Valfortec Chile Dos SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La Sociedad tendrá por objeto el desarrollo, diseño, construcción y operación por cuenta propia o de terceros de centrales solares de generación de energía eléctrica; la prestación de toda clase de servicios por cuenta propia o de terceros y asesorías en general incluyendo, entre otras, las relacionadas con el suministro y generación de electricidad; la exportación y la importación, venta e instalación de paneles solares; la participación en todo otro negocio, actividad, sociedad, asociación o comunidad que diga relación directa o indirecta con su objeto, sin limitación de ninguna naturaleza; y cualquiera otra actividad permitida por la legislación chilena que los accionistas pudieran acordar en el futuro.
資本
總資本
$3.196.710
股份
100,000
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 59.239.610-6 | 59.239.610-6 | - | $3.196.710 |
管理人(1)
摘要官方正文
Ministerio del Interior María Patricia Donoso Gomien, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Séptima Notaria de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, certifico que: por escritura pública de 14 de mayo de 2025, repertorio N° 4154-2025, otorgada ante mí, compareció don ERWIN EDUARDO THIEME NEIRA; en representación de VALFORTEC SOCIEDAD LIMITADA, Rol Único Tributario número cincuenta y nueve millones doscientos treinta y nueve mil seiscientos diez guion seis, ambos domiciliados para estos efectos en domicilio en calle La Concepción 81, oficina 608, Providencia, Santiago, Chile; constituyendo una sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: VALFORTEC CHILE DOS SpA o VALFORTEC DOS SpA; OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto el desarrollo, diseño, construcción y operación por cuenta propia o de terceros de centrales solares de generación de energía eléctrica; la prestación de toda clase de servicios por cuenta propia o de terceros y asesorías en general incluyendo, entre otras, las relacionadas con el suministro y generación de electricidad; la exportación y la importación, venta e instalación de paneles solares; la participación en todo otro negocio, actividad, sociedad, asociación o comunidad que diga relación directa o indirecta con su objeto, sin limitación de ninguna naturaleza; y cualquiera otra actividad permitida por la legislación chilena que los accionistas pudieran acordar en el futuro. DOMICILIO: Comuna de Santiago, Región Metropolitana; ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a un administrador designado por escritura pública o por acuerdo de los accionistas, adoptado por la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto, en acta que deberá ser reducida a escritura pública; según clausula segunda se designa como administrador a don José Fidel Roig, amplias facultades; CAPITAL: El capital de la Sociedad asciende a la suma de Tres millones ciento noventa y seis mil setecientos diez pesos, divididos en cien mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el cual podrá pagarse en dinero efectivo, créditos o en otros bienes, y que se suscriba y paga según se señala en el artículo primero transitorio. Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: indefinida, desde fecha escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 20 de Mayo de 2025.
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La Sociedad tendrá por objeto el desarrollo, diseño, construcción y operación por cuenta propia o de terceros de centrales solares de generación de energía eléctrica; la prestación de toda clase de servicios por cuenta propia o de terceros y asesorías en general incluyendo, entre otras, las relacionadas con el suministro y generación de electricidad; la exportación y la importación, venta e instalación de paneles solares; la participación en todo otro negocio, actividad, sociedad, asociación o comunidad que diga relación directa o indirecta con su objeto, sin limitación de ninguna naturaleza; y cualquiera otra actividad permitida por la legislación chilena que los accionistas pudieran acordar en el futuro.
資本
總資本
$3.196.710
股份
100,000
管理人(1)
法定代理(1)
ERWIN EDUARDO THIEME NEIRA
摘要官方正文
Ministerio del Interior María Patricia Donoso Gomien, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, certifico que: que por escritura pública de fecha 14 de Mayo de 2025, Repertorio: 4154-2025, otorgada ante mí, compareció don ERWIN EDUARDO THIEME NEIRA; en representación de VALFORTEC S.L., ambos domiciliados para estos efectos en domicilio en calle La Concepción 81, oficina 608, Providencia, Santiago, Chile; constituyendo una sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: VALFORTEC CHILE DOS SpA o VALFORTEC DOS SpA; OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto el desarrollo, diseño, construcción y operación por cuenta propia o de terceros de centrales solares de generación de energía eléctrica; la prestación de toda clase de servicios por cuenta propia o de terceros y asesorías en general incluyendo, entre otras, las relacionadas con el suministro y generación de electricidad; la exportación y la importación, venta e instalación de paneles solares; la participación en todo otro negocio, actividad, sociedad, asociación o comunidad que diga relación directa o indirecta con su objeto, sin limitación de ninguna naturaleza; y cualquiera otra actividad permitida por la legislación chilena que los accionistas pudieran acordar en el futuro. DOMICILIO: Comuna de Santiago, Región Metropolitana; ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a un administrador designado por escritura pública o por acuerdo de los accionistas, adoptado por la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto, en acta que deberá ser reducida a escritura pública; según clausula segunda se designa como administrador a don José Fidel Roig, amplias facultades; CAPITAL: El capital de la Sociedad asciende a la suma de Tres millones ciento noventa y seis mil setecientos diez pesos, divididos en cien mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el cual podrá pagarse en dinero efectivo, créditos o en otros bienes, y que se suscriba y paga según se señala en el artículo primero transitorio. Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: indefinida, desde fecha escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 14 de Mayo de 2025.
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