Iberocenter
Sociedad de Responsabilidad Limitada78.227.980-7

Inversiones Santa Victoria Limitada

MODIFICACIÓN — 6 mar 2020

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2020-03-06Ver PDF (CVE 1736602)

Información societaria

Ltda
Concepción, Biobío
Duración: treinta años contados desde la fecha de esta escritura, renovables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de treinta años
Administración: La administración, dirección de los negocios sociales y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualesquiera de dos socios que deberán obrar conjuntamente; en materia bancaria, Juan Carlos Erratchou Pineda y Rosa María Erratchou Pineda actuarán solos e independientemente

Objeto social

la inversión de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures, efectos públicos o de comercio; la intermediación en toda clase de bienes muebles o inmuebles con excepción de la financiera; la adquisición de derechos en sociedades de cualesquier clase, la formación de sociedades de personas o capitales, la administración de toda clase de sociedades por cuenta propia o ajena y la enajenación de tales derechos; la agencia de viene o servicios; y en general, los demás negocios que los socios de común acuerdo determinen

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA

Socio

28%

ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA

Socio

18%

VICTORIA EUGENIA ERRATCHOU PINEDA

Socio

18%

MARÍA VICTORIA PINEDA RIVEROS

Socio

36%

Administradores (2)

JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA

Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 31 de diciembre de 1991

    Constitución original de INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA

    FERNANDO HUMBERTO SOTO RETAMAL

  2. Otro acto· 6 de noviembre de 2018

    Modificación previa de la sociedad por escritura pública

    CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ

Texto oficial del extracto

CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público Concepción, con oficio en Barros Arana Nº989, certifico: Que por escritura pública de fecha 14 de Febrero de 2020, ante mi, Repertorio Nº1738/2020, señores JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA, ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA, VICTORIA EUGENIA ERRATCHOU PINEDA, y MARÍA VICTORIA PINEDA RIVEROS, todos domiciliados en Avenida San Andrés doscientos quince, departamento quinientos dos, Concepción, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA” rol único tributario número 78.227.980-7, constituida por escritura pública de 31 de diciembre de 1991, otorgada ante el Notario Público de Concepción don Fernando Humberto Soto Retamal, suplente del titular don Mario Patricio Aburto Contardo, repertorio 4.590, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial edición número 34.189 de 10 de febrero de 1992 e inscrito a fojas 205 número 188 del Registro de Comercio de Concepción del año 1992, modificada por escritura pública de fecha 6 de Noviembre de 2018, otorgada ante el Notario Público de Concepción don Carlos Alberto Miranda Jiménez, repertorio 6641/18, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial el día 10 de Noviembre de 2018, CVE 1492568, e inscrito en el Registro de Comercio de Concepción a fojas 2277 número 1750 del año 2018.- Modificación: Modifican la cláusula quinta de la escritura pública otorgada el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y uno, ante el Notario Público de Concepción don Fernando Humberto Soto Retamal, suplente del titular don Mario Patricio Aburto Contardo, repertorio cuatro mil quinientos noventa, en el sentido que la administración, dirección de los negocios sociales y el uso de la razón social le corresponderá a indistintamente A CUALESQUIERA DE DOS SOCIOS QUE DEBERÁN OBRAR CONJUNTAMENTE, quienes anteponiendo a su firma personal el nombre o razón social, representarán a la sociedad y la obligarán, con las más amplias facultades, ante toda persona, natural o jurídica, pública o privada, en todo tipo de gestiones, trámites, solicitudes, actos y contratos, con facultades para consentir en cláusula de la esencia, de la naturaleza y meramente accidentales de ellos, sin limitaciones, salvo en materia bancaria en la cual el socio don JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA y la socia doña ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA, actuarán solos e independientemente, correspondiéndole a cada uno separada e indistintamente, el uso exclusivo de la razón social. TEXTO ÚNICO Y REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS SOCIALES “INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA”: Los socios don JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA, doña ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA, doña VICTORIA EUGENIA ERRATCHOU PINEDA, y doña MARÍA VICTORIA PINEDA RIVEROS, en su calidad de actuales y únicos socios de “INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA”, acuerdan modificar el estatuto social, debiendo entenderse que el texto único y refundido de los estatutos sociales que otorgan en la cláusula siguiente del presente instrumento, es el texto social único y definitivo, que entiende modificar y sustituir en todas sus partes los estatutos sociales anteriores los que se entenderán derogados para todos los efectos legales.- Del estatuto único refundido de la sociedad “INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA”.- Declaran los comparecientes que entre ellos existe y se constituye entre ellos un contrato de sociedad de responsabilidad limitada Ley 3.918. Estatutos: Razón Social: “INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA”; Administración y uso razón social: La administración de la sociedad, uso de la razón social y dirección de los negocios sociales corresponderá indistintamente A CUALESQUIERA DE DOS SOCIOS QUE DEBERÁN OBRAR CONJUNTAMENTE, quienes anteponiendo a su firma personal el nombre o razón social, representarán a la sociedad y la obligarán, con las más amplias facultades, ante toda persona, natural o jurídica, pública o privada, en todo tipo de gestiones, trámites, solicitudes, actos y contratos, con facultades para consentir en cláusula de la esencia, de la naturaleza y meramente accidentales de ellos, sin limitaciones, salvo en materia bancaria en la cual el socio don JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA y la socia doña ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA, actuarán solos e independientemente, correspondiéndole a cada uno separada e indistintamente, el uso exclusivo de la razón social. Capital: Declaran los socios que el capital de la sociedad es la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS que los socios que los socios han entrado en arcas sociales con antelación al otorgamiento del presente instrumento en las siguientes proporciones: el socio don JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA, aportó la suma de $2.800.000, correspondiéndole un 28% de participación social; la socia doña ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA, aportó la suma de $1.800.000, correspondiéndole un 18% de participación social; doña VICTORIA EUGENIA ERRATCHOU PINEDA aportó la suma de $1.800.000, correspondiéndole un 18% de participación social; y doña MARÍA VICTORIA PINEDA RIVEROS, aportó la suma de $3.600.000, correspondiéndole un 36% por ciento de participación social.- Quedan consecuencialmente totalmente enterados los aportes de los socios; Objeto: El objeto de la sociedad es: a) la inversión de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures, efectos públicos o de comercio; b) la intermediación en toda clase de bienes muebles o inmuebles con excepción de la financiera; c) la adquisición de derechos en sociedades de cualesquier clase, la formación de sociedades de personas o capitales, la administración de toda clase de sociedades por cuenta propia o ajena y la enajenación de tales derechos; d) la agencia de viene o servicios; e) en general, los demás negocios que los socios de común acuerdo determinen; Duración: La sociedad durará treinta años contados desde la fecha de esta escritura que marca la iniciación de las actividades sociales, plazo que se renovará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de treinta años cada vez, sin necesidad de declaración de los socios, a menos que cualesquiera de ellos manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo inicial o cualesquiera de sus prórrogas, mediante declaración por escritura pública que deberá otorgarse con diez años de anticipación al vencimiento del período que estuviere en curso y que deberá notificarse al otro socio por carta certificada expedida por el mismo notario con igual antelación.- Domicilio: Concepción.- Responsabilidad: Limitada al monto de sus aportes.- Caso fallecimiento: sociedad continuará.- Se facultó para inscribir.- Demás cláusulas escritura extractada.- CONCEPCIÓN, 20 de Febrero de 2020.

ModificaciónDiario Oficial · 2018-11-10Ver PDF (CVE 1492568)

Información societaria

Ltda
Concepción, Biobío
Duración: Treinta años contados desde la fecha de la escritura, renovable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de treinta años
Administración: La administración, uso de la razón social y dirección de los negocios sociales corresponde conjuntamente a JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA y ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA, quienes actúan con cualquiera de los socios; en materia bancaria actúan solos e independientemente, con uso exclusivo de la razón social

Objeto social

a) la inversión de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures, efectos públicos o de comercio; b) la intermediación en toda clase de bienes muebles o inmuebles con excepción de la financiera; c) la adquisición de derechos en sociedades de cualesquier clase, la formación de sociedades de personas o capitales, la administración de toda clase de sociedades por cuenta propia o ajena y la enajenación de tales derechos; d) la agencia de viene o servicios; e) en general, los demás negocios que los socios de común acuerdo determinen

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA

Socio

28%

ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA

Socio

18%

VICTORIA EUGENIA ERRATCHOU PINEDA

Socio

18%

MARÍA VICTORIA PINEDA RIVEROS

Socio

36%

Administradores (2)

JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA

Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 31 de diciembre de 1991

    Se constituyó la sociedad Inversiones Santa Victoria Limitada

  2. Fallecimiento

    Fallece JUAN BAUTISTA ERRATCHOU VACCAREZZA, socio de la sociedad

    JUAN BAUTISTA ERRATCHOU VACCAREZZA

  3. Sucesión

    Sus herederos ingresan a la sociedad y hacen suyos los estatutos sociales

    JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA · ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA · VICTORIA EUGENIA ERRATCHOU PINEDA · MARÍA VICTORIA PINEDA RIVEROS

  4. Cambio de administrador· 6 de noviembre de 2018

    Se modifica la administración para que corresponda exclusivamente a JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA y ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA

    JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA · ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA

Texto oficial del extracto

CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público Concepción, O’Higgins 820, certifico: Por escritura pública de fecha 06 Noviembre 2018, ante mí, Repertorio Nº6641/18, señores JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA, ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA, VICTORIA EUGENIA ERRATCHOU PINEDA, y MARÍA VICTORIA PINEDA RIVEROS, en calidad de herederos del causante que lo fue el socio don JUAN BAUTISTA ERRATCHOU VACCAREZZA; y don JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA, todos domiciliados en Avenida San Andrés doscientos quince, departamento quinientos dos, Concepción, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA” rol único tributario número 78.227.980-7, constituida por escritura pública de 31 de diciembre de 1991, otorgada ante el Notario Público de Concepción don Fernando Humberto Soto Retamal, suplente del titular don Mario Patricio Aburto Contardo, repertorio 4.590, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial edición número 34.189 de 10 de febrero de 1992 e inscrito a fojas 205 número 188 del Registro de Comercio de Concepción del año 1992, de la siguiente forma: Uno.- Suprimir toda referencia en los estatutos sociales al nombre de los socios que fallecido don JUAN BAUTISTA ERRATCHOU VACCAREZZA.- Dos.- Los herederos del socio fallecido que ingresan a la sociedad hacen suyos los estatutos sociales.- Tres.- Modifican la cláusula quinta de la escritura pública otorgada el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y uno, ante el Notario Público de Concepción don Fernando Humberto Soto Retamal, suplente del titular don Mario Patricio Aburto Contardo, repertorio cuatro mil quinientos noventa, en el sentido que la administración, dirección de los negocios sociales y el uso de la razón social le corresponderá exclusivamente a don JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA y a doña ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA, quienes deberán actuar conjuntamente con cualquiera de los socios de la sociedad”, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y con las facultades señaladas en la referida cláusula, salvo en materia bancaria “en la cual don JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA y doña ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA actuarán solos e independientemente, correspondiéndole el uso exclusivo de la razón social”.- Cuatro.- Los socios don JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA, doña ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA, doña VICTORIA EUGENIA ERRATCHOU PINEDA, y doña MARÍA VICTORIA PINEDA RIVEROS, en su calidad de actuales y únicos socios de “INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA”, acuerdan modificar el estatuto social, debiendo entenderse que el texto único y refundido de los estatutos sociales que otorgan en la cláusula siguiente del presente instrumento, es el texto social único y definitivo, que entiende modificar y sustituir en todas sus partes los estatutos sociales anteriores los que se entenderán derogados para todos los efectos legales.- Del estatuto único refundido de la sociedad “INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA”.- Declaran los comparecientes que entre ellos existe y se constituye entre ellos un contrato de sociedad de responsabilidad limitada Ley 3.918. Estatutos: Razón Social: “INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA”; Administración y uso razón social: la administración de la sociedad, uso de la razón social y dirección de los negocios sociales corresponderá a “don JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA y a doña ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA, quienes deberán actuar conjuntamente con cualquiera de los socios de la sociedad”, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y con las facultades señaladas en la referida cláusula, salvo en materia bancaria “en la cual don JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA y doña ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA actuarán solos e independientemente, correspondiéndole el uso exclusivo de la razón social”; Capital: Declaran los socios que el capital de la sociedad es la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS que los socios que los socios han entrado en arcas sociales con antelación al otorgamiento del presente instrumento en las siguientes proporciones: el socio don JUAN CARLOS ERRATCHOU PINEDA, aportó la suma de $2.800.000, correspondiéndole un 28% de participación social; la socia doña ROSA MARÍA ERRATCHOU PINEDA, aportó la suma de $1.800.000, correspondiéndole un 18% de participación social; doña VICTORIA EUGENIA ERRATCHOU PINEDA aportó la suma de $1.800.000, correspondiéndole un 18% de participación social; y doña MARÍA VICTORIA PINEDA RIVEROS, aportó la suma de $3.600.000, correspondiéndole un 36% por ciento de participación social.- Quedan consecuencialmente totalmente enterados los aportes de los socios; Objeto: El objeto de la sociedad es: a) la inversión de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures, efectos públicos o de comercio; b) la intermediación en toda clase de bienes muebles o inmuebles con excepción de la financiera; c) la adquisición de derechos en sociedades de cualesquier clase, la formación de sociedades de personas o capitales, la administración de toda clase de sociedades por cuenta propia o ajena y la enajenación de tales derechos; d) la agencia de viene o servicios; e) en general, los demás negocios que los socios de común acuerdo determinen; Duración: La sociedad durará treinta años contados desde la fecha de esta escritura que marca la iniciación de las actividades sociales, plazo que se renovará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de treinta años cada vez, sin necesidad de declaración de los socios, a menos que cualesquiera de ellos manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración del plazo inicial o cualesquiera de sus prórrogas, mediante declaración por escritura pública que deberá otorgarse con diez años de anticipación al vencimiento del período que estuviere en curso y que deberá notificarse al otro socio por carta certificada expedida por el mismo notario con igual antelación.- Domicilio: Concepción.- Responsabilidad: Limitada al monto de sus aportes.- Caso fallecimiento: sociedad continuará.- Se facultó para inscribir.- Demás cláusulas escritura extractada.- CONCEPCIÓN, 07 de Noviembre de 2018.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA

    CVE 1736602

  2. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA

    CVE 1492568

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)