Inversiones Merlez Ghiglino Limitada
稅務資料(SII)
实体类型
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
公司子类型
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
開始經營
SII 未報告開始經營日期
經濟活動
SII 中沒有登記的經濟活動
蓋章文件
SII 中沒有登記的蓋章文件
Diario Oficial
公司資料
股東(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Socio | - | - | - |
Claudia Josefina Ghiglino Saltori Socio | - | - | - |
摘要官方正文
Ministerio del Interior MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Titular de la 38ª Notaría de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea N° 3477, oficina 10, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 07 de mayo de 2025, ante mí, don Rafik Mahmud Merlez Ghiglino, Mara Samiha Merlez Ghiglino, Amina Agnese Merlez Ghiglino, Adib Assed Merlez Quintar y Claudia Josefina Ghiglino Saltori, domiciliados en Av. Andrés Bello N° 2233, oficina 501, comuna de Providencia, únicos socios de la sociedad “Inversiones Merlez Ghiglino Limitada”, inscrita a fojas 36.010 N° 13.995 en el Conservador de Santiago, año 2025, otorgaron escritura pública de saneamiento en conformidad a la Ley N° 19.499 sobre saneamiento de vicios formales cometidos en el extracto de escritura pública de constitución de la sociedad “Inversiones Merlez Ghiglino Limitada”, de fecha 21 de febrero de 2025, otorgada en la Tercera Notaría de Copiapó de doña Gaby Hernández Soto, en el sentido que el extracto de dicha escritura no fue inscrito en el Registro de Comercio ni publicado en el Diario Oficial dentro del plazo legal. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se otorgaron facultades al portador . Santiago 20 de mayo de 2025.
公司資料
公司目的
a) la inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos de sociedades, efectos de comercio, bonos, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión privado o públicos y toda clase de títulos o valores mobiliarios o instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; b) adquirir, enajenar, arrendar o ceder a cualquier título la tenencia, administración y/o explotar bienes raíces urbanos o rurales, propios o ajenos; c) la creación, estudios, desarrollo y financiamiento, por cuenta propia o ajena, de proyectos de cualquier naturaleza; d) asesorar, administrar o tomar la gestión de cualquier especie de negocio inmobiliario o comercial; e) la participación en sociedades de cualquier naturaleza, creadas o por crearse, en comunidades y otros negocios en general; y f) la celebración o ejecución de todo tipo de contrato o acto que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con el giro de la sociedad.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 30% | $300.000 |
Socio | - | 30% | $300.000 |
Socio | - | 30% | $300.000 |
Socio | - | 5% | $50.000 |
CLAUDIA JOSEFINA GHIGLINO SALTORI Socio | - | 5% | $50.000 |
管理人(5)
摘要官方正文
Ministerio del Interior CARLA ANDREA REBOLLEDO PEDRAZA, Notario Suplente de la Notario Titular de la Tercera Notaría de Copiapó, doña GABY HERNÁNDEZ SOTO, con oficio en calle O'Higgins 770, ciudad, comuna y provincia de Copiapó, Región de Atacama. Certifica: Por escritura pública de fecha 21 de febrero de 2025, Repertorio Nº 687, ante mí don RAFIK MAHMUD MERLEZ GHIGLINO, doña MARA SAMIHA MERLEZ GHIGLINO, doña AMINA AGNESE MERLEZ GHIGLINO, don ADIB ASSED MERLEZ QUINTAR, y doña CLAUDIA JOSEFINA GHIGLINO SALTORI, todos los comparecientes domiciliados en San Damián 3244, comuna de Copiapó, Región de Atacama, constituyeron una Sociedad Limitada de cuyos Estatutos se extracta: NOMBRE: “INVERSIONES MERLEZ GHIGLINO LIMITADA”. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. OBJETO: a) la inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos de sociedades, efectos de comercio, bonos, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión privado o públicos y toda clase de títulos o valores mobiliarios o instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; b) adquirir, enajenar, arrendar o ceder a cualquier título la tenencia, administración y/o explotar bienes raíces urbanos o rurales, propios o ajenos; c) la creación, estudios, desarrollo y financiamiento, por cuenta propia o ajena, de proyectos de cualquier naturaleza; d) asesorar, administrar o tomar la gestión de cualquier especie de negocio inmobiliario o comercial; e) la participación en sociedades de cualquier naturaleza, creadas o por crearse, en comunidades y otros negocios en general; y f) la celebración o ejecución de todo tipo de contrato o acto que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con el giro de la sociedad. DURACIÓN: 5 años, renovable en forma tácita y sucesiva por periodos de dos años cada uno. CAPITAL: $1.000.000.- aportado y pagado a entera satisfacción de la sociedad, de la siguiente manera: a) Don RAFIK MAHMUD, doña MARA SAMIHA y doña AMINA AGNESE, todos MERLEZ GHIGLINO, aportan y enteran la suma de 300.000 cada una de ellas; b) don ADIB ASSED MERLEZ QUINTAR y doña CLAUDIA JOSEFINA GHIGLINO SALTORI, aportan y enteran la suma de $50.000 cada uno de ellos. Los socios limitan la responsabilidad al monto de sus aportes. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a uno cualquiera entre don ADIB ASSED MERLEZ QUINTAR y doña CLAUDIA JOSEFINA GHIGLINO SALTORI, quienes anteponiendo su firma obligarán y representarán a la sociedad con las facultades que se señalan en la escritura extractada. En caso de ausencia o imposibilidad de ambos, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña AMINA AGNESE, MARA SAMIHA y don RAFIK MAHMUD, los tres MERLEZ GHIGLINO, quienes deberán actuar conjuntamente los tres, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos, directa o indirectamente, a su objeto o giro ordinario, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos y convenciones, con las más amplias facultades. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Copiapó, 21 de abril de 2025.
公司資料
公司目的
a) la inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos de sociedades, efectos de comercio, bonos, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión privado o públicos y toda clase de títulos o valores mobiliarios o instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; b) adquirir, enajenar, arrendar o ceder a cualquier título la tenencia, administración y/o explotar bienes raíces urbanos o rurales, propios o ajenos; c) la creación, estudios, desarrollo y financiamiento, por cuenta propia o ajena, de proyectos de cualquier naturaleza; d) asesorar, administrar o tomar la gestión de cualquier especie de negocio inmobiliario o comercial; e) la participación en sociedades de cualquier naturaleza, creadas o por crearse, en comunidades y otros negocios en general; y f) la celebración o ejecución de todo tipo de contrato o acto que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con el giro de la sociedad.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 30% | $300.000 |
Socio | - | 30% | $300.000 |
Socio | - | 30% | $300.000 |
Socio | - | 5% | $50.000 |
CLAUDIA JOSEFINA GHIGLINO SALTORI Socio | - | 5% | $50.000 |
管理人(5)
摘要官方正文
Ministerio del Interior GABY HERNANDEZ SOTO, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Copiapó, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins N°770, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de febrero de 2025, Repertorio Nº 687, en esta notaria, ante la Notario suplente doña Carla Andrea Rebolledo Pedraza, don RAFIK MAHMUD MERLEZ GHIGLINO, doña MARA SAMIHA MERLEZ GHIGLINO, doña AMINA AGNESE MERLEZ GHIGLINO, don ADIB ASSED MERLEZ QUINTAR, y doña CLAUDIA JOSEFINA GHIGLINO SALTORI, todos los comparecientes domiciliados en San Damián 3244, comuna de Copiapó, Región de Atacama, constituyeron una Sociedad Limitada de cuyos Estatutos se extracta: NOMBRE: “INVERSIONES MERLEZ GHIGLINO LIMITADA”. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. OBJETO: a) la inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos de sociedades, efectos de comercio, bonos, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión privado o públicos y toda clase de títulos o valores mobiliarios o instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; b) adquirir, enajenar, arrendar o ceder a cualquier título la tenencia, administración y/o explotar bienes raíces urbanos o rurales, propios o ajenos; c) la creación, estudios, desarrollo y financiamiento, por cuenta propia o ajena, de proyectos de cualquier naturaleza; d) asesorar, administrar o tomar la gestión de cualquier especie de negocio inmobiliario o comercial; e) la participación en sociedades de cualquier naturaleza, creadas o por crearse, en comunidades y otros negocios en general; y f) la celebración o ejecución de todo tipo de contrato o acto que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con el giro de la sociedad. CAPITAL: $1.000.000.-aportado y pagado a entera satisfacción de la sociedad, de la siguiente manera: a) Don RAFIK MAHMUD, doña MARA SAMIHA y doña AMINA AGNESE, todos MERLEZ GHIGLINO, aportan y enteran la suma de 300.000 cada una de ellas; b) don ADIB ASSED MERLEZ QUINTAR y doña CLAUDIA JOSEFINA GHIGLINO SALTORI, aportan y enteran la suma de $50.000 cada uno de ellos. Los socios limitan la responsabilidad al monto de sus aportes. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a uno cualquiera entre don ADIB ASSED MERLEZ QUINTAR y doña CLAUDIA JOSEFINA GHIGLINO SALTORI, quienes anteponiendo su firma obligarán y representarán a la sociedad con las facultades que se señalan en la escritura extractada. En caso de ausencia o imposibilidad de ambos, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a doña AMINA AGNESE, MARA SAMIHA y don RAFIK MAHMUD, los tres MERLEZ GHIGLINO, quienes deberán actuar conjuntamente los tres, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos, directa o indirectamente, a su objeto o giro ordinario, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos y convenciones, con las más amplias facultades. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Copiapó, 08 de abril de 2025.
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