有限責任公司78.137.688-4

Hospedería Casa de Amalia Limitada

MODIFICACIÓN — 2026年4月16日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2026-04-16查看 PDF(CVE 2797796)

公司資料

Ltda
Ruta Cinco Sur, kilometro 338

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(5)

姓名持股比例

Inés Undurraga Echeverría

Socio

20%

María Inés Vial Undurraga

Socio

20%

María Trinidad Vial Undurraga

Socio

20%

Sara Vial Undurraga

Socio

20%

María Victoria Vial Undurraga

Socio

20%

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2025年4月2日

    Se constituye Hospedería Casa de Amalia Limitada.

  2. 股東加入· 2026年3月10日

    María Victoria Vial Undurraga ingresa como socia con un aporte de $200.000.

    María Victoria Vial Undurraga

摘要官方正文

Ministerio del Interior MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular 38ª Notaría de Santiago, Avenida Isidora Goyenechea 3.477, oficina 10, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública 10 de marzo de 2026, ante mí, Inés Undurraga Echeverría, María Inés Vial Undurraga, María Trinidad Vial Undurraga, Sara Vial Undurraga y María Victoria Vial Undurraga, todas domiciliadas en Ruta Cinco Sur, kilometro 338, Parral, Región del Maule, acordaron sanear y modificar “Hospedería Casa de Amalia Limitada”, constituida escritura pública de 2 de abril de 2025, otorgada en Notaría de Santiago de María Soledad Lascar Merino cuyo extracto autorizado fue inscrito a fojas 26, Nº12 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Parral de año 2025 y publicado en la edición del Diario Oficial de 12 de abril del mismo año. Saneamiento y modificación consisten en lo siguiente: /A/ Se sanea vicio de nulidad incurrido en escritura de constitución de sociedad antes citada, relacionado a la falta de declaración en dicha escritura de que la responsabilidad de las socias se limitaba al monto de sus respectivos aportes, vicio que se sanea incorporando en el Artículo Quinto del Pacto Social relativo al capital de la sociedad la declaración de que la responsabilidad de las socias queda limitada al monto de sus respectivos aportes, sustituyéndose dicho artículo por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad será la cantidad de ochocientos mil pesos, que las socias aportan en la siguiente forma y proporciones: Uno/ Doña Inés Undurraga Echeverría, ha aportado la cantidad de doscientos mil pesos, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción de las otras socias y de la sociedad; Dos/ doña María Inés Vial Undurraga, ha aportado la cantidad de doscientos mil pesos, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción de las otras socias y de la sociedad; Tres/ doña María Trinidad Vial Undurraga, ha aportado la cantidad de doscientos mil pesos, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción de las otras socias y de la sociedad; y Cuatro/ doña Sara Vial Undurraga, ha aportado la cantidad de doscientos mil pesos, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, a entera satisfacción de las otras socias y de la sociedad. La responsabilidad de las socias queda limitada al monto de sus respectivos aportes.”; /B/ Se aumenta el capital social de la cantidad de $800.000, íntegramente pagado, a la cantidad de $1.000.000. Aumento de capital de $200.000, se aporta y paga íntegramente por María Victoria Vial Undurraga al contado y en dinero efectivo en acto de escritura extractada, la que, como consecuencia de lo anterior, ingresa como socia de Hospedería Casa de Amalia Limitada, lo que es consentido y aceptado por el resto de las socias; y /C/ Consecuencia de lo anterior quedan como únicas socias de Hospedería Casa de Amalia Limitada, Inés Undurraga Echeverría, María Inés Vial Undurraga, María Trinidad Vial Undurraga, Sara Vial Undurraga y María Victoria Vial Undurraga, quienes sustituyen el Artículo Quinto del Pacto Social relativo al capital de la sociedad consignando que el mismo es de $1.000.000. íntegramente aportado y pagado por socias, siguiente manera: /i/ Inés Undurraga Echeverría, $200.000; /ii/ María Inés Vial Undurraga, $200.000; /iii/ María Trinidad Vial Undurraga, $200.000.-; /iv/ Sara Vial Undurraga, $200.000.-; y /v/ María Victoria Vial Undurraga, $200.000. La responsabilidad de las socias queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de abril de 2026.

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  1. MODIFICACIÓN

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