO LIMITADA, un 0,2 % de los derechos sociales”. (ii) Modifican la cláusula séptima a la administración y uso razón social de la Sociedad, en el sentido de que esta corresponderá exclusivamente a don MANUEL FERNANDO JARA ANINAT con las más amplias facultades de administración. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.-Santiago, 21 de Diciembre de 2020.
Información societaria
Capital
Capital total
$1.459.674.404
Capital pagado
$1.459.674.404
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Inversiones Quinchamalí Limitada Socio | - | 99.59% | $1.453.674.404 |
Socio | - | 0.41% | $6.000.000 |
Texto oficial del extracto
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, Ahumada 312, of. 236, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de noviembre de 2016, ante mí, la sociedad INVERSIONES QUINCHAMALÍ LIMITADA y la sociedad INVERSIONES TANO LIMITADA, ambas domiciliados en Avenida Kennedy número 9.001, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “INMOBILIARIA LA CUMBRE LIMITADA”. Modificaciones consisten: 1) Aumentar el capital social en la suma de $859.674.404, elevándolo en consecuencia desde la suma actual que asciende a $600.000.000 a la suma de $1.459.674.404, pagado íntegramente en este acto por el socio Inversiones Quinchamalí Limitada mediante la capitalización de un crédito que ésta última mantiene en contra de la Sociedad. 2) Actuales y únicos socios acuerdan sustituir el Artículo Cuarto de los Estatutos sociales, por el siguiente: “CUARTO: El capital social es la suma de mil cuatrocientos cincuenta y nueve millones seiscientos setenta y cuatro mil cuatrocientos cuatro pesos, íntegramente aportado y pagado por los socios en las proporciones siguientes: a) El socio Inversiones Quinchamalí Limitada aporta la suma de mil cuatrocientos cincuenta y tres millones seiscientos setenta y cuatro mil cuatrocientos cuatro pesos, equivalentes a un noventa y nueve coma cincuenta y nueve por ciento de los derechos sociales, ya pagada; b) El socio Inversiones Tano Limitada aporta la suma de seis millones de pesos, equivalentes a un cero coma cuarenta y un por ciento de los derechos sociales, ya pagada.”. En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen las demás estipulaciones contenidas en los estatutos sociales, declarándose en este acto por los socios que su responsabilidad queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de diciembre de 2016.
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