Inversiones Y Servicios Union Limitada
Informações tributárias (SII)
Tipo de entidade
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedade
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Início de atividades
Sem início de atividades informado pelo SII
Atividades econômicas
Sem atividades econômicas registradas no SII
Documentos timbrados
Sem documentos timbrados registrados no SII
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$1.200.000.000
Sócios (5)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 39.26% | $471.071.628 |
MARIA LILIANA ESTELA VÁSQUEZ ECHEVERRÍA Socio | - | 39.26% | $471.071.628 |
NATALIE PAOLA TRAVERSO VÁSQUEZ Socio | - | 7.16% | $85.952.248 |
ALDO STEFANO FELIPE TRAVERSO VÁSQUEZ Socio | - | 7.16% | $85.952.248 |
Socio | - | 7.16% | $85.952.248 |
Administradores (2)
MARÍA LILIANA ESTELA VASQUEZ ECHEVERRÍA
Histórico societário relatado
- Constituição· 5 de dezembro de 1990
Se constituye INVERSIONES Y SERVICIOS UNION LIMITADA.
- Outro ato· 8 de junho de 1992
Se realiza una modificación estatutaria publicada y rectificada posteriormente.
- Outro ato· 13 de dezembro de 1994
Se realiza una modificación estatutaria.
- Outro ato· 29 de março de 1996
Se realiza una modificación estatutaria.
- Outro ato· 21 de agosto de 2009
Se realiza una modificación estatutaria.
- Mudança de capital· 15 de dezembro de 2014
Se modifica la cláusula de capital social.
ALDO ANTONIO TRAVERSO ROSSI · MARIA LILIANA ESTELA VÁSQUEZ ECHEVERRÍA
- Mudança de capital· 22 de dezembro de 2015
Se modifica nuevamente la cláusula de capital social.
ALDO ANTONIO TRAVERSO ROSSI · MARIA LILIANA ESTELA VÁSQUEZ ECHEVERRÍA
Texto oficial do extrato
LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Abogado, Notario Público Titular, de la Vigésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Don Carlos número 2889, Las Condes, certifico: Por escritura fecha 27-02-20, ante mí: Don ALDO ANTONIO TRAVERSO ROSSI, Doña MARÍA LILIANA ESTELA VASQUEZ ECHEVERRÍA, Doña NATALIE PAOLA TRAVERSO VÁSQUEZ, Don ALDO STEFANO FELIPE TRAVERSO VÁSQUEZ, y doña VALERIA RITA TRAVERSO VÁSQUEZ, todos con domicilio en San Alfonso N° 900, Limache, modificaron la sociedad “INVERSIONES Y SERVICIOS UNION LIMITADA” constituida por escritura pública de fecha 5 de diciembre del año 1990, otorgada ante Don Álvaro Bianchi Rosas, Notario Público de Titular de la Undécima Notaria de la ciudad de Santiago. El extracto de la escritura de constitución se publicó en el Diario Oficial número treinta y tres mil ochocientos setenta y dos de fecha diecinueve de enero del año mil novecientos noventa y uno y se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas mil quinientos cincuenta y uno número setecientos veintidós del año mil novecientos noventa y uno. La sociedad ha sido objeto de las siguientes modificaciones a sus estatutos sociales: Uno.- Por escritura pública de fecha ocho de Junio del año mil novecientos noventa y dos suscrita ante Don Álvaro Bianchi Rosas, Notario Público de Titular de la Undécima Notaria de la ciudad de Santiago. El extracto de esta escritura de modificación fue publicado en el Diario Oficial número treinta y cuatro mil trescientos seis de fecha tres de Julio del año mil novecientos noventa y dos, y su inscripción rola a fojas veinte mil trescientos treinta y ocho número diez mil quinientos ochenta y nueve del Registro de Comercio del año mil novecientos noventa y dos del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Posteriormente dicho extracto fue rectificado y publicado con fecha seis de julio del año mil novecientos noventa y dos, en el diario oficial número treinta y cuatro mil trescientos ocho e inscrito a fojas veintiún mil quinientos diez número once mil doscientos treinta y nueve del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año mil novecientos noventa y dos. Dos.- Por escritura pública de fecha trece de Diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro suscrita ante el notario público titular de la cuarta notaria de Santiago, Don Eduardo Pinto Peralta. El extracto de esta escritura de modificación fue publicado en el Diario Oficial de fecha veinte de Diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro y su inscripción rola a fojas veintiocho mil ciento veinticinco número veintidós mil novecientos setenta y cinco del Registro de Comercio del año mil novecientos noventa y cuatro del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Tres.- Por escritura pública de fecha veintinueve de Marzo del año mil novecientos noventa y seis suscrita ante Don Roberto Bennett Urzua, notario público suplente de don Rene Benavente Cash Titular de la cuadragésima quinta notaria de Santiago. El extracto de esta escritura de modificación fue publicado en el Diario Oficial número treinta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y cuatro de fecha veintinueve de Abril del año mil novecientos noventa y seis y su inscripción rola a fojas nueve mil cuatrocientos cuarenta y tres número siete mil seiscientos noventa y cuatro del Registro de Comercio del año mil novecientos noventa y seis del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Cuatro.- Por escritura pública de fecha veintiuno de Agosto del año dos mil nueve suscrita ante el notario público de Limache, Don Alvaro Rodriguez Lazaro, suplente del titular Don Nelson Lister Nazif. El extracto de esta escritura de modificación fue publicado en el Diario Oficial número treinta y nueve mil cuatrocientos sesenta de fecha once de Septiembre del año mil dos mil nueve y su inscripción rola a fojas cuarenta y seis mil ochenta y seis número treinta y un mil ochocientos setenta y nueve del Registro de Comercio del año mil dos mil nueve del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Cinco.- Por escritura pública de fecha quince de diciembre del año dos mil catorce suscrita ante el notario público de Viña del Mar, Don Luis Enrique Tavolari Oliveros. El extracto de esta escritura de modificación fue publicado en el Diario Oficial número 41.036 de fecha 19 de Diciembre del año mil dos mil catorce y su inscripción rola a fojas 97790 número 59884 del Registro de Comercio del año mil dos mil catorce del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Seis.- Por escritura pública de fecha veintidós de diciembre del año dos mil quince suscrita ante el notario público de Viña del Mar, Don Luis Enrique Tavolari Oliveros. El extracto de esta escritura de modificación fue publicado en el Diario Oficial número 41.361 de fecha 20 de Enero del año mil dos mil dieciséis y su inscripción rola a fojas 7565 número 4396 del Registro de Comercio del año mil dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. En la modificación realizada por escritura pública de fecha quince de diciembre del año dos mil catorce, suscrita ante el notario público de Viña del Mar, Don Luis Enrique Tavolari Oliveros, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial número cuarenta y un mil treinta y seis de fecha diecinueve de Diciembre del año mil dos mil catorce e inscrito a fojas 97790 número 59884 del Registro de Comercio del año mil dos mil catorce del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, se modificó la cláusula cuarta de los estatutos sociales quedando en definitiva como sigue: “CUARTO.- Capital: El capital de la sociedad será la suma de seiscientos cincuenta millones de pesos que los socios han pagado y se obligan a pagar de la siguiente forma: A) Con la suma de trescientos veinticinco millones de pesos que el socio ALDO ANTONIO TRAVERSO ROSSI, ha pagado y paga de la siguiente forma: i) Con la suma de ciento cuarenta y ocho millones setecientos cuarenta y cinco mil doscientos ochenta y nueve pesos ya pagados con anterioridad a la fecha de la presente escritura. ii) Con la suma de ciento setenta y cuatro millones novecientos trece mil cinco pesos pagados con aportes efectuados a la sociedad por retiros reinvertidos y aportes personales. iii) Con la suma de un millón trescientos cuarenta y un mil setecientos seis pesos que paga en este acto en dinero efectivo y al contado. B) Con la suma de trescientos veinticinco millones de pesos que la socia MARIA LILIANA ESTELA VÁSQUEZ ECHEVERRÍA, ha pagado y pagará de la siguiente forma: i) Con la suma de ciento nueve millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil doscientos ochenta y nueve pesos ya pagados con anterioridad a la fecha de la presente escritura. ii) Con la suma de doscientos quince millones quinientos cincuenta y cuatro mil setecientos once pesos que se obliga a pagar dentro del plazo de cinco años, ya sea en dinero en efectivo o aporte de bienes, los cuales deberán ser valorizados de común acuerdo entre los socios.”. De conformidad con la cláusula sexta Doña MARIA LILIANA ESTELA VÁSQUEZ ECHEVERRÍA, se obligó a aportar la suma doscientos quince millones quinientos cincuenta y cuatro mil setecientos once pesos, dentro del plazo de cinco años, ya sea en dinero en efectivo o aporte de bienes, los cuales deberán ser valorizados de común acuerdo entre los socios. Habiéndose enterado sólo una parte del capital comprometido por parte de la socia Doña MARIA LILIANA ESTELA VÁSQUEZ ECHEVERRÍA, ya que no enteró la suma de ciento noventa y siete millones novecientos sesenta y tres mil ochocientos cuarenta y seis pesos, se ajusta el capital a la suma efectivamente pagada, que es la suma de cuatrocientos cincuenta y dos millones treinta y seis mil ciento cincuenta y cuatro pesos que los socios han pagado de la siguiente forma: A) Con la suma de trescientos veinticinco millones de pesos que el socio ALDO ANTONIO TRAVERSO ROSSI, ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. B) Con la suma de ciento veintisiete millones treinta y seis mil ciento cincuenta y cuatro pesos que la socia MARIA LILIANA ESTELA VÁSQUEZ ECHEVERRÍA, ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. Conforme a lo señalado precedentemente le corresponde y pertenece actualmente a Don ALDO ANTONIO TRAVERSO ROSSI un un sesenta y tres como treinta por ciento de los derechos sociales y a Doña MARÍA LILIANA ESTELA VASQUEZ ECHEVERRÍA le corresponde y pertenece un treinta y seis coma setenta por ciento de los derechos sociales. Modificaciones consisten: 1.- I.- Aumento de capital primera etapa: Los socios acuerdan aumentar el capital social de la suma de cuatrocientos cincuenta y dos millones treinta y seis mil ciento cincuenta y cuatro pesos, a la suma de setecientos cuarenta y cuatro millones ciento setenta y nueve mil cuatrocientos diez pesos, lo que significa un aumento de doscientos noventa y dos millones ciento cuarenta y tres mil doscientos cincuenta y seis pesos, el que se ha enterado y entera de la siguiente forma: a) Don Aldo Antonio Traverso Rossi ha enterado y entera la parte que le corresponde que asciende a la suma de cuatrocientos setenta y un millones setenta y un mil seiscientos veintiocho pesos, de la siguiente forma: i) Con la suma de trescientos veinticinco millones de pesos que ha pagado con anterioridad a la presente escritura. ii) Con la suma de setenta y un millones cuarenta mil ochocientos veintidós pesos por concepto de revalorización de capital propio. iii) Con la suma treinta y siete millones seiscientos veintiocho mil por concepto de utilidades acumuladas. iv) Con la suma treinta y siete millones cuatrocientos dos mil ochocientos seis pesos por concepto de utilidades del ejercicio. b) Doña Maria Liliana Estela Vásquez Echeverría, ha enterado y entera la parte que le corresponde que asciende a la suma de doscientos setenta y tres millones ciento siete mil setecientos ochenta y dos pesos, de la siguiente forma: i) Con la suma de ciento veintisiete millones treinta y seis mil ciento cincuenta y cuatro pesos que ha pagado con anterioridad a la presente escritura. ii) Con la suma de setenta y un millones cuarenta mil ochocientos veintitrés pesos por concepto de revalorización de capital propio. iii) Con la suma treinta y siete millones seiscientos veintiocho mil por concepto de utilidades acumuladas. iv) Con la suma treinta y siete millones cuatrocientos dos mil ochocientos cinco pesos por concepto de utilidades del ejercicio. Como consecuencia de esta primera etapa de aumento de capital social de acordado precedentemente, corresponde Don ALDO ANTONIO TRAVERSO ROSSI, un sesenta y tres como treinta por ciento de los derechos sociales, y a Doña MARIA LILIANA ESTELA VÁSQUEZ ECHEVERRÍA un treinta y seis coma setenta por ciento de los derechos sociales. II.- Aumento de capital segunda etapa. Los socios acuerdan la incorporación de tres nuevos socios, renunciando expresamente a la suscripción del nuevo capital, toda vez que los nuevos socios gestionarán nuevos negocios inmobiliarios para la sociedad, aumentando el capital social de la suma de setecientos cuarenta y cuatro millones ciento setenta y nueve mil cuatrocientos diez pesos, a la suma de mil doscientos millones de pesos, lo que supone un aumento de cuatrocientos cincuenta y cinco millones ochocientos veinte mil quinientos noventa pesos, el que se ha enterado, entera y enterará en la siguiente forma: a) Don ALDO ANTONIO TRAVERSO ROSSI ha enterado la parte que le corresponde que asciende a la suma de cuatrocientos setenta y un millones setenta y un mil seiscientos veintiocho pesos, con anterioridad a la presente escritura. b) Doña MARIA LILIANA ESTELA VÁSQUEZ ECHEVERRÍA, ha enterado y enterará la parte que le corresponde que asciende a la suma de cuatrocientos setenta y un millones setenta y un mil seiscientos veintiocho pesos, de la siguiente forma: i) Con la suma de doscientos setenta y tres millones ciento siete mil setecientos ochenta y dos pesos, que ha pagado con anterioridad a la presente escritura. ii) Con la suma de ciento noventa y siete millones novecientos sesenta y tres mil ochocientos cuarenta y seis pesos que se obliga a pagar dentro del plazo de cinco años, ya sea en dinero en efectivo o aporte de bienes, los cuales deberán ser valorizados de común acuerdo entre los socios. c) doña NATALIE PAOLA TRAVERSO VÁSQUEZ enterará la parte que le corresponde que asciende a la suma de ochenta y cinco millones novecientos cincuenta y dos mil doscientos cuarenta y ocho pesos, dentro del plazo de cinco años, ya sea en dinero en efectivo o aporte de bienes, los cuales deberán ser valorizados de común acuerdo entre los socios. d) Don ALDO STEFANO FELIPE TRAVERSO VÁSQUEZ enterará la parte que le corresponde que asciende a la suma de ochenta y cinco millones novecientos cincuenta y dos mil doscientos cuarenta y ocho pesos, dentro del plazo de cinco años, ya sea en dinero en efectivo o aporte de bienes, los cuales deberán ser valorizados de común acuerdo entre los socios. e) y Doña VALERIA RITA TRAVERSO VÁSQUEZ enterará la parte que le corresponde que asciende a la suma de ochenta y cinco millones novecientos cincuenta y dos mil doscientos cuarenta y ocho pesos, dentro del plazo de cinco años, ya sea en dinero en efectivo o aporte de bienes, los cuales deberán ser valorizados de común acuerdo entre los socios. Como consecuencia del aumento de capital social acordado precedentemente, el capital social de la empresa asciende a la suma de MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS, y quedan como únicos socios de la sociedad las siguientes personas: Don ALDO ANTONIO TRAVERSO ROSSI, con un treinta y nueve coma veintiséis por ciento de los derechos sociales, los cuales ascienden a la suma cuatrocientos setenta y un millones setenta y un mil seiscientos veintiocho pesos; Doña MARIA LILIANA ESTELA VÁSQUEZ ECHEVERRÍA con un treinta y nueve coma veintiséis por ciento de los derechos sociales, los cuales ascienden a la suma de cuatrocientos setenta y un millones setenta y un mil seiscientos veintiocho pesos; Doña NATALIE PAOLA TRAVERSO VÁSQUEZ con un siete coma dieciséis por ciento de los derechos sociales, los cuales ascienden a la suma de ochenta y cinco millones novecientos cincuenta y dos mil doscientos cuarenta y ocho pesos; Don ALDO STEFANO FELIPE TRAVERSO VÁSQUEZ con un siete coma dieciséis por ciento de los derechos sociales, los cuales ascienden a la suma de ochenta y cinco millones novecientos cincuenta y dos mil doscientos cuarenta y ocho pesos; y Doña VALERIA RITA TRAVERSO VÁSQUEZ con un siete coma dieciséis por ciento de los derechos sociales, los cuales ascienden a la suma de ochenta y cinco millones novecientos cincuenta y dos mil doscientos cuarenta y ocho pesos. A raíz de este aumento de Capital, se modifica la cláusula cuarta de los estatutos sociales, quedando en definitiva la siguiente: “CUARTO.- Capital: El capital de la sociedad será la suma de mil doscientos millones de pesos que los socios han pagado, pagan y se obligan a pagar de la siguiente forma: A) Con la suma de cuatrocientos setenta y un millones setenta y un mil seiscientos veintiocho pesos que el socio ALDO ANTONIO TRAVERSO ROSSI ha pagado con anterioridad a la fecha de la presente escritura. b) Con la suma de cuatrocientos setenta y un millones setenta y un mil seiscientos veintiocho pesos que la socia MARIA LILIANA ESTELA VÁSQUEZ ECHEVERRÍA ha pagado de la siguiente forma: i) Con la suma de doscientos setenta y tres millones ciento siete mil setecientos ochenta y dos pesos, que ha pagado con anterioridad a la presente escritura. ii) Con la suma de ciento noventa y siete millones novecientos sesenta y tres mil ochocientos cuarenta y seis pesos que se obliga a pagar dentro del plazo de cinco años, ya sea en dinero en efectivo o aporte de bienes, los cuales deberán ser valorizados de común acuerdo entre los socios. c) Con la suma de ochenta y cinco millones novecientos cincuenta y dos mil doscientos cuarenta y ocho pesos, que la socia NATALIE PAOLA TRAVERSO VÁSQUEZ se obliga a pagar dentro del plazo de cinco años, ya sea en dinero en efectivo o aporte de bienes, los cuales deberán ser valorizados de común acuerdo entre los socios. d) Con la suma de ochenta y cinco millones novecientos cincuenta y dos mil doscientos cuarenta y ocho pesos, que el socio ALDO STEFANO FELIPE TRAVERSO VÁSQUEZ se obliga a pagar dentro del plazo de cinco años, ya sea en dinero en efectivo o aporte de bienes, los cuales deberán ser valorizados de común acuerdo. e) Con la suma de ochenta y cinco millones novecientos cincuenta y dos mil doscientos cuarenta y ocho pesos, que la socia VALERIA RITA TRAVERSO VÁSQUEZ se obliga a pagar dentro del plazo de cinco años, ya sea en dinero en efectivo o aporte de bienes, los cuales deberán ser valorizados de común acuerdo. 2.- Los comparecientes acuerdan reemplazar la cláusula tercera del estatuto social que dice relación con la administración y uso de la razón social. Como consecuencia de lo señalado precedentemente, la cláusula tercera de los estatutos sociales queda en definitiva como sigue: “TERCERO: ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZON SOCIAL: La administración de la sociedad corresponderá en forma indistinta a Don ALDO ANTONIO TRAVERSO ROSSI y a Doña MARIA LILIANA ESTELA VÁSQUEZ ECHEVERRÍA, quienes anteponiendo la razón social a su firma personal, podrán representar y obligar válidamente a la sociedad en todos los actos, declaraciones, contratos y convenciones relacionados con el giro de la sociedad, con las más amplias facultades y
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- MODIFICACIÓN
INVERSIONES Y SERVICIOS UNION LIMITADA
CVE 1753789
