有限責任公司78.031.656-K

Inversiones Luz B&p Limitada

CONSTITUCIÓN — 2025年1月30日

稅務資料(SII)

实体类型

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

公司子类型

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

開始經營

SII 未報告開始經營日期

經濟活動

SII 中沒有登記的經濟活動

蓋章文件

SII 中沒有登記的蓋章文件

Diario Oficial

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 5 años a contar de la fecha de la presente escritura pública, prorrogable automáticamente en forma tácita y sucesiva por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo aviso en contrario
管理方式: Será ejercida por doña PATRICIA ALEJANDRA LUZ CRAWFORD y don BENJAMÍN LIVIO LUZ PEDEMONTE, para que, actuando separada e indistintamente, anteponiendo a su nombre a la razón social, la representarán judicial y extrajudicialmente.

公司目的

La realización de todo tipo de inversiones, tanto en Chile como en el extranjero, en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales; la inversión en toda clase de títulos, acciones, bonos, valores mobiliarios y derechos sociales, sea formando sociedades o incorporándose a otras; la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces y su explotación, y el desarrollo de toda clase de inversiones y negocios inmobiliarios.

資本

總資本

$290.000.000

實繳資本

$82.500.000

待繳資本

$207.500.000

股東(2)

姓名持股比例

PATRICIA ALEJANDRA LUZ CRAWFORD

Socio

50%

BENJAMÍN LIVIO LUZ PEDEMONTE

Socio

50%

管理人(2)

摘要官方正文

Gloria Ortiz Carmona, abogado, Notario Público Tercera Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Vitacura, con oficio en Av. Vitacura 6471, comuna de Vitacura, certifico: Por escritura pública otorgada el día 14 de enero de 2025, ante mí, doña PATRICIA ALEJANDRA LUZ CRAWFORD, con domicilio en Avenida Cristóbal Colón N° 5.467, Las Condes, Región Metropolitana; por sí y en representación de don BENJAMÍN LIVIO LUZ PEDEMONTE, chileno, con domicilio en Colipi N° 690, comuna de Copiapó, Región de Atacama, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos son del siguiente tenor: RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES LUZ B&P LIMITADA”. OBJETO: La realización de todo tipo de inversiones, tanto en Chile como en el extranjero, en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales; la inversión en toda clase de títulos, acciones, bonos, valores mobiliarios y derechos sociales, sea formando sociedades o incorporándose a otras; la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces y su explotación, y el desarrollo de toda clase de inversiones y negocios inmobiliarios. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Será ejercida por doña PATRICIA ALEJANDRA LUZ CRAWFORD y don BENJAMÍN LIVIO LUZ PEDEMONTE, para que, actuando separada e indistintamente, anteponiendo a su nombre a la razón social, la representarán judicial y extrajudicialmente. CAPITAL: Es la suma de $290.000.000, que los socios han aportado y enterado en caja social, en la siguiente forma y proporciones: a) Doña PATRICIA ALEJANDRA LUZ CRAWFORD aporta la suma de $145.000.000, de los cuales, $45.000.000 de aportan en dinero efectivo, íntegramente pagados a esta fecha, y el monto restante a través del aporte de inmueble, singularizado en pacto social. El aporte de capital equivale al 50% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados y enterados en caja social; y, b) Don BENJAMÍN LIVIO LUZ PEDEMONTE aporta la suma de $145.000.000, de los cuales el monto de $37.500.000, se encuentran íntegramente pagados, y el monto restante por pagar en el plazo de 3 años desde fecha de escritura de constitución. El aporte de capital equivale al 50% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados y enterados en caja social. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que su administrador pueda abrir o iniciar en el resto del país o el extranjero. DURACIÓN: 5 años a contar de la fecha de la presente escritura pública. Dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente en forma tácita y sucesiva por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que 1 o más de los socios manifieste su voluntad de ponerle término con una anticipación mínima de 6 meses a la expiración del plazo o prórroga respectiva, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con la misma anticipación antes señalada. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás cláusulas en escritura extractada. Santiago, 15 de enero de 2025.

最近登記事項

  1. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES LUZ B&P LIMITADA

    CVE 2603995

公司關係

公司人物Diario Oficial