Parque Costanera Dos SpA
Diario Oficial
Información societaria
Representación legal (1)
Andrea María Alarcón Fiorentino
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico: Que, por escritura pública de fecha 28 de julio de 2026, otorgada ante mí, bajo el Repertorio N°38.146-2026, doña Andrea María Alarcón Fiorentino, cédula nacional de identidad N°17.327.674-5, en representación y debidamente facultada al efecto, redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de PARQUE COSTANERA DOS SpA, Rol Único Tributario N°78.215.003-0 (la "Sociedad"), celebrada con fecha 15 de julio de 2026, en la cual el accionista único de la Sociedad acordó modificar los estatutos sociales, de cuyos acuerdos se extracta lo siguiente: Régimen de Administración: Se derogaron íntegramente los Artículos Décimo Primero a Décimo Séptimo de los estatutos sociales, contenidos en el Título Tercero, "De la Administración", en virtud de los cuales la administración de la Sociedad correspondía a un Directorio, y se reemplazaron por nuevos Artículos Décimo Primero a Décimo Quinto de los estatutos sociales, en virtud de los cuales la administración de la Sociedad corresponderá en lo sucesivo a Administradores Clase A y Administradores Clase B, designados por la Junta de Accionistas. En todo lo no modificado permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 04 de Agosto de 2026.
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto: a) La adquisición y enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, sean estos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; b) La construcción de toda clase de viviendas, edificaciones, conjuntos habitacionales, establecimientos y, en general, la ejecución de toda clase de obras civiles, en todas sus etapas, por cuenta propia o ajena y la realización de todos los actos y contratos encaminados a la construcción de tales obras y a la explotación de las mismas, incluso bajo la forma de ventas, permutas y otros títulos traslaticios; c) La obtención de rentas de bienes raíces en virtud de su arrendamiento, subarrendamiento, usufructo y cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal; d) El desarrollo, promoción, comercialización e intermediación de toda clase de proyectos inmobiliarios; e) La prestación de servicios y asesorías inmobiliarias o relacionados a la actividad inmobiliaria; y f) La inversión en toda clase de bienes muebles corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, bonos, instrumentos financieros, efectos de comercio, debentures, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y, en general, en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de crédito o de inversión, junto con la administración y explotación de estas inversiones y sus frutos o productos.
Capital
Capital total
$1.000.000
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
EBCO DESARROLLO Y RENTAS INMOBILIARIAS SpA Accionista 76.978.816-6 | 76.978.816-6 | 100% | $1.000.000 |
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior María Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3039, piso 5, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 27/10/2025, Repertorio N°15.002-2025, otorgada ante mí, EBCO DESARROLLO Y RENTAS INMOBILIARIAS SpA, Rut N° 76.978.816-6, constituyó una sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan a continuación: Nombre: PARQUE COSTANERA DOS SpA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La adquisición y enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, sean estos corporales o incorporales, y la administración de estas inversiones y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; b) La construcción de toda clase de viviendas, edificaciones, conjuntos habitacionales, establecimientos y, en general, la ejecución de toda clase de obras civiles, en todas sus etapas, por cuenta propia o ajena y la realización de todos los actos y contratos encaminados a la construcción de tales obras y a la explotación de las mismas, incluso bajo la forma de ventas, permutas y otros títulos traslaticios; c) La obtención de rentas de bienes raíces en virtud de su arrendamiento, subarrendamiento, usufructo y cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal; d) El desarrollo, promoción, comercialización e intermediación de toda clase de proyectos inmobiliarios; e) La prestación de servicios y asesorías inmobiliarias o relacionados a la actividad inmobiliaria; y f) La inversión en toda clase de bienes muebles corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, bonos, instrumentos financieros, efectos de comercio, debentures, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y, en general, en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de crédito o de inversión, junto con la administración y explotación de estas inversiones y sus frutos o productos. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los Juzgados de Letras en lo Civil con asiento en la comuna de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Capital social: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias y nominativas, de única serie y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes. El capital se encuentra íntegramente suscrito por EBCO DESARROLLO Y RENTAS INMOBILIARIAS SpA, quien se obligó a pagarlo dentro de un plazo de 1 año contado desde la fecha de la constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de noviembre de 2025.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Parque Costanera Dos SpA
CVE 2850599
- CONSTITUCIÓN
PARQUE COSTANERA DOS SpA
CVE 2724085
