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Sociedade de Responsabilidade Limitada78.236.321-2

Inversiones Torres Del Paine Limitada

CONSTITUCIÓN — 11 de dez. de 2025

Informações tributárias (SII)

Tipo de entidade

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedade

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Início de atividades

Sem início de atividades informado pelo SII

Atividades econômicas

Sem atividades econômicas registradas no SII

Documentos timbrados

Sem documentos timbrados registrados no SII

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-12-11Ver PDF (CVE 2739857)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: Indefinida
Administração: La administración de la sociedad, el uso de su razón social, y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don GUILLERMO ARTURO PEREIRA HINKE, y a doña ANTONIA PRIDA MARURI, quienes actuando de acuerdo con la forma y con las limitaciones y restricciones indicadas en la cláusula novena del contrato social, podrán obligar y representar a la sociedad con las más amplias facultades en todo tipo de asuntos, contratos, actos, y negocios conducentes a la obtención del objeto social.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena.

Capital

Capital total

$1.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

GUILLERMO ARTURO PEREIRA HINKE

Socio

50%

ANTONIA PRIDA MARURI

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 1 de diciembre de 2025, ante mí, comparece: don GUILLERMO ARTURO PEREIRA HINKE, y doña ANTONIA PRIDA MARURI, ambos domiciliados en Avenida Carolina Rabat número 277, Casa H, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; quienes constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada en los siguientes términos: I. Razón Social: “INVERSIONES TORRES DEL PAINE LIMITADA”. Nombre de fantasía “TDP LTDA”.- II. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena.- III. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero.- IV. Duración: Indefinida.- V. Capital: El capital social es la suma única y total de $1.000.000, pagadera por los socios en dinero efectivo, dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha, en la medida las necesidades sociales lo requieran, en las siguientes cantidades y proporciones: (i) don GUILLERMO ARTURO PEREIRA HINKE con $500.000, equivalentes al 50% del capital social; y, (ii) doña ANTONIA PRIDA MARURI con $500.000, equivalentes al 50% del capital social.- VI. Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social, y su representación judicial y extrajudicial, corresponderá a don GUILLERMO ARTURO PEREIRA HINKE, y a doña ANTONIA PRIDA MARURI, quienes actuando de acuerdo con la forma y con las limitaciones y restricciones indicadas en la cláusula novena del contrato social, podrán obligar y representar a la sociedad con las más amplias facultades en todo tipo de asuntos, contratos, actos, y negocios conducentes a la obtención del objeto social. Santiago, 1 de diciembre de 2025.

Atuações recentes

  1. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES TORRES DEL PAINE LIMITADA

    CVE 2739857

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