Sociedad Médica Castro Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 5.xxx.xxx-7 | 5.xxx.xxx-7 | 45% | - |
PAOLA ANDREA DE CASTRO CAPERÁN Socio 12.xxx.xxx-6 | 12.xxx.xxx-6 | 25% | - |
Socio 14.xxx.xxx-5 | 14.xxx.xxx-5 | 30% | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 16 de mayo de 1991
Constitución original de la sociedad médica.
- Cambio de capital· 4 de julio de 1991
Se modificaron los aportes sociales.
- Cesión de derechos· 17 de diciembre de 1997
Se modificaron los socios y los porcentajes de derechos sociales.
- Cesión de derechos· 19 de enero de 2008
Se modificaron los socios y los porcentajes de derechos sociales.
- Cesión de derechos· 14 de diciembre de 2016
JORGE EDUARDO CAMILO TORRES MOLINA cede 20% a CESAR ENRIQUE CASTRO DEMARCO y 5% a DANIELA ANDREA CASTRO CAPERÁN; se redistribuyen los porcentajes sociales.
JORGE EDUARDO CAMILO TORRES MOLINA · CESAR ENRIQUE CASTRO DEMARCO · DANIELA ANDREA CASTRO CAPERÁN
Texto oficial del extracto
LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, Notario Público Viña del Mar, 12 Norte 785, Piso 3 certifica: Por escritura pública de fecha 14-12-2016 ante mí, don CESAR ENRIQUE CASTRO DEMARCO, CNI Nº 5.365.563-7; doña PAOLA ANDREA CASTRO CAPERÁN, CNI Nº12.348.071-6, don JORGE EDUARDO CAMILO TORRES MOLINA, CNI Nº 10.991.870-9 y doña DANIELA ANDREA CASTRO CAPERÁN, CNI Nº 14.019.165-5, todos domiciliados para estos efectos en calle Vicuña Mackenna 835, Quilpué, Modificaron “SOCIEDAD MÉDICA CASTRO LIMITADA” O “SOCIEDAD MEDICA CASTRO LTDA” constituida por escritura pública otorgada en la Notaria de doña Eliana Gervasio Zamudio de Viña del Mar con fecha dieciséis de mayo de mil novecientos noventa y uno, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa y uno y se inscribió a fojas cuatrocientos ocho vuelta número trescientos cincuenta y ocho en el Registro de Comercio del Año mil novecientos noventa y uno del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, posteriormente, por escritura pública otorgada en la Notaria de doña Eliana Gervasio Zamudio de Viña del Mar, con fecha cuatro julio de mil novecientos noventa y uno, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha diecisiete de julio de mil novecientos noventa y uno y se inscribió a fojas quinientos treinta y tres vuelta número cuatrocientos setenta y nueve en el Registro de Comercio del año mil novecientos noventa y uno del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, la referida sociedad se modificó en lo que dice relación con los aportes sociales. Por escritura pública otorgada en la Notaria de doña Eliana Gervasio Zamudio de Viña del Mar, con fecha diecisiete de diciembre del año mil novecientos noventa y siete, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha treinta y uno de diciembre del año mil novecientos noventa y siete y se inscribió a fojas uno vuelta número dos en el Registro de Comercio de Viña del Mar, la referida sociedad se modificó en lo que dice relación con los socios que la constituyen y con los porcentajes de derechos sociales de cada uno de ellos. Finalmente por escritura pública otorgada en la Notaria de doña Eliana Gervasio Zamudio de Viña del Mar, con fecha diecinueve de enero del año dos mil ocho, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha ocho de febrero de dos mil ocho y se inscribió a fojas ciento cinco número ciento veinte en el Registro de Comercio de Viña del Mar, la referida sociedad se modificó en lo que dice relación con los socios que la constituyen y con los porcentajes de derechos sociales de cada uno de ellos. Realizando la siguiente modificación: A) JORGE EDUARDO CAMILO TORRES MOLINA, cede y trasfiere el veinte por ciento del capital social a don CESAR ENRIQUE CASTRO DEMARCO, B) JORGE EDUARDO CAMILO TORRES MOLINA, cede y trasfiere el cinco por ciento del capital social a doña DANIELA ANDREA CASTRO CAPERÁN. C) Los derechos sociales quedan divididos entre sus únicos socios de la siguiente forma don CESAR ENRIQUE CASTRO DEMARCO es propietario del cuarenta cinco por ciento del capital social, doña PAOLA ANDREA DE CASTRO CAPERÁN es propietaria del veinticinco por ciento del capital social, y DANIELA ANDREA CASTRO CAPERÁN es propietaria del treinta por ciento del capital social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 23 de diciembre de 2016.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD MÉDICA CASTRO LIMITADA
CVE 1163260
