SAE Ladera Sur SpA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, actividades relacionadas con data centers o centros de datos, infraestructura tecnológica, servicios digitales, energía y potencia eléctrica, y actos y contratos necesarios para el desarrollo de su objeto.
Representación legal (1)
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359, Comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 3 de agosto de 2026, anotada bajo el Repertorio N° 12.844-2026, otorgada ante mí, RTB ENERGY SpA, debidamente representada, en su calidad de único accionista de SAE LADERA SUR SpA, según registro de accionistas que tuve a la vista, modificó los estatutos de esta última de la siguiente forma: (i) Modifica el artículo primero permanente reflejando el cambio de nombre de la Sociedad al siguiente: “INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA SC SpA”. (ii) Modifica el artículo cuarto permanente relativo al objeto social, reemplazando íntegramente su actual texto por el siguiente: “El objeto de la Sociedad será desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) diseñar, desarrollar, prestar o ejecutar, por cuenta propia o de terceros, todo tipo de asesorías, consultorías y servicios relacionados con data centers o centros de datos, procesamiento, almacenamiento, comunicación, transferencia y tratamiento de datos, programas computacionales, servicios digitales, infraestructura tecnológica, servicios de soporte, mantención y operación asociados; b) adquirir, arrendar, subarrendar, usar, administrar, operar, explotar y disponer, a cualquier título, de toda clase de bienes, activos, inmuebles, equipos, instalaciones e infraestructura destinados o relacionados con el desarrollo, habilitación, operación y explotación de data centers o centros de datos; c) desarrollar, construir, instalar, montar, poner en marcha, habilitar, mantener, equipar, operar, administrar y explotar data centers o centros de datos, así como la infraestructura tecnológica, eléctrica, de comunicaciones, climatización, seguridad, respaldo, soporte y mantención asociada a los mismos; d) desarrollar, construir, instalar, montar, habilitar, mantener, operar y explotar edificaciones, instalaciones, plantas, obras civiles, obras eléctricas, obras de telecomunicaciones y obras de ingeniería en general, relacionadas con el desarrollo, operación o explotación de data centers, centros de datos y demás infraestructura tecnológica asociada; e) realizar toda clase de actividades comerciales, industriales o de servicios complementarios o anexas al desarrollo, operación o explotación de data centers, centros de datos y demás infraestructura tecnológica asociada; f) obtener, contratar y gestionar financiamiento, garantías, créditos u otros instrumentos necesarios o convenientes para el desarrollo, adquisición, construcción, habilitación, operación o explotación de proyectos, activos o infraestructura relacionados con cualquiera de las actividades comprendidas en el objeto social; g) desarrollar toda clase de actividades relacionadas con la generación, almacenamiento, retiro, inyección, suministro y comercialización de energía y potencia eléctrica, cualquiera sea su fuente o tecnología, incluyendo el diseño, ingeniería, construcción, instalación, montaje, operación y explotación de centrales, sistemas y demás infraestructura energética, propia o de terceros, así como la prestación de servicios energéticos; h) comprar, vender, importar, exportar, arrendar y comercializar toda clase de bienes, equipos e insumos relacionados con la generación, transmisión, distribución, almacenamiento y suministro de energía eléctrica; y solicitar, adquirir, transferir, arrendar, gravar, administrar y explotar concesiones, permisos, autorizaciones y demás derechos contemplados en la Ley General de Servicios Eléctricos y en las demás normas aplicables al sector energético; e i) realizar toda clase de actividades comerciales, industriales o de servicios complementarias o anexas a las actividades precedentes y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios o conducentes para el desarrollo de su objeto. La Sociedad podrá desarrollar su objeto por cuenta propia o ajena, directamente o por medio de otras sociedades en las que participe, pudiendo tener en ellas, inclusive, la calidad de socia gestora.” En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de agosto de 2026.
Información societaria
Objeto social
la generación y desarrollo de proyectos, consultorías y asesorías para el almacenamiento y suministro de energía eléctrica de cualquier tipo; almacenar energía en las centrales de almacenamiento, retirar e inyectar energía desde y hacia el sistema eléctrico; producción y comercialización de cualquier elemento o insumo necesario para el retiro, suministro y almacenamiento de energía eléctrica, la prestación de servicios energéticos de almacenamiento y suministro, obtener, transferir, adquirir, arrendar, gravar y explotar concesiones que contempla la Ley General de Servicio Eléctricos; construir, instalar, montar y operar centrales de almacenamiento de energía propias y de terceros; comprar, vender y comercializar bienes o insumos relacionados con la generación, transmisión y almacenamiento de energía y potencia eléctrica; otras actividades afines que se definen en la escritura extractada; y cualquier otra actividad empresarial, que por decisión de los accionistas, sea necesaria o conveniente para la realización del objeto social de la Sociedad, siempre en conformidad con las leyes y reglamentos aplicables.
Capital
Capital total
$100.000
Acciones
100
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 76.842.409-8 | 76.842.409-8 | 100% | $100.000 |
Texto oficial del extracto
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: que ante mi, con fecha 10 de octubre del año 2024, por escritura pública anotada bajo el repertorio número 17.473-2024, Ian Philippi Calvo, chileno, casado, ingeniero, cédula nacional de identidad número 12.456.371-2, y Felipe Antonio Donoso Lillo, chileno, casado, ingeniero, cédula nacional de identidad número 15.086.608-1, ambos, en representación de RTB ENERGY SpA, una sociedad por acciones del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.842.409-8, constituyeron una sociedad por acciones que se rige por los estatutos que a continuación extracto: Nombre: SAE Ladera Sur SpA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Objeto: la generación y desarrollo de proyectos, consultorías y asesorías para el almacenamiento y suministro de energía eléctrica de cualquier tipo; almacenar energía en las centrales de almacenamiento, retirar e inyectar energía desde y hacia el sistema eléctrico; producción y comercialización de cualquier elemento o insumo necesario para el retiro, suministro y almacenamiento de energía eléctrica, la prestación de servicios energéticos de almacenamiento y suministro, obtener, transferir, adquirir, arrendar, gravar y explotar concesiones que contempla la Ley General de Servicio Eléctricos; construir, instalar, montar y operar centrales de almacenamiento de energía propias y de terceros; comprar, vender y comercializar bienes o insumos relacionados con la generación, transmisión y almacenamiento de energía y potencia eléctrica; otras actividades afines que se definen en la escritura extractada; y cualquier otra actividad empresarial, que por decisión de los accionistas, sea necesaria o conveniente para la realización del objeto social de la Sociedad, siempre en conformidad con las leyes y reglamentos aplicables. Capital: de $100.000 de pesos, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas por el único accionista al momento de su constitución, las que serán pagadas en dinero, en la misma moneda o especie, dentro del plazo de 5 años. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 Octubre 2024.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
SAE LADERA SUR SpA
CVE 2857064
- CONSTITUCIÓN
SAE Ladera Sur SpA
CVE 2561905
