Consultora Bupry Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Inversiones Montanari y Compañía Limitada Socio | - | 99% | - |
Socio | - | 1% | - |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Otro acto
Se individualiza la sociedad CONSULTORA BUPRY LIMITADA como antecedente del extracto de modificación.
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior Magdalena Sofía Latorre Larraín, Notario Público Interino de Santiago, El Golf 99, oficina 101 B, Las Condes, CERTIFICA: por escritura pública de fecha 24 de junio de 2026, ante mí, Inversiones MMA SpA, Avenida del Parque Nª4684 A, oficina 407, Huechuraba; Mario Montanari Legassa, e Inversiones Montanari y Compañía Limitada ambos Chapultepec 5529 depto. 24 B, Vitacura, modificaron la sociedad CONSULTORA BUPRY LIMITADA, inscrita EL Registro de Comercio de Santiago a fs. 47.864 Nª22.806 del año 2020, cuyo contenido extracto: UNO: por cesiones quedan cómo únicos socios la sociedad Inversiones Montanari y Compañía Limitada, con un un 99% de los derechos sociales, y Mario Montanari Legassa con un 1% de los derechos sociales. DOS: la administración de la sociedad y el uso de la razón corresponde a don Mario Montanari Legassa, y en caso de ausencia suya, en la sociedad Inversiones Montanari y Compañía Limitada a través de sus mandatarios ordinarios, o por sus delegados al efecto, estos últimos deberán ser designados por escritura pública y anotarse al margen de la inscripción para que sus actos obliguen a la compañía. Hay otras estipulaciones que son de extracto. Santiago, 25 de junio de 2026. Magdalena Sofía Latorre Larraín, Notario Público Interino.-
Información societaria
Capital
Capital total
$728.250.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 85.52% | - |
Socio | - | 14.48% | - |
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida El Golf N°99, oficina 101, Las Condes, Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha a siete de octubre del año 2025, ante mí, don MARIO MONTANARI LEGASSA, factor de comercio, y doña VERÓNICA TORO TORRES, actriz, ambos domiciliados en calle Chapultepec N°5529 departamento 24, Vitacura, Región Metropolitana de Santiago, modificaron la sociedad INVERSIONES MONTANARI Y COMPAÑÍA LIMITADA, que rola inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 84.693, Número 37.078 del año 2022, cuyo contenido extracto: los socios acuerdan aumentar el capital de la sociedad en la suma de $201.000.000 que se aportan por el socio Mario Montanari Legassa, mediante cesión de créditos en contra de la sociedad Consultora Isap Limitada, que constan de UNO.- Reconocimiento de deuda que consta de escritura pública de fecha 16 de mayo de 2025, esta misma notaría, por la cantidad equivalente en pesos de 4.745 Unidades de Fomento, y, DOS.- Pagaré de fecha 30 de junio de 2025 por la inicial cantidad equivalente en pesos de 740,19 Unidades de Fomento. El capital de la sociedad aumenta de la suma de $527.250.000, a la cantidad de $728.250.000. Créditos fueron valorados por los socios en la cifra total de $201.000.000. Queda integrada la sociedad por don Mario Montanari Legassa con 85,520% y del haber social y por doña Verónica Toro Torres, con un 14,480% Los socios limitan su responsabilidad expresamente al monto de sus respectivos aportes.- Hay otras estipulaciones que no son de extracto. Santiago, 25 de noviembre de 2025. Magdalena Sofia Latorre Larraín. Notario Público Interino.
Información societaria
Objeto social
La prestación de servicios profesionales y asesorías las diversas ramas o especialidades del área de la tecnología y la computación, la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada con las indicadas, en la actualidad o en el futuro, sea a particulares o de Organismos del Sector Público, Municipal o Privado, actuando también en licitaciones de Chilecompra. También prestara servicios de docencia ya sea en Universidades o Institutos, ya sean instituciones públicas o privadas. La inversión en todo tipo de bienes, sean estos muebles, inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos e instrumentos financieros de cualquier índole, por cuenta propia o por cuenta ajena. La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, pudiendo ingresar en sociedades constituidas o constituirlas, cualquiera sea su objeto, pudiendo tener representaciones y licencias nacionales y/o extranjeras; la creación de software y programas computacionales, su comercialización y arrendamiento, y la realización de cualquier otra actividad que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 70% | $700.000 |
Socio | - | 15% | $150.000 |
Socio | - | 15% | $150.000 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
RAUL UNDURRAGA LASO, abogado y Notario Público de Santiago, Titular de la Notaría N°29, de este domicilio, calle Mac Iver N°225, oficina N°302, CERTIFICA: por escritura pública de fecha 10 de julio del año 2020, ante mí, INVERSIONES MMA SpA, domiciliada en la comuna de Huechuraba, Av. del Parque N°4680 letra A, del objeto de su nombre, don RICARDO ESTEBAN SEGUEL PÉREZ, domiciliado en la comuna de Las Condes, Avenida Manquehue Sur N°1333, dpto. 803, y don HUGO EXEQUIEL SEGUEL PEREZ, domiciliado en calle Las Nalcas Sur N°9225, comuna de La Florida, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de la siguiente manera: A.- La razón social será Consultora Bupry Limitada, pudiendo usar para fines bancarios y de propaganda la expresión abreviada "Bupry Ltda.", o la expresión de fantasía “Bupry”.- B.- El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales y asesorías las diversas ramas o especialidades del área de la tecnología y la computación, la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada con las indicadas, en la actualidad o en el futuro, sea a particulares o de Organismos del Sector Público, Municipal o Privado, actuando también en licitaciones de Chilecompra. También prestara servicios de docencia ya sea en Universidades o Institutos, ya sean instituciones públicas o privadas. La inversión en todo tipo de bienes, sean estos muebles, inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos e instrumentos financieros de cualquier índole, por cuenta propia o por cuenta ajena. La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, pudiendo ingresar en sociedades constituidas o constituirlas, cualquiera sea su objeto, pudiendo tener representaciones y licencias nacionales y/o extranjeras; la creación de software y programas computacionales, su comercialización y arrendamiento, y La realización de cualquier otra actividad que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social.- C.- El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios aportan en los siguientes porcentajes: Inversiones MMA SpA 70%, es decir $700.000 que entera en el arca social, en dinero efectivo; don Ricardo Esteban Seguel Pérez 15%, es decir la cantidad de $150.000 que entera en el arca social, al contado, en dinero efectivo, y don Hugo Exequiel Seguel Pérez 15%, es decir $150.000, al contado, en dinero efectivo. Queda así el capital de la sociedad íntegramente pagado y enterado en la caja social.- Los socios Seguel Pérez, además se obligan a aportar su trabajo e industria personal a la sociedad.- D.- La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a la sociedad Inversiones MMA SpA, a través de sus administradores ordinarios, o de delegados específicamente designados al efecto.- E.- La duración de la sociedad será de diez años contado desde la fecha de la escritura, plazo que se entenderá tácitamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con dos meses de anticipación a lo menos al día en que habría de vencer el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas.- La sociedad no se disolverá por la muerte o disolución los socios. En caso de muerte, la sociedad continuará con los herederos del fallecido, quienes deberán hacerse representar ante la compañía por un mandatario común, designado por escritura pública. Los herederos no tendrán más derecho en la compañía que el de percibir las utilidades que correspondan, participar en la liquidación de la sociedad y percibir devoluciones de capital.- Hay otros acuerdos que no son de extracto.- Doy fe.- Santiago, 31 de julio de 2020.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
CONSULTORA BUPRY LIMITADA
CVE 2832233
- MODIFICACIÓN
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CVE 2734797
- CONSTITUCIÓN
CONSULTORA BUPRY LIMITADA
CVE 1798247
