Inversiones Juyocani Limitada
Informações tributárias (SII)
Tipo de entidade
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedade
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Início de atividades
Sem início de atividades informado pelo SII
Atividades econômicas
Sem atividades econômicas registradas no SII
Documentos timbrados
Sem documentos timbrados registrados no SII
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$500.000
Capital integralizado
$500.000
Capital pendente
$0
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 40% | $200.000 |
Yolanda Alonso De Linaje Barcena Socio | - | 20% | $100.000 |
Nicolás Desiderio González Alonso De Linaje Socio | - | 20% | $100.000 |
Camila Eugenia González Alonso De Linaje Socio | - | 20% | $100.000 |
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, domiciliado en Avenida La Dehesa Nº 1.201, local 101, certifica: Por escritura pública de fecha 16 de diciembre de 2025, Repertorio N° 9.065-2025, ante mí, don Juan Pablo González Rodríguez, doña Yolanda Alonso de Linaje Barcena, don Nicolás Desiderio González Alonso de Linaje y doña Camila Eugenia González Alonso de Linaje, todos domiciliados para estos efectos en calle Roberto del Río Nº 1.641, departamento 902, comuna de Providencia, Región Metropolitana, modificaron los estatutos de la sociedad INVERSIONES JUYOCANI LIMITADA (en adelante la “Sociedad”) en los siguientes términos: a) Se aumenta el capital social desde los actuales $200.000.- hasta la cantidad de $500.000.-, el cual se suscribió y pagó de la siguiente forma: Uno) el socio don Juan Pablo González Rodríguez aportó y pagó la suma de $100.000.-; Dos) doña Yolanda Alonso de Linaje Barcena, se incorporó como nueva socia, aportando y pagando la suma de $100.000.- y Tres) don Nicolás Desiderio González Alonso de Linaje se incorporó como nuevo socio, aportando y pagando la suma de $100.000.- La socia doña Camila Eugenia González Alonso de Linaje no efectuó aporte de capital. b) Se acuerda reemplazar el artículo sexto del estatuto social por el siguiente: “Artículo Sexto: Capital Social. El capital de la sociedad es la suma de quinientos mil pesos, que los socios han aportado y enterado de la siguiente forma: Uno/ don Juan Pablo González Rodríguez, ha enterado y pagado la suma de doscientos mil pesos, equivalentes al cuarenta por ciento del total del capital y de los derechos sociales; Dos/ doña Yolanda Alonso De Linaje Barcena ha enterado y pagado la suma de cien mil pesos, equivalentes al veinte por ciento del total del capital y de los derechos sociales; Tres/ don Nicolás Desiderio González Alonso De Linaje, ha enterado y pagado la suma de cien mil pesos, equivalentes al veinte por ciento del total del capital y de los derechos sociales; y Cuatro/ doña Camila Eugenia González Alonso De Linaje ha enterado y pagado la suma de cien mil pesos, equivalentes al veinte por ciento del total del capital y de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de diciembre de 2025.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
Inversiones Juyocani Limitada
CVE 2746923
