Inversiones Estaquilla SpA
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOCIEDAD POR ACCIONES
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
INVERSIONES E INMOBILIARIA LAS CARDAS SpA Accionista 77.363.441-6 | 77.363.441-6 | - | - |
Administradores (1)
INVERSIONES E INMOBILIARIA LAS CARDAS SpA
Representantes ante el SII (1)
INVERSIONES E INMOBILIARIA LAS CARDAS SpA
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior CAROLINA PIÑA CUEVAS, Notario Público Interino de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 9 de enero de 2026, otorgada ante el titular don IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Bajo el Repertorio N°374–2026, compareció, don RAIMUNDO JOSÉ PIRAINO VINET, Cédula Nacional de Identidad N°15.550.335-1, en representación de INVERSIONES E INMOBILIARIA LAS CARDAS SpA, RUT N°77.363.441-6, ambos domiciliados en calle Las Hortensias N°2710, comuna de Providencia, Santiago; en su calidad de único accionista de la sociedad INVERSIONES ESTAQUILLA SpA, acordó modificar los estatutos sociales en lo siguiente: Se sustituyó íntegramente el ARTÍCULO DÉCIMO de los estatutos. A contar de esta fecha, la administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá exclusivamente a la sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA LAS CARDAS SpA, la que ejercerá sus funciones a través de sus representantes legales o de los mandatarios que esta designe. El administrador así designado, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las amplias facultades de administración y disposición detalladas en la escritura que se extracta. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile, 23 de marzo de 2026.
Información societaria
Capital
Capital total
$191.000.000
Acciones
191.000
Socios (6)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
INVERSIONES E INMOBILIARIA LAS CARDAS SpA Accionista 77.363.441-6 | 77.363.441-6 | 1000 acc. | - |
Inversiones e Inmobiliaria Las Cardas SpA Accionista | - | 50.000 acc. | - |
Gabriela Andrea Riveros Hermans Accionista | - | 60.000 acc. | - |
Accionista | - | 35.000 acc. | - |
Ana María Cristina Didyk Quezada Accionista | - | 25.000 acc. | - |
Sebastián Enrique González Rogers Accionista | - | 20.000 acc. | - |
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior CAROLINA PIÑA CUEVAS, Notario Público Interino de la 33º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, Of. 501, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 30 de enero de 2026, ante el Notario don IVÁN TORREALBA ACEVEDO, bajo Repertorio N° 1625-2026, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “INVERSIONES ESTAQUILLA SpA”, celebrada con fecha 16 de enero de 2026, a la cual asistió la accionista INVERSIONES E INMOBILIARIA LAS CARDAS SpA, Rol Único Tributario N° 77.363.441-6, representada por Raimundo José Piraíno Vinet, cédula de identidad N° 15.550.335-1, titular de 1.000 acciones, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, y especialmente invitados: /Uno/ GABRIELA ANDREA RIVEROS HERMANS, cédula de identidad número 17.553.205-6; /Dos/ ANA MARÍA CRISTINA DIDYK QUEZADA, cédula de identidad número 8.194.302-8, representada por Maria Josefina Masanes Didyk, cédula de identidad número 18.025.254-1; /Tres/ SEBASTIÁN ENRIQUE GONZÁLEZ ROGERS, cédula de identidad número 16.097.903-8, representado por Maria Angelica Gonzalez Rogers, cédula de identidad número 19.639.107-K; y, /Cuatro/ MARIE SOLANGE VINET HOMAR, cédula de identidad número 7.500.500-8, por la cual se adoptaron los siguientes acuerdos que se extractan: I) Aumentar el capital social desde la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones, todas nominativas, de igual valor cada una de ellas, de una misma y única serie, y sin valor nominal, a la suma de $191.000.000, dividido en 191.000 acciones, todas nominativas, divididas en Serie A y Serie B, y sin valor nominal. Para lo anterior se emitirán 190.000 acciones de pago, todas ellas corresponderán a la “Serie B”. La operación de emisión de las 190.000 acciones implica un aumento de capital ascendente a $190.000.000 y se recaudaría mediante la emisión y suscripción de las 190.000 acciones, por un valor mínimo de colocación de $1.000 por acción; II) Se acuerda que 190.000 de las nuevas acciones emitidas, es decir, la integridad de éstas, correspondan a las acciones “Serie B”, la cual se acuerda crear. Dichas acciones no tendrán derecho a recibir utilidades, ni serán consideradas para los efectos del quórum de la constitución de las Juntas de Accionistas ni del cómputo de las mayorías que establece el estatuto. No obstante, las acciones Serie B si tendrán derecho a voto solo para efectos de la modificación de los estatutos de la Sociedad, en aquello relacionado con el destino de los dividendos, requiriendo por tanto para dicho tipo de modificaciones de la mayoría correspondiente que incluya en el quorum tanto a los dueños de acciones Serie A como Serie B. Por su parte, se acuerda que 1.000 acciones, correspondan a las acciones “Serie A”, la cual se acuerda crear. Dichas acciones tendrán derecho no sólo a recibir utilidades (bajo las condiciones fijadas), sino que también tendrán derecho a voz, a citar a Junta válidamente, a considerarse para los efectos del quórum de la constitución de las Juntas de Accionistas y del cómputo de las mayorías que establece el estatuto de la Sociedad; III) Modificar los Artículos Quinto permanente y Primero Transitorio, de los estatutos sociales por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. – El capital asciende a la suma de $191.000.000 (Ciento noventa y un millones de pesos) dividido en 191.000 (ciento noventa y un mil) acciones, todas nominativas y sin valor nominal, las que a su vez se dividen en dos Series de Acciones, las que se detallan a continuación: a) Acciones Serie A: Formada por 1.000 (mil) acciones; b) Acciones Serie B: Formada por 190.000 (ciento noventa mil) acciones; a/ Acciones Serie A: Durante todo el período de vigencia de esta Serie, estas acciones tendrán derecho a voz y a voto, y serán las únicas a considerar para los efectos del quórum de constitución de las Juntas de Accionistas y del cómputo de las mayorías que establece este estatuto, con excepción únicamente de las materias relacionadas con la modificación de los estatutos respecto al destino de los dividendos. Respecto a los dividendos, la Serie A tendrá derecho a acordar su reparto únicamente cuando estos flujos sean destinados a la compra de las acciones Serie B. Las acciones serie A podrán citar a Junta y constituirla válidamente; b/ Acciones Serie B: Durante todo el período de vigencia de esta Serie, estas acciones no tendrán derecho a recibir utilidades ordinarias, ni a voto y, por tanto, no serán consideradas para los efectos del quórum de constitución de las Juntas de Accionistas ni del cómputo de las mayorías. No obstante, las acciones Serie B tendrán derecho a voto exclusivamente para efectos de la modificación de las restricciones respecto de la Serie A, requiriendo para tales modificaciones el voto conforme de la mayoría de ambas series. El plazo de vigencia de las acciones Serie A y Serie B será de 36 meses, contados desde la fecha de otorgamiento de la presente acta, sin perjuicio de constituir causal de extinción de las Series de Acciones, la circunstancia de haberse adquirido la totalidad de las Acciones Serie B por el actual titular de las Acciones Serie A o su continuador legal, según sea el caso. Verificada dicha circunstancia, o cumplido que sea el plazo referido anteriormente, se extinguirán de pleno derecho las Series A y B y, todas las acciones existentes a esa fecha pasarán, ipso facto y sin más trámite, a formar parte de una misma y única serie de acciones, sin preferencias de ningún tipo. A mayor abundamiento, acaecido dicho escenario, se eliminarán todo tipo de preferencias o privilegios. En caso de ocurrencia de la circunstancia antes descrita y en conformidad con el inciso primero del artículo cincuenta y nueve del Reglamento de Sociedades Anónimas, la relación de canje de las acciones Serie A respecto de las acciones de la Serie B será de uno a uno, esto es, por cada acción Serie A se canjeará una acción Serie B. Durante todo el período de vigencia de esta Serie A y Serie B, estas acciones no podrán ser entregadas en garantía de préstamo o de cualquier obligación, sin el consentimiento del voto unánime de los accionistas Serie A”; “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad ascendente a $191.000.000.- (Ciento noventa y un millones de pesos) dividido en 191.000 (ciento noventa y un mil) acciones todas nominativas, y sin valor nominal, las que a su vez se dividen en dos Series de Acciones que se detallan a continuación, el capital ha sido enterado o se enterará en la siguiente forma: a) Serie A: Formada por 1.000 (mil) acciones, las que han sido suscritas y pagadas en dinero efectivo por Inversiones e Inmobiliaria Las Cardas SpA, de la siguiente manera: 1.000 (mil) acciones, con anterioridad a esta fecha. b) Serie B: Formada por 190.000 (ciento noventa mil) acciones, suscritas y pagadas en efectivo en la proporción que a continuación se indica: (i) Inversiones e Inmobiliaria Las Cardas SpA, 50.000 (cincuenta mil) acciones, en este acto; (ii) Gabriela Andrea Riveros Hermans, 60.000 (sesenta mil) acciones, en este acto; (iii) Marie Solange Vinet Homar, 35.000 (treinta y cinco mil) acciones, en este acto; (iv) Ana María Cristina Didyk Quezada, 25.000 (veinticinco mil) acciones, en este acto; (v) Sebastián Enrique González Rogers, 20.000 (veinte mil) acciones, en este acto. En consecuencia, el capital de la sociedad se encuentra totalmente suscrito y pagado”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago de Chile, a 23 de Marzo de 2026.
Información societaria
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 7.xxx.xxx-8 | 7.xxx.xxx-8 | 100% | $1.000.000 |
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, Of. 501, certifica: por escritura pública de Saneamiento de fecha 18 de Diciembre de 2025, Repertorio N° 19127-2025, ante mí, don NICOLÁS GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ, cédula de identidad número 17.406.555-1, en representación de doña MARIE SOLANGE VINET HOMAR, cédula de identidad número 7.500.500-8, ambos domiciliados en Las Hortensias N°2710, Providencia, Santiago; procedió a rectificar y sanear la constitución de la sociedad "INVERSIONES ESTAQUILLA SpA", otorgada el 30 de octubre de 2025 en esta misma Notaría, anotada bajo el Repertorio N°16.374-2025, inscrita a fojas 107.503, número 40.077 del Registro de Comercio de Santiago del año 2025 y publicada en el Diario Oficial el 19 de noviembre de 2025. Rectificación y Saneamiento: Se corrige Artículo Primero Transitorio de los estatutos en cuanto al accionista que suscribe y paga el capital. El capital de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones, fue suscrito y pagado íntegramente en dinero efectivo por MARIE SOLANGE VINET HOMAR, y no por "RR CAPITAL SUR SpA" como erróneamente se indicó. Saneamiento se efectúa conforme Ley 19.499, retrotrayendo efectos a fecha de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2025.
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