Agrícola Las Mercedes de Talcarehue Limitada
Informations fiscales (SII)
Entity type
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Company subtype
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Début des activités
Aucun début d’activités signalé par le SII
Business cessation date
9 septembre 2022
Activités économiques
Aucune activité économique enregistrée au SII
Documents timbrés
Aucun document timbré enregistré au SII
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$1.445.976.000
Associés (14)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 0.0291682% | - |
MARÍA GABRIELA RIVADENEIRA HURTADO Socio | - | 0.0109381% | - |
Socio | - | 0.0109381% | - |
Socio | - | 0.0109381% | - |
Socio | - | 0.0109381% | - |
MARIA MERCEDES RIVADENEIRA HURTADO Socio | - | 0.0109381% | - |
Socio | - | 0.0109381% | - |
Socio | - | 0.0109381% | - |
Socio | - | 0.0109381% | - |
SANTIAGO JOSÉ RIVADENEIRA MONREAL Socio | - | 0.116673% | - |
Socio | - | 69.098373% | - |
INVERSIONES ALTO LA VIÑA LIMITADA Socio | - | 0.116673% | - |
AGRÍCOLA LA JAVIERANA LIMITADA Socio | - | 28.943628% | $900.000.000 |
AGRÍCOLA Y GANADERA ROMA LIMITADA Socio | - | 1.60798% | $50.000.000 |
Texte officiel de l’extrait
GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Público Suplente de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura de 04-07-2019, ante notario titular y autorizada por mi, en conformidad Art. 402 C.O.T., doña MARIA MERCEDES HURTADO VICUÑA, doña MARÍA GABRIELA RIVADENEIRA HURTADO, don RICARDO RIVADENEIRA HURTADO, don IGNACIO RIVADENEIRA HURTADO, don JUAN RIVADENEIRA HURTADO, doña MARIA MERCEDES RIVADENEIRA HURTADO, doña ROSARIO RIVADENEIRA HURTADO, don PABLO RIVADENEIRA HURTADO, don TOMÁS RIVADENEIRA HURTADO, todos domiciliados para estos efectos en Camino La Viña 11300, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, don SANTIAGO JOSÉ RIVADENEIRA MONREAL domiciliado en Fundo Las Mercedes, Talcarehue, comuna de San Fernando, Sexta Región, AGRÍCOLA CERRO ALTO LIMITADA, INVERSIONES ALTO LA VIÑA LIMITADA, AGRÍCOLA LA JAVIERANA LIMITADA, y AGRÍCOLA Y GANADERA ROMA LIMITADA, todos ellos domiciliados en Fundo San Pedro de Roma, comuna de San Fernando, Sexta Región, modificaron la sociedad AGRÍCOLA LAS MERCEDES DE TALCAREHUE LIMITADA, inscrita a fojas 72, número 88 del Registro de Comercio de San Fernando del año 1991, en adelante la “Sociedad”, en el siguiente sentido: A) Aumento de capital: Se aumenta el capital de la Sociedad en la suma de $950.000.000, pasando de $495.976.000 a la suma total de $1.445.976.000. B) Pago de aumento de capital: El aumento de capital se paga de la siguiente manera: i) la sociedad Agrícola La Javierana Limitada, aporta y paga en este acto la suma de $900.000.000, ingresando como nuevo socio; ii) la sociedad Agrícola y Ganadera Roma Limitada, aporta en este acto la suma de $50.000.000 en la forma señalada en la escritura extractada, ingresando como nuevo socio. C) Nuevas Participaciones: Como consecuencia del aumento de capital realizado, los socios quedan con las siguientes participaciones en la Sociedad: a) doña María Mercedes Hurtado Vicuña, con un 0,0291682 por ciento de los derechos sociales; b) doña María Gabriela Rivadeneira Hurtado, don Ricardo Rivadeneira Hurtado, don Ignacio Rivadeneira Hurtado, don Juan Rivadeneira Hurtado, doña María Mercedes Rivadeneira Hurtado, doña Rosario Rivadeneira Hurtado, don Pablo Rivadeneira Hurtado y don Tomás Rivadeneira Hurtado, con un 0,0109381 por ciento de los derechos sociales para cada uno; c) Santiago José Rivadeneira Monreal con un 0,116673 por ciento de los derechos sociales; d) Agrícola Cerro Alto Limitada con un 69,098373 por ciento de los derechos sociales; e) Inversiones Alto La Viña Limitada con un 0,116673 por ciento de los derechos sociales; f) Agrícola La Javierana Limitada con un 28,943628 por ciento de los derechos sociales; y g) Agrícola y Ganadera Roma Limitada con un 1,60798 por ciento de los derechos sociales. D) Se modifica la cláusula tercera de los estatutos relativa al capital, según nuevas participaciones. Los socios declaran que su responsabilidad en las deudas sociales queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, julio 15 de 2019.
Actes récents
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