Centro Médico De La Patología Osea Limitada
Diario Oficial
Texto oficial del extracto
Julio Abasolo Aravena, Notario Público y Conservador de Minas de Antofagasta, con domicilio en calle Washington N° 2653, certifica: ante mí, por escritura pública esta fecha, SERVICIOS MÉDICO TRAUMATOLÓGICOS LIMITADA, calle 14 de Febrero N° 2045, Antofagasta, CENTRO MÉDICO OSTEOTRAUMA S.A., calle Coquimbo N° 875, Antofagasta, SERVICIOS MÉDICOS HAYMAR LIMITADA, calle Coquimbo N° 875, Antofagasta, y SOCIEDAD DE INVERSIONES OIKONOMIA LIMITADA, calle Coquimbo N° 875, Antofagasta, liquidaron la sociedad CENTRO MÉDICO DE LA PATOLOGÍA OSEA LIMITADA, en forma establecida en dicho instrumento, y cuya disolución se verificó por instrumento otorgado con anterioridad y que fue anotada al margen de inscripción de fojas 695 vta. n° 487 Registro Comercio año 1993 del Conservador de Bienes Raíces Antofagasta. Demás estipulaciones en escritura extractada. Antofagasta, 28 de septiembre de 2018.
Información societaria
Capital
Capital total
$7.000.000
Capital pagado
$7.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
RANDOLPH WILLIAM GENT DUFFLOCQ Socio 5.xxx.xxx-3 | 5.xxx.xxx-3 | 99% | $6.930.000 |
Socio 106.209.244-2 | 106.209.244-2 | 1% | $70.000 |
Administradores (1)
RANDOLPH WILLIAM GENT DUFFLOCQ
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos
RANDOLPH ANTHONY GENT FRANCH cede el 9% de sus derechos sociales a RANDOLPH WILLIAM GENT DUFFLOCQ
RANDOLPH ANTHONY GENT FRANCH · RANDOLPH WILLIAM GENT DUFFLOCQ
- Cambio de capital
Se acuerda aumentar el capital a $7.000.000
RANDOLPH WILLIAM GENT DUFFLOCQ · RANDOLPH ANTHONY GENT FRANCH
- Cambio de administrador
RANDOLPH WILLIAM GENT DUFFLOCQ queda como único administrador
- Otro acto· 30 de diciembre de 2002
Se otorgó el texto estatutario modificado de la sociedad
- Constitución· 1 de enero de 1991
Inscripción matriz original de la sociedad en el registro de comercio de Antofagasta
Texto oficial del extracto
TOMAS ALBERTO FERNANDEZ GÓMEZ, suplente del titular de la 2ª Notaría de Antofagasta y Conservador de Minas, Julio Abasolo Aravena, con oficio en calle Washington 2653, CERTIFICA: Por escritura pública, hoy ante mí Don RANDOLPH WILLIAM GENT DUFFLOCQ, Chileno, casado, médico, con domicilio en calle Zapallar número seiscientos treinta y nuevo, ciudad de Antofagasta , cédula nacional de identidad número cinco millones cincuenta y dos mil veintinueve guion tres y don RANDOLPH ANTHONY GENT FRANCH, chileno, Casado, médico, con domicilio en calle Valle Sur número ciento ochenta y cinco condominio valle del Mar de ciudad de Antofagasta, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos veinte nueve mil doscientos cuarenta y cuatro guion dos en calidad de únicos socios de sociedad “SERVICIOS MÉDICOS Y TRAUMATOLÓGICOS LIMITADA” o también denominada: “SEMTRA LTDA” cuya matriz se encuentra inscrita en el registro de comercio de la ciudad de Antofagasta a fojas ochocientos cuarenta, número cuatrocientos cincuenta y cuatro del año mil novecientos noventa y uno; SEGUNDO: CESIÓN DE DERECHOS. En la presente escritura se realizó la siguiente cesión de derechos donde don RANDOLPH ANTHONY GENT FRANCH, ya individualizado, vendió, cedió y transfirió el nueve porciento que equivale en monto en pesos chilenos a la suma de seiscientos trece mil seiscientos cuarenta y ocho mil pesos, de sus derechos sociales que mantiene en la referida sociedad a don RANDOLPH WILLIAM GENT DUFFLOCQ quien comparece como cesionario ,quien a la fecha, compra, acepta y adquiere el nueve por ciento de los derechos sociales de la cedente por el monto de la cesión que equivalen a seiscientos trece mil seiscientos cuarenta y ocho pesos, que pagó en dinero efectivo al momento de la suscripción de la escritura, con lo cual don RANDOLPH WILLIAM GENT DUFFLOCQ, queda en calidad de socio mayoritario de la sociedad SERVICIOS MÉDICOS TRAUMATOLÓGICOS LIMITADA O SEMTRA LTDA, con un NOVENTA Y NUEVE PORCIENTO de los derechos sociales, que equivalen al monto de UN MILLON NOVECIENTOS OCHENTA MIL PESOS y; DOS don RANDOLPH ANTHONY GENT FRANCH queda como socio con un UNO PORCIENTO que equivale al VEINTE MIL PESOS. TERCERO: AUMENTO DE CAPITAL: los socios además han acordado realizar un aumento de Capital a SIETE MILLONES DE PESOS de acuerdo a los siguientes aportes y proporciones don RANDOLPH WILLIAM GENT DUFFLOCQ : viene en aportar la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS los cuales se encuentran pagados y enterados en la caja social con esta fecha; don RANDOLPH ANTHONY GENT FRANCH viene en aportar la suma de CINCUENTA MIL PESOS los cuales se encuentran pagados y enterados en la caja social con esta fecha; con lo cual los aportes quedan de la siguiente manera : don RANDOLPH WILLIAM GENT DUFFLOCQ: es dueño del NOVENTA Y NUEVE PORCIENTO de los derechos sociales de SERVICIOS MÉDICOS TRAUMATOLÓGICOS LIMITADA o SEMTRA LTDA, que equivalen a: SEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL PESOS; y don RANDOLPH ANTHONY GENT FRANCH : es dueño del UNO PORCIENTO de los derechos sociales de SERVICIOS MÉDICOS TRAUMATOLÓGICOS LIMITADA o SEMTRA LTDA, que equivalen a: SETENTA MIL PESOS. CUARTO: ADMINISTRACIÓN: queda como único administrador don RANDOLPH WILLIAM GENT DUFFLOCQ ; QUINTO: MODIFICACIÓN Los actuales y únicos socios de la referida sociedad vienen en realizar la modificación de sus estatutos en el sentido que se indicó en escritura extractada :”MODIFICACIÓN Y NUEVO TEXTO ESTATUTOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA SERVICIOS MÉDICOS TRAUMATOLÓGICOS LIMITADA” o “SEMTRA LTDA”, la cual fue otorgada mediante escritura pública de fecha treinta de diciembre de dos mil dos en la notaria de don Vicente E. Castillo Fernández, bajo el repertorio número dos mil novecientos cuarenta y siete guion dos mil dos, respecto a su CLÁUSULA DÉCIMA que indica “Continuidad en caso de fallecimiento; la que se modifica en el siguiente sentido: En el caso de Muerte o fallecimiento de los socios, esta no se mantendrá vigente, debiendo designar un liquidador de la misma el cual será designado de consuno por las partes en el plazo de 30 días, y a falta de acuerdo será esta designada por la justicia ordinaria a fin de proceder a liquidar los activos y/o pasivos de la sociedad frente a los herederos y/o socios”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Antofagasta, 23 de Abril del 2018.
Actuaciones recientes
- DISOLUCIÓN
CENTRO MÉDICO DE LA PATOLOGÍA OSEA LIMITADA
CVE 1489746
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS MÉDICOS Y TRAUMATOLÓGICOS LIMITADA
CVE 1398467
