Sino Innovative Technology SpA
Información societaria
Objeto social
mantención de vehículos, mantenimiento y reparación de vehículos de pasajeros y comerciales de nueva energía
Capital
Capital total
$3.500.000 pesos
Capital pagado
$3.500.000 pesos
Capital pendiente
$0 pesos
Acciones
3500
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Carolina Del Carmen Vargas Cárdenas Accionista | - | 100% | $3.500.000 pesos |
Administradores (1)
Carolina Del Carmen Vargas Cárdenas
Representantes ante el SII (1)
Carolina Del Carmen Vargas Cárdenas
Diario Oficial
Información societaria
Administradores (1)
FRANCISCA IGNACIA ANGUITA URRA
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “SINO INNOVATIVE TECHNOLOGY SpA” SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte número quinientos cincuenta y cinco, oficina doscientos uno, comuna de Las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 02 de julio de 2026, Repertorio número 12442-26, otorgada ante mí, compareció: don STEFAN ZINK PAPIC, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad número dieciocho millones trescientos noventa y seis mil ochocientos ochenta guión siete, domiciliado para estos efectos en Avenida Apoquindo tres mil, piso diecisiete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, el compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula antes citada y expone: que debidamente facultado, viene en reducir a escritura pública las partes pertinentes del acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de SINO INNOVATIVE TECHNOLOGY SpA, en la que se acordó lo siguiente: 1. Cambio de Administrador y Representante Legal de la Sociedad. El Presidente abordó el primer punto de la tabla, y señaló que resulta necesario proceder al cambio del Administrador y Representante Legal de la Sociedad, actualmente ejercido por doña CAROLINA DEL CARMEN VARGAS CÁRDENAS, Cédula Nacional de Identidad N° 16.073.015-3, y designar en su reemplazo a una nueva persona. Sometida la materia a votación, el accionista acordó reemplazar el Artículo Sexto de los Estatutos Sociales de SINO INNOVATIVE TECHNOLOGY SpA, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO SEXTO: La sociedad será administrada por un Administrador o Gerente General, términos sinónimos para efectos de estos estatutos sociales, y sin perjuicio del nombramiento de otros Administradores o apoderados que gocen de idénticas o diversas facultades y que sean nombrados en estos estatutos o en otros actos o instrumentos. La Administradora será la señora FRANCISCA IGNACIA ANGUITA URRA, cédula nacional de identidad número diecisiete millones trescientos once mil doscientos cuarenta y siete guión cinco, quien actuará en nombre y representación de la sociedad.” 2. Revocación de facultades. El Presidente abordó el segundo punto de la tabla, y señaló que resulta necesario proceder a la revocación de todas las facultades y representaciones que en los estatutos sociales o en otros instrumentos se hayan concedido a la señora CAROLINA DEL CARMEN VARGAS CÁRDENAS, Cédula Nacional de Identidad N° 16.073.015-3, lo que desde ya es acordado y aprobado por la Junta, teniendo efectos inmediatos y sin necesidad de notificación alguna, sin perjuicio de las inscripciones, publicaciones y notificaciones que sean requeridas en el Registro de Comercio, Diario Oficial, Servicio de Impuestos Internos y Municipalidades. Hay firmas de LIU CONG y de Stefan Zink Papic. Demás estipulaciones constan en documento extractado. Conforme con el Libro de Actas de las Juntas de Accionistas de Sino Innovative Technology SpA, que he tenido a la vista y que devuelvo al interesado. Santiago 06 de julio de 2026.
Información societaria
Objeto social
Mantención de vehículos, mantenimiento y reparación de vehículos de pasajeros y comerciales de nueva energía, fabricación, importación, exportación, almacenamiento, compra y venta de repuestos de todo tipo de vehículos, fabricación, instalación importación, exportación, compra y venta de paneles solares, baterías, inversores, y todo lo que diga con artículos relacionados a energía solar. Fabricación, importación, exportación, almacenamiento, compra y venta de todo artículo que diga relación con telemática, incluida la prestación de servicios de Telemática, en especial la que se refiere a la industria automotriz. Servicio técnico, intercambio técnico, transferencia de tecnología, servicios de sistemas informáticos, venta y comercialización de baterías, venta de accesorios para baterías, fabricación, compra y venta de componentes auxiliares para electrodomésticos, Comercialización de componentes electrónicos de potencia, Venta al por mayor y menor de componentes electrónicos, Comercialización de equipos mecánicos, compra y venta de automóviles, Venta de puntos de recarga y comercialización de puntos de recarga para vehículos eléctricos, Comercialización de productos decorativos para automóviles, Comercialización de instrumentos y medidores, compra y venta al por mayor y al detalle de software, hardware y equipos auxiliares de computación, Comercialización de productos químicos, Comercialización de materiales metálicos, Comercialización de productos de caucho, Comercialización de productos de plástico, Comercialización al por mayor y al detalle de productos de ferretería, Comercialización de artículos de primera necesidad, Comercialización de materiales de construcción, Importación y exportación de mercancías, Importación y exportación de tecnologías, Agencia de importación y exportación, Servicios de Logística, alquiler de bienes muebles e inmuebles, amoblados y no amoblados, renta a car.
Capital
Capital total
$3.500.000
Capital pagado
$3.500.000
Capital pendiente
$0
Acciones
3500
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | $3.500.000 |
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 5 de mayo de 2025
CAROLINA DEL CARMEN VARGAS CÁRDENAS vende, cede y transfiere sus 3.500 acciones a LIU CONG.
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior Pablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 07 de Mayo 2025 Repertorio N°2362, ante mi, Don LIU CONG, debidamente representado, por Don ARIEL ANDRES PINO ACOSTA, ambos con domicilio para estos efectos en Agustinas 972, comuna de Santiago y doña CAROLINA DEL CARMEN VARGAS CÁRDENAS, con domicilio para estos efectos en Agustinas novecientos setenta y dos, comuna de Santiago; modifican SINO INNOVATIVE TECHNOLOGY SPA, RUT 78.072.482-K, que con fecha 22 de abril del año 2025, se hizo la migración de la sociedad desde el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades al régimen general registral, cuyo extracto se inscribió a fojas 35.807 N°13.939 en el Registro de Comercio del año 2025 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Que, con fecha 5 de mayo del año 2025 ante la notario público titular de la tercera notaría de Vitacura, doña Gloria Ortiz Carmona, doña CAROLINA DEL CARMEN VARGAS CÁRDENAS, vendió, cedió y transfirió las 3500 acciones de las que era dueña, a don LIU CONG, quien las compró y aceptó para sí en $3.500.000 pagados en el acto a entera satisfacción. Quedó como actual y único accionista, don LIU CONG, y viene en modificar lo siguiente: 1. Artículo Cuarto sobre el objeto: se reemplazará todo el articulo por el siguiente: OBJETO: El objeto de la sociedad será mantención de vehículos, mantenimiento y reparación de vehículos de pasajeros y comerciales de nueva energía, fabricación, importación, exportación, almacenamiento, compra y venta de repuestos de todo tipo de vehículos, fabricación, instalación importación, exportación, compra y venta de paneles solares, baterías, inversores, y todo lo que diga con artículos relacionados a energía solar. Fabricación, importación, exportación, almacenamiento, compra y venta de todo artículo que diga relación con telemática, incluida la prestación de servicios de Telemática, en especial la que se refiere a la industria automotriz. Servicio técnico, intercambio técnico, transferencia de tecnología, servicios de sistemas informáticos, venta y comercialización de baterías, venta de accesorios para baterías, fabricación, compra y venta de componentes auxiliares para electrodomésticos, Comercialización de componentes electrónicos de potencia, Venta al por mayor y menor de componentes electrónicos, Comercialización de equipos mecánicos, compra y venta de automóviles, Venta de puntos de recarga y comercialización de puntos de recarga para vehículos eléctricos, Comercialización de productos decorativos para automóviles, Comercialización de instrumentos y medidores, compra y venta al por mayor y al detalle de software, hardware y equipos auxiliares de computación, Comercialización de productos químicos, Comercialización de materiales metálicos, Comercialización de productos de caucho, Comercialización de productos de plástico, Comercialización al por mayor y al detalle de productos de ferretería, Comercialización de artículos de primera necesidad, Comercialización de materiales de construcción, Importación y exportación de mercancías, Importación y exportación de tecnologías, Agencia de importación y exportación, Servicios de Logística, alquiler de bienes muebles e inmuebles, amoblados y no amoblados, renta a car. 2: Artículo Séptimo: se reemplazará todo el artículo por el siguiente: ARTÍCULO SÉPTIMO: La administración se sujetará a las siguientes reglas: El(Los) administrador(es) podrá(n) ser remunerado(s) por sus funciones, y la cuantía de su remuneración será fijada por la Junta de Accionistas. El(Los) Administrador(es) podrá(n) delegar parte de sus facultades de administración de la Sociedad en terceros, y asimismo, podrá delegar poderes para objetos determinados especialmente. El administrador en caso de renunciar lo puede hacer por escrito, mediante documento firmado ante notario, ya sea escritura privada, escritura privada protocolizada o escritura pública. Bastará con la firma ante notario para que la renuncia surta efecto de pleno derecho, adicionalmente y de forma facultativa, mas no obligatoria, se podrá tomar nota registral en el conservador de bienes raíces sobre esta renuncia. 3: Artículo primero Transitorio: se reemplazará todo el artículo por el siguiente: Aporte Accionistas: Las acciones en las que se encuentra dividido el capital se encuentran suscritas enteradas y pagadas por los accionistas de la siguiente manera: A) LIU CONG es dueño de: 3500 acciones ordinarias de la Serie única, equivalentes a la suma de $3.500.000, que pagó en dinero efectivo y al contado, los que ya estaban ingresados a la caja social.- CERTIFICADO: El Notario Infrascrito certifica haber tenido a la vista el libro de accionistas de dicha sociedad donde consta que LIU CONG es único y actual accionista dueño de 3500 acciones. Capital $3.500.000.- En todo lo no modificado por éste instrumento, queda vigente el pacto social primitivo.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Sino Innovative Technology SpA
CVE 2838081
- MODIFICACIÓN
SINO INNOVATIVE TECHNOLOGY SpA
CVE 2652193
- CONSTITUCIÓN
SINO INNOVATIVE TECHNOLOGY SPA
