Sociedade de Responsabilidade Limitada78.094.900-7

Sociedad Medica Torres Muñoz Limitada

MODIFICACIÓN — 14 de dez. de 2019

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2019-12-14Ver PDF (CVE 1697588)

Informações societárias

Ltda
calle Mallalil 17651
Administração: Indistinta y separadamente por los socios Javier Raúl Torres Matas y Luz María Muñoz Varisco

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital integralizado

$2.000.000

Capital pendente

$0

Ações

100

Sócios (6)

NomeParticipação

Javier Raúl Torres Matas

Socio

3%

Luz María Muñoz Varisco

Socio

32%

Luz María Teresita Torres Muñoz

Socio

20%

Andrea Florencia Torres Muñoz

Socio

25%

Francisca Josefa Torres Muñoz

Socio

10%

Javiera Valentina Torres Muñoz

Socio

10%

Administradores (2)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 28 de janeiro de 2002

    Se constituye la sociedad médica Torres Muñoz Limitada.

  2. Outro ato· 17 de agosto de 2011

    La sociedad es modificada por escritura pública.

  3. Outro ato· 11 de julho de 2014

    La sociedad es modificada por escritura pública.

Texto oficial do extrato

Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Certifica: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, don JAVIER RAUL TORRES MATAS, doña LUZ MARIA MUÑOZ VARISCO, doña LUZ MARIA TERESITA TORRES MUÑOZ, doña ANDREA FLORENCIA TORRES MUÑOZ, doña FRANCISCA JOSEFA TORRES MUÑOZ, y doña JAVIERA VALENTINA TORRES MUÑOZ, todos domiciliados en calle Mallalil 17651, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago; modifican sociedad responsabilidad limitada "SOCIEDAD MEDICA TORRES MUÑOZ LIMITADA", constituida 28/01/2002, ante Notario de Santiago don Héctor Bown Ortega, extracto inscrito fojas 3354 N° 2672 Registro Comercio Santiago año 2002, publicado Diario Oficial 11/02/2002; modificada por escritura pública de fecha 17/08/2011, ante Notario de Santiago don Fernando Celis Urrutia, y por escritura pública de fecha 11/07/2014, ante Notario de Santiago don Fernando Celis Urrutia. Modificación consiste: Uno) Javier Raúl Torres Matas, vende, cede y transfiere una parte de sus derechos sociales, equivalentes al 42% de los derechos totales de la sociedad y de los cuales es dueño, de la siguiente manera: a) Vende, cede y transfiere a doña Luz María Teresita Torres Muñoz, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 15% de los derechos totales de la sociedad, en la suma de $300.000; b) Vende, cede y transfiere a doña Andrea Florencia Torres Muñoz, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 20% de los derechos totales de la sociedad, en la suma de $400.000; y c) Vende, cede y transfiere a doña Francisca Josefa Torres Muñoz, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 7% de los derechos totales de la sociedad, en la suma de $140.000.-; y Dos) Luz María Muñoz Varisco, vende, cede y transfiere una parte de sus derechos sociales, equivalentes al 13% de los derechos totales de la sociedad y de los cuales es dueña, de la siguiente manera: a) Vende, cede y transfiere a doña Francisca Josefa Torres Muñoz, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 3% de los derechos totales de la sociedad, en la suma de $60.000; y b) Vende, cede y transfiere a doña Javiera Valentina Torres Muñoz, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 10% de los derechos totales de la sociedad, en la suma de $200.000. Quedan como únicos socios Javier Raúl Torres Matas, con el 3% de los derechos sociales; doña Luz María Muñoz Varisco, con el 32% de los derechos sociales; doña Luz María Teresita Torres Muñoz, con el 20% de los derechos sociales; doña Andrea Florencia Torres Muñoz, con el 25% de los derechos sociales; doña Francisca Josefa Torres Muñoz, con el 10% de los derechos sociales; y doña Javiera Valentina Torres Muñoz, con el 10% de los derechos sociales; quienes modifican cláusulas 4ª y 5ª del pacto social primitivo por las siguientes: “CUARTO: La administración, la representación y el uso de la razón social de la sociedad corresponderá indistinta y separadamente a los socios Javier Raúl Torres Matas y Luz María Muñoz Varisco, con amplias facultades”; y "QUINTO: Capital social $2.000.000, que socios aportan y enteran como sigue: a) Javier Raúl Torres Matas, aporta y entera $60.000, equivalentes al 3% del capital social; b) doña Luz María Muñoz Varisco, aporta y entera $640.000, equivalentes a 32% del capital social; c) doña Luz María Teresita Torres Muñoz, aporta y entera $400.000, equivalentes al 20% del capital social; d) doña Andrea Florencia Torres Muñoz, aporta y entera $500.000, equivalentes al 25% del capital social; e) doña Francisca Josefa Torres Muñoz, aporta y entera $200.000, equivalentes al 10% del capital social; y f) doña Javiera Valentina Torres Muñoz, aporta y entera $200.000, equivalentes al 10% del capital social; todos los aportes al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social”. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes e inalterables las cláusulas del pacto social primitivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 30 de Octubre de 2019. Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia.

ModificaçãoDiario Oficial · 2019-11-15Ver PDF (CVE 1682354)

Informações societárias

Ltda
calle Marcoleta 594, departamento 5
Administração: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios don CARLOS LUIS MATUS FLOODY y don FRANCISCO DE SALES SAN MIGUEL MARDONES, indistinta y separadamente.

Capital

Capital total

$5.000.000

Sócios (5)

NomeParticipação

CARLOS LUIS MATUS FLOODY

Socio

10%

FRANCISCO DE SALES SAN MIGUEL MARDONES

Socio

10%

MAGDALENA GABRIELA SAN MIGUEL GARCIA

Socio

26.67%

JOSE ANTONIO SAN MIGUEL GARCIA

Socio

26.67%

TOMAS MARTIN SAN MIGUEL GARCIA

Socio

26.66%

Administradores (2)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 11 de fevereiro de 1991

    Constitución de la sociedad CIRUGIA LAPAROSCOPICA LIMITADA.

  2. Outro ato· 21 de outubro de 1996

    Repactación de la sociedad.

  3. Cessão de direitos

    Sergio Sebastiani Pellegrini cede el 100% de sus derechos a Magdalena Gabriela San Miguel Garcia.

    SERGIO SEBASTIANI PELLEGRINI · MAGDALENA GABRIELA SAN MIGUEL GARCIA

  4. Cessão de direitos

    Lino Hernan Cortez Barrera cede parte de sus derechos a Magdalena Gabriela San Miguel Garcia y Jose Antonio San Miguel Garcia.

    LINO HERNAN CORTEZ BARRERA · MAGDALENA GABRIELA SAN MIGUEL GARCIA · JOSE ANTONIO SAN MIGUEL GARCIA

  5. Cessão de direitos

    Luis Julio Leiva Peña cede el 100% de sus derechos a Jose Antonio San Miguel Garcia.

    LUIS JULIO LEIVA PEÑA · JOSE ANTONIO SAN MIGUEL GARCIA

  6. Cessão de direitos

    Ana Maria Garcia Contreras cede el 100% de sus derechos a Tomas Martin San Miguel Garcia.

    ANA MARIA GARCIA CONTRERAS · TOMAS MARTIN SAN MIGUEL GARCIA

  7. Cessão de direitos

    Carlos Luis Matus Floody cede parte de sus derechos a Jose Antonio San Miguel Garcia y Tomas Martin San Miguel Garcia.

    CARLOS LUIS MATUS FLOODY · JOSE ANTONIO SAN MIGUEL GARCIA · TOMAS MARTIN SAN MIGUEL GARCIA

  8. Cessão de direitos

    Francisco De Sales San Miguel Mardones cede parte de sus derechos a Tomas Martin San Miguel Garcia.

    FRANCISCO DE SALES SAN MIGUEL MARDONES · TOMAS MARTIN SAN MIGUEL GARCIA

  9. Mudança de capital

    Se aumenta el capital de $3.600.000 a $5.000.000.

  10. Mudança de administrador

    La administración pasa a corresponder a Carlos Luis Matus Floody y Francisco De Sales San Miguel Mardones indistinta y separadamente.

    CARLOS LUIS MATUS FLOODY · FRANCISCO DE SALES SAN MIGUEL MARDONES

Texto oficial do extrato

Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia, con Oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren Nº 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, don SERGIO SEBASTIANI PELLEGRINI, domiciliado en calle Marcoleta 594, departamento 5, comuna y ciudad de Santiago; don CARLOS LUIS MATUS FLOODY, domiciliado en calle Rey Alberto 3651, departamento 601, comuna de San Miguel, ciudad de Santiago; don FRANCISCO DE SALES SAN MIGUEL MARDONES, domiciliado en calle Ensenada 4801, comuna de San Bernardo, ciudad de Santiago; don LINO HERNAN CORTEZ BARRERA, domiciliado en Avenida Vitacura 6256, departamento 402, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; doña ANA MARIA GARCIA CONTRERAS, domiciliada en Alhué 1702, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; don LUIS JULIO LEIVA PEÑA conocido también como LUIS LEIVA PEÑA, domiciliado en calle Santa Teresa de Tango 1630, comuna de San Bernardo, ciudad de Santiago; doña MAGDALENA GABRIELA SAN MIGUEL GARCIA, domiciliada en calle Ensenada 4801, comuna de San Bernardo, ciudad de Santiago; don JOSE ANTONIO SAN MIGUEL GARCIA, domiciliado en Avenida Providencia 2563, departamento 71, comuna de Providencia, ciudad de Santiago; y don TOMAS MARTIN SAN MIGUEL GARCIA, domiciliado en calle Ensenada 4801, comuna de San Bernardo, ciudad de Santiago; modifican sociedad de responsabilidad limitada "CIRUGIA LAPAROSCOPICA LIMITADA", constituida 11/02/1991, ante Notario Santiago don Aliro Veloso Muñoz, inscrita a fojas 9576 Nº 4742, Registro Comercio Santiago año 1991, publicada Diario Oficial 10/04/1991. Repactada por escritura pública de fecha 21/10/1996, ante Notario de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, inscrita a fojas 31232 N° 24322, Registro Comercio Santiago año 1996, publicada Diario Oficial 05 de Noviembre de 1996. Modificación consiste: Uno) don SERGIO SEBASTIANI PELLEGRINI, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, equivalentes al dieciséis coma sesenta y cinco por ciento de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueño, a doña MAGDALENA GABRIELA SAN MIGUEL GARCIA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en precio y condiciones fijados escritura extractada; Dos) Don LINO HERNAN CORTEZ BARRERA, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, equivalentes al dieciséis coma sesenta y cinco por ciento de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueño, de la siguiente manera: a) Vende, cede y transfiere a doña MAGDALENA GABRIELA SAN MIGUEL GARCIA, quien compra, acepta y adquiere para sí, el diez coma cero dos por ciento de los derechos totales de la sociedad, en precio y condiciones fijados escritura extractada; y b) Vende, cede y transfiere a don JOSE ANTONIO SAN MIGUEL GARCIA, quien compra, acepta y adquiere para sí, el seis coma sesenta y tres por ciento de los derechos totales de la sociedad, en precio y condiciones fijados escritura extractada; Tres) Don LUIS JULIO LEIVA PEÑA, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, equivalentes al dieciséis coma sesenta y siete por ciento de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueño, a don JOSE ANTONIO SAN MIGUEL GARCIA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en precio y condiciones fijados escritura extractada; Cuatro) Doña ANA MARIA GARCIA CONTRERAS, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, equivalentes al dieciséis coma sesenta y ocho por ciento de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueña, a don TOMAS MARTIN SAN MIGUEL GARCIA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en precio y condiciones fijados escritura extractada; Cinco) Don CARLOS LUIS MATUS FLOODY, vende, cede y transfiere una parte de sus derechos sociales, equivalentes al seis coma sesenta y ocho por ciento de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueño, de la siguiente manera: a) Vende, cede y transfiere a don JOSE ANTONIO SAN MIGUEL GARCIA, quien compra, acepta y adquiere para sí, el tres coma treinta y siete por ciento de los derechos totales de la sociedad, en precio y condiciones fijados escritura extractada; y b) Vende, cede y transfiere a don TOMAS MARTIN SAN MIGUEL GARCIA, quien compra, acepta y adquiere para sí, el tres coma treinta y uno por ciento de los derechos totales de la sociedad, en precio y condiciones fijados escritura extractada; Seis) Don FRANCISCO DE SALES SAN MIGUEL MARDONES, vende, cede y transfiere una parte de sus derechos sociales, equivalentes al seis coma sesenta y siete por ciento de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueño, a don TOMAS MARTIN SAN MIGUEL GARCIA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en precio y condiciones fijados escritura extractada. Quedan como únicos socios don CARLOS LUIS MATUS FLOODY, con el 10% de los derechos totales de la sociedad, don FRANCISCO DE SALES SAN MIGUEL MARDONES, con el 10% de los derechos totales de la sociedad; doña MAGDALENA GABRIELA SAN MIGUEL GARCIA; con el 26,67% por ciento de los derechos totales de la sociedad, don JOSE ANTONIO SAN MIGUEL GARCIA, con el 26,67% de los derechos totales de la sociedad; y don TOMAS MARTIN SAN MIGUEL GARCIA, con el 26,66% de los derechos totales de la sociedad; quienes modifican cláusulas 8ª y 12ª de la escritura de repactación por las siguientes: Se modifica cláusula 8ª referente al capital de la sociedad, en el sentido de aumentar el capital de $3.600.000, a la suma de $5.000.000, quedando como sigue: "OCTAVO: Del Capital: El capital de la sociedad será la suma de $5.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) El socio don CARLOS LUIS MATUS FLOODY, aporta y entera la suma de $500.000, equivalentes al 10% del capital social, al contado y en dinero en efectivo, ya ingresados a la caja social; b) El socio don FRANCISCO DE SALES SAN MIGUEL MARDONES, aporta y entera la suma de $500.000, equivalentes al 10% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; c) La socia doña MAGDALENA GABRIELA SAN MIGUEL GARCIA; aporta y entera la suma de $1.333.500, equivalentes al 26,67% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; d) El socio don JOSE ANTONIO SAN MIGUEL GARCIA; aporta y entera la suma de $1.333.500, equivalentes al 26,67% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; y, e) El socio don TOMAS MARTIN SAN MIGUEL GARCIA; aporta y entera la suma de $1.333.000, equivalentes al 26,66% del capital social, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social; y “DUODECIMO: Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social de la sociedad, corresponderá a los socios señores don CARLOS LUIS MATUS FLOODY y don FRANCISCO DE SALES SAN MIGUEL MARDONES, quienes podrán actuar indistinta y separadamente por la sociedad, con amplias facultades.- Socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes e inalterables las cláusulas del pacto social primitivo y su repactación. Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 17 de Septiembre de 2019.- Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD MEDICA TORRES MUÑOZ LIMITADA

    CVE 1697588

  2. MODIFICACIÓN

    CIRUGIA LAPAROSCOPICA LIMITADA

    CVE 1682354

Relações societárias

EmpresaPessoaDiario OficialRelação histórica (encerrada)