Clever Group Servicios Médicos Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$6.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 76.073.073-4 | 76.073.073-4 | 60% | $3.600.000 |
Socio 77.060.868-6 | 77.060.868-6 | 40% | $2.400.000 |
Administradores (2)
Historia societaria relatada
- Constitución· 24 de marzo de 1992
Se constituye la sociedad CLEVER GROUP SERVICIOS MÉDICOS LIMITADA.
Texto oficial del extracto
JORGE SCHWENKE ZÚÑIGA, Titular 2º Notaría Rancagua, Bueras 359 Of. 102, Rancagua, Certifico: Por escritura pública, del 24 de diciembre del 2024, repertorio 5457-2024 ante mí: JUAN PABLO POBLETE KLEIN C.N.I. 7.721.710-K, por sí y en representación de INVERSIONES PD LIMITADA, R.U.T. 76.073.073-4; y en representación de RUTA RENTAL SERVICE SpA. R.U.T. 77.060.868-6, todos domiciliados en Pintor Gustavo Cabello Olguín, número 874, comuna de Rancagua, modificaron por cuarta vez, la sociedad “CLEVER GROUP SERVICIOS MÉDICOS LIMITADA”, constituida por escritura pública del 24 de marzo de 1992, ante notario de Rancagua, René Pica Pemjean; extracto inscrito fojas 87 vuelta número 94 año 1992, Registro Comercio Conservador de Rancagua y publicado Diario Oficial del 9 abril 1992, La sociedad tiene asignado el RUT 78.230.230-2. MODIFICACIONES: 1) Se retira el socio Juan Pablo Poblete Klein, quien vende: UNO) El 10% de los derechos sociales a INVERSIONES PD LIMITADA, en $2.000.000, al contado. DOS) El 40% de los derechos sociales a RUTA RENTAL SERVICE SpA en $8.000.000, al contado. 2) En consecuencia, se reemplaza cláusula QUINTO del estatuto social por la siguiente: “QUINTO: El capital social será la suma de seis millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: a) INVERSIONES PD LIMITADA aporta en este acto al contado y en dinero en efectivo la suma de tres millones seiscientos mil pesos, que ingresan a la caja social, quedando como titular del sesenta por ciento de los derechos sociales; y b) RUTA RENTAL SERVICE SpA. aporta en este acto al contado y en dinero en efectivo la suma de dos millones cuatrocientos mil pesos, que ingresan a la caja social, quedando como titular del cuarenta por ciento de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.” 3) Se modifican los quórums para futuras modificaciones de estatutos, agregando al estatuto social una nueva cláusula DUODÉCIMO del siguiente tenor: "DUODÉCIMO: QUORUMS PARA FUTURAS MODIFICACIONES DE ESTATUTOS: Los socios acuerdan que para futuras modificaciones del estatuto social no será necesaria la concurrencia de la totalidad de los socios, para tal efecto bastará que concurran en la escritura pública modificatoria las voluntades de socios que representen al menos el cincuenta y un por ciento de los derechos sociales, dicho porcentaje será representativo de la voluntad de todos los socios y será del todo oponible a los socios que no comparezcan, entendiéndose para todos los efectos legales que el o los que comparezcan actúan en representación de la totalidad de los socios, quedando expresa e irrevocablemente mandatados y facultados al efecto, tales modificaciones pueden referirse a cualquier materia, sin limitación.” 4) Se modifica y reemplaza la primera parte de la cláusula CUARTO, relativa a la administración, por la siguiente: “CUARTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio INVERSIONES PD LIMITADA, quien la ejercerá a través de sus actuales socios administradores don JUAN PABLO POBLETE KLEIN y doña PAULINA ANDREA DURRUTY MOREY, quienes actuando conjunta o separadamente representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenios de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el contrato social. Se comprende expresamente entre sus facultades, y sin que la enumeración que sigue se considere restrictiva o limitativa, las de: …”, manteniéndose plenamente vigentes las facultades singularizadas en la cláusula cuarta permanente de la escritura pública de constitución social de fecha veinticuatro de marzo del año mil novecientos noventa y dos antes citada. Hay otras declaraciones no propias de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Rancagua, 24 de diciembre del 2024. Doy Fe.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
CLEVER GROUP SERVICIOS MÉDICOS LIMITADA
CVE 2590640
