股份公司78.009.127-4

Sociedad De Inversiones Roa Muñoz SpA

CONSTITUCIÓN — 2024年12月18日

Diario Oficial

公司資料

SpA
Licantén, Maule
期限: 5 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años
管理方式: Administrador único

公司目的

Inversión en todo tipo de negocios, tanto inmobiliarios como de bienes muebles, la compra, venta, arriendo y cualquier otra clase de acto jurídico que permita desarrollar el giro de inversión en toda clase de negocios de bienes muebles o inmuebles propios, la compra o venta de dichos bienes, su arriendo, administración o cualquier otra forma de explotación; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; por cuenta propia; así como la inversión en valores, bonos, acciones o cualesquiera títulos transables, en general cualquier objeto que la junta de accionistas acuerde.

資本

總資本

$62.500.000

股份

300

股東(6)

姓名持股比例

ANGELA MAKEBA MUÑOZ VARGAS

Accionista

12.xxx.xxx-7

-

YANITZA ANDREA ROA MUÑOZ

Accionista

19.xxx.xxx-7

-

MATIAS NICOLAS ROA MUÑOZ

Accionista

21.xxx.xxx-0

-

FELIPE ANDRES ROA MUÑOZ

Accionista

18.xxx.xxx-3

-

CATALINA FERNANDA ROA MUÑOZ

Accionista

21.xxx.xxx-4

-

ISRAEL ÁNDRES ROA ANTILEF

Accionista

10.xxx.xxx-8

-

管理人(1)

ISRAEL ÁNDRES ROA ANTILEF

10.xxx.xxx-8Administrador

摘要官方正文

R & M INVERSIONES SpA MARIA CONSTANZA NICOLAO VALENZUELA, Abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de la Comuna de Curepto, con oficio en esta ciudad, calle Pedro Antonio González numero veinte, suplente del titular don Jorge Allende González, según Decreto del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Curepto, de fecha 04 de Diciembre del año 2024, cuya copia se agrego al final del Registro de Instrumentos Públicos de la Notaria a mi cargo correspondiente al Sexto Bimestre del año 2024, bajo el número 31, mediante escritura pública otorgada ante don Jorge Andrés Allende González, con fecha 05 de Diciembre del año 2024, Repertorio N° 610-2024, doña ANGELA MAKEBA MUÑOZ VARGAS, chilena, Divorciada, Comerciante cédula nacional de identidad número 12.221.781-7, domiciliada para estos efectos en Calle Los Álamos Número 424, Villa Fresia, comuna de Licantén; doña YANITZA ANDREA ROA MUÑOZ, chilena, Enfermera, cédula nacional de identidad número 19.002.356-7, domiciliada para estos efectos en Calle Los Álamos Número 424, Villa Fresia, comuna de Licantén; don MATIAS NICOLAS ROA MUÑOZ, chileno, Estudiante, cédula nacional de identidad número 21.281.192-0, domiciliada para estos efectos en Calle Los Álamos Número 424, Villa Fresia, comuna de Licantén; don FELIPE ANDRES ROA MUÑOZ, chileno, Constructor Civil, cédula nacional de identidad número 18.801.199-3, domiciliada para estos efectos en Calle Los Álamos Número 424, Villa Fresia, comuna de Licantén; doña CATALINA FERNANDA ROA MUÑOZ, chileno, Estudiante, cédula nacional de identidad número 21.281.206-4, domiciliada para estos efectos en Calle Los Álamos Número 424, Villa Fresia, comuna de Licantén; y don ISRAEL ÁNDRES ROA ANTILEF, chileno, divorciado, empresario, cédula nacional de identidad número 10.940.331-8, domiciliado para estos efectos en Calle Los Álamos Número 424, Villa Fresia, comuna de Licantén, los comparecientes todos mayores de edad, quien acreditan su identidad con las cédulas citadas, y exponen vienen en constituir una sociedad de Participación por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, que a continuación se transcriben, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento noventa, sobre mercado de capitales y dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. El nombre de la sociedad será SOCIEDAD DE INVERSIONES ROA MUÑOZ SpA, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “R & M INVERSIONES SpA.” que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento nueve, sobre Mercado de Capitales y dieciocho mil dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Su domicilio será la ciudad de Licanten, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: el objeto de la sociedad será el siguiente: Inversión en todo tipo de negocios, tanto inmobiliarios como de bienes muebles, la compra, venta, arriendo y cualquier otra clase de acto jurídico que permita desarrollar el giro de inversión en toda clase de negocios de bienes muebles o inmuebles propios, la compra o venta de dichos bienes, su arriendo, administración o cualquier otra forma de explotación; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; por cuenta propia; así como la inversión en valores, bonos, acciones o cualesquiera títulos transables, en general cualquier objeto que la junta de accionistas acuerde.- Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Licanten, sin perjuicio de las sucursales o agencias que los socios acuerden establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: tendrá una duración de 5 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al termino del respectivo periodo.Capital: El capital de la sociedad es la suma de $62.500.000 (Sesenta y dos millones quinientos mil pesos), dividido en 300 (trescientas) acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Dicho capital y acciones fueron suscritas y enteradas según lo descrito en la cláusula del Artículo segundo Transitorio del pacto constitutivo.- Administración: Se nombra administrador de la sociedad de acuerdo con lo dispuesto y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO QUINTO de estos estatutos a don ISRAEL ÁNDRES ROA ANTILEF, ya individualizada, quien, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos. Se establece en este acto, que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto.

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  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD DE INVERSIONES ROA MUÑOZ SpA

    CVE 2585434

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