Sociedade por Ações78.066.434-7

Sunflow Energía SpA

CONSTITUCIÓN — 2 de abr. de 2025

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-04-02Ver PDF (CVE 2628943)

Informações societárias

SpA

Objeto social

La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /a/ la ingeniería, construcción, montaje industrial, explotación, operación y mantenimiento de toda clase de obras y construcciones, cualquiera sea su naturaleza o fines, incluyendo, sin que la siguiente enumeración sea taxativa sino que meramente ejemplar, todo tipo de instalaciones eléctricas, obras de generación, transmisión y distribución de energía, lo que considera toda clase de instalación, obra, planta, subestación o cualquier otra dependencia que, en términos generales, sean necesarias para la generación, transmisión y distribución de electricidad; /b/ la prestación y/o entrega de toda clase de asesorías, consultorías y servicios profesionales, estudios o proyectos, sean los anteriores de carácter ingenieril, técnico, operacional, financiero, contable, administrativo, regulatorio o de cualquier otra naturaleza, para el soporte, administración, gestión y/o ejecución de todas las actividades, obras, bienes o activos descritos en el objeto de la Sociedad, incluyendo, sin que la siguiente enumeración sea taxativa sino que meramente a título ejemplar, la reparación y/o reemplazo de sistemas operativos, piezas, partes y componentes, remediación, limpieza y mantenimiento de las obras, construcciones, instalaciones y/o sitios donde se emplacen las anteriores; /c/ la compra, venta, arrendamiento, importación, exportación y comercialización de toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, sea que se relacionen o no con las actividades, obras, bienes o activos descritos en el objeto de la Sociedad; /d/ la realización de toda clase de actos y contratos, inversiones y negocios, por cuenta propia o de terceros, en relación a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, incluyendo sin limitación alguna la compra y venta de acciones y/o derechos en todo tipo de sociedades mercantiles o empresas individuales, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, así como la administración de estas inversiones y sus frutos, y la intermediación de cualquier tipo en las mencionadas actividades; y /e/ la realización de todos aquellos otros actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$2.000.000

Ações

200

Sócios (2)

NomeParticipação

RAML SpA

Accionista

-

GLOBAL SpA

Accionista

-

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior MACARENA PINO ABARCA, Notario Público Suplente del Titular WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, 49ª Notaría Santiago, con oficio en calle Amunátegui N° 73, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 25 de marzo de 2025, ante mí: las sociedades RAML SpA, domiciliada en Camino Las Pircas número catorce, comuna de Colina, y GLOBAL SpA, domiciliada en Avenida Los Leones mil trescientos, departamento ochocientos cuatro, comuna de Providencia, constituyeron sociedad por acciones, conforme las siguientes estipulaciones: Razón social: SUNFLOW ENERGÍA SpA. Objeto: La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: /a/ la ingeniería, construcción, montaje industrial, explotación, operación y mantenimiento de toda clase de obras y construcciones, cualquiera sea su naturaleza o fines, incluyendo, sin que la siguiente enumeración sea taxativa sino que meramente ejemplar, todo tipo de instalaciones eléctricas, obras de generación, transmisión y distribución de energía, lo que considera toda clase de instalación, obra, planta, subestación o cualquier otra dependencia que, en términos generales, sean necesarias para la generación, transmisión y distribución de electricidad; /b/ la prestación y/o entrega de toda clase de asesorías, consultorías y servicios profesionales, estudios o proyectos, sean los anteriores de carácter ingenieril, técnico, operacional, financiero, contable, administrativo, regulatorio o de cualquier otra naturaleza, para el soporte, administración, gestión y/o ejecución de todas las actividades, obras, bienes o activos descritos en el objeto de la Sociedad, incluyendo, sin que la siguiente enumeración sea taxativa sino que meramente a título ejemplar, la reparación y/o reemplazo de sistemas operativos, piezas, partes y componentes, remediación, limpieza y mantenimiento de las obras, construcciones, instalaciones y/o sitios donde se emplacen las anteriores; /c/ la compra, venta, arrendamiento, importación, exportación y comercialización de toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, sea que se relacionen o no con las actividades, obras, bienes o activos descritos en el objeto de la Sociedad; /d/ la realización de toda clase de actos y contratos, inversiones y negocios, por cuenta propia o de terceros, en relación a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, incluyendo sin limitación alguna la compra y venta de acciones y/o derechos en todo tipo de sociedades mercantiles o empresas individuales, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, así como la administración de estas inversiones y sus frutos, y la intermediación de cualquier tipo en las mencionadas actividades; y /e/ la realización de todos aquellos otros actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los socios. Capital: $2.000.000.-, dividido en 200 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas por los accionistas y se pagarán en la medida que lo exijan las necesidades sociales y, en todo caso, dentro de un plazo máximo de 5 años a contar de la fecha de la escritura extractada. Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 25 de Marzo de 2025.

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