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Sociedad de Responsabilidad Limitada77.983.410-7

Diaz Y Adaros Limitada

MODIFICACIÓN — 13 nov 2023

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2023-11-13Ver PDF (CVE 2404946)

Información societaria

Ltda

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON

Socio

55%

YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO

Socio

45%

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos· 25 de octubre de 2023

    Valeria Alejandra Ramirez Muñoz vende y cede el 35% de sus derechos sociales a Pilar del Carmen Díaz Jackson.

    VALERIA ALEJANDRA RAMIREZ MUÑOZ · PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON

  2. Retiro de socio· 25 de octubre de 2023

    Valeria Alejandra Ramirez Muñoz se retira de la sociedad.

    VALERIA ALEJANDRA RAMIREZ MUÑOZ · PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON · YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO

Texto oficial del extracto

EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaria de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359 comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de octubre de 2023, bajo el repertorio N°18007- 2023 ante mí, doña PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON, domiciliada en calle Víctor Rae N° 5858 Depto. 706, comuna de La Condes, Región Metropolitana, doña VALERIA ALEJANDRA RAMIREZ MUÑOZ, domiciliada en Mar Mediterráneo 4345, Dpto. 12, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana; y doña YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO, domiciliada en Galletué 1060, Depto. 203, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quienes modificaron sociedad “DIAZ Y ADAROS LIMITADA”, la “Sociedad”, inscrita originalmente a fojas 23.654 N°17.854, Registro de Comercio de Santiago del año 2003, y modificada a fojas 16.315, N°7.749, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2023, en lo siguiente: Venta y Cesión de Derechos. Uno. doña VALERIA ALEJANDRA RAMIREZ MUÑOZ, vende, cede y transfiere a doña PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON, quien compra, acepta y adquiere para sí, 35% del total de los derechos sociales de la sociedad. El precio es la suma de $350.000, pagada en este acto, en dinero efectivo. Retiro y cambio en el capital. Como consecuencia de esta compraventa o cesión, se retira de la sociedad VALERIA ALEJANDRA RAMIREZ MUÑOZ, y doña PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON pasa a tener el cincuenta y cinco por ciento de los derechos sociales, lo que es expresamente aceptado por la socia doña YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO. Modificaciones sociales. Como consecuencia de los cambios precedentes, los socios vienen a modificar los estatutos sociales de la siguiente forma: Uno. Se sustituye la cláusula Primero, por la siguiente: “PRIMERO: Por el presente instrumento, las comparecientes doña PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON, y doña YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO, constituyen una sociedad profesional de Responsabilidad Limitada, de conformidad a lo prescrito en la ley número tres mil novecientos dieciocho, y las demás disposiciones aplicables del Código de Comercio y Código Civil, en todo aquello no estipulado en este contrato.” Dos. Se sustituye la cláusula quinto por la siguiente: “QUINTO: El capital social es la cantidad de un millón de pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: a) Doña PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON, la suma de quinientos cincuenta mil pesos, al contado y en dinero efectivo, que ha ingresado a la caja social, y que corresponde al cincuenta y cinco por ciento del capital social; y b) Doña YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO, la suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos, al contado y en dinero efectivo, que ha ingresado en la caja social, y que corresponde al cuarenta y cinco por ciento del capital social” Vigencia sociedad. En todo lo no modificado, permanecen plenamente válidos y vigentes los estatutos sociales, especialmente en relación con la limitación de la responsabilidad de los socios. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de noviembre de 2023.-

ModificaciónDiario Oficial · 2023-02-18Ver PDF (CVE 2274077)

Información societaria

Ltda
Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a la socia YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO

Objeto social

Prestar todo tipo de servicios, consultorías y asesorías profesionales en el ámbito de la contabilidad y auditoría a empresas, y todo tipo de personas naturales y jurídicas. Prestación de servicios de gestión de personal, y demás labores administrativas conexas. Y, en general, en la actualidad o en el futuro, la realización de toda otra actividad que acuerden los socios tanto en Chile como en el extranjero, y que se relacione directa o complementariamente con la actividad profesional de los socios.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON

Socio

20%

VALERIA ALEJANDRA RAMIREZ MUÑOZ

Socio

35%

YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO

Socio

45%

Administradores (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución

    Se relata que la sociedad fue inscrita originalmente como DIAZ Y ADAROS LIMITADA en el año 2003.

  2. Cesión de derechos· 24 de enero de 2023

    PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON cede 35% de sus derechos a VALERIA ALEJANDRA RAMIREZ MUÑOZ.

    PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON · VALERIA ALEJANDRA RAMIREZ MUÑOZ

  3. Cesión de derechos· 24 de enero de 2023

    PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON cede 44% de sus derechos a YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO.

    PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON · YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO

  4. Cesión de derechos· 24 de enero de 2023

    JOSE MIGUEL ADAROS DÍAZ cede 1% de sus derechos a YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO.

    JOSE MIGUEL ADAROS DÍAZ · YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO

  5. Retiro de socio· 24 de enero de 2023

    JOSE MIGUEL ADAROS DÍAZ se retira de la sociedad e ingresan VALERIA ALEJANDRA RAMIREZ MUÑOZ y YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO.

    JOSE MIGUEL ADAROS DÍAZ · VALERIA ALEJANDRA RAMIREZ MUÑOZ · YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO

Texto oficial del extracto

EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaria de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359 comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de enero de 2023, bajo el repertorio N°1480-2023 ante mí, Don JOSE MIGUEL ADAROS DÍAZ, domiciliado en Mar Profundo N° 5510, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, doña PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON, domiciliada en calle Víctor Rae N° 5858 Depto. 706, comuna de La Condes, Región Metropolitana, doña VALERIA ALEJANDRA RAMIREZ MUÑOZ, domiciliada en Mar Mediterráneo 4345, Dpto. 12, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana; y doña YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO, domiciliada en Galletué 1060, Depto. 203, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, quienes modificaron sociedad “DIAZ Y ADAROS LIMITADA”, la “Sociedad” inscrita originalmente a fojas 23.654 N° 17.854, Registro de Comercio de Santiago del año 2003, en lo siguiente: Venta y Cesión de Derechos. Uno. Doña PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON, vende, cede y transfiere a doña VALERIA ALEJANDRA RAMIREZ MUÑOZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, 35% del total de los derechos sociales de la sociedad. El precio es la suma de $350.000, pagada en el acto, en dinero efectivo. Dos. Doña PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON, vende, cede y transfiere a doña YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO, quien compra, acepta y adquiere para sí, 44% del total de los derechos sociales de la sociedad. El precio es la suma de $440.000, pagada en el acto, en dinero efectivo. Tres. Don JOSE MIGUEL ADAROS DÍAZ, vende, cede y transfiere a doña YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 1% del total de los derechos sociales de la sociedad, y que le pertenecen al vendedor. El precio es la suma de $10.000, pagada en el acto, en dinero efectivo Ingreso y retiro de socios. Como consecuencia de estas compraventas o cesiones, se retira de la sociedad JOSE MIGUEL ADAROS DÍAZ, e ingresan a ésta doña VALERIA ALEJANDRA RAMIREZ MUÑOZ, y doña YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO, lo que es expresamente aceptado por la socia doña PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON. Modificaciones sociales. Como consecuencia de los cambios precedentes, los socios vienen a modificar los estatutos sociales de la siguiente forma: Uno. Se sustituye la cláusula Primero, por la siguiente: “PRIMERO: Por el presente instrumento, las comparecientes doña PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON, doña VALERIA ALEJANDRA RAMIREZ MUÑOZ, y doña YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO, constituyen una sociedad profesional de Responsabilidad Limitada, de conformidad a lo prescrito en la ley número tres mil novecientos dieciocho, y las demás disposiciones aplicables del Código de Comercio y Código Civil, en todo aquello no estipulado en este contrato.” Dos. Se sustituye la cláusula quinto por la siguiente: “QUINTO: El capital social es la cantidad de $1.000.000 que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: a) Doña PILAR DEL CARMEN DÍAZ JACKSON, la suma de $200.000, al contado y en dinero efectivo, que ha ingresado a la caja social, y que corresponde al 20% del capital social; b) Doña VALERIA ALEJANDRA RAMIREZ MUÑOZ, la suma de $350.000, al contado y en dinero efectivo, que ha ingresado en la caja social, y que corresponde al 35% del capital social; c) Doña YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO, la suma de %450.000, al contado y en dinero efectivo, que ha ingresado en la caja social, y que corresponde al 45% del capital social” Tres. Se sustituye la cláusula segundo por la siguiente: “SEGUNDO: El objeto de la sociedad es: Prestar todo tipo de servicios, consultorías y asesorías profesionales en el ámbito de la contabilidad y auditoría a empresas, y todo tipo de personas naturales y jurídicas. Prestación de servicios de gestión de personal, y demás labores administrativas conexas. Y, en general, en la actualidad o en el futuro, la realización de toda otra actividad que acuerden los socios tanto en Chile como en el extranjero, y que se relacione directa o complementariamente con la actividad profesional de los socios.” Cuatro. Se sustituye la cláusula cuarto por la siguiente: “CUARTO: La administración y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a la socia doña YESSIKA ANDREA ADAROS BOZZO, quien, anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, se encuentra legalmente investida en la forma más amplia y sin restricciones de todas las facultades de administración y disposición” Vigencia sociedad. En todo lo no modificado, permanecen plenamente válidos y vigentes los estatutos sociales, especialmente en relación con la limitación de la responsabilidad de los socios. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de febrero de 2023.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    DIAZ Y ADAROS LIMITADA

    CVE 2404946

  2. MODIFICACIÓN

    Díaz y Adaros Limitada

    CVE 2274077

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)