有限責任公司77.973.933-3

Asesorías E Inversiones Abbba Limitada

CONSTITUCIÓN — 2024年7月22日

稅務資料(SII)

实体类型

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

公司子类型

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

開始經營

SII 未報告開始經營日期

經濟活動

SII 中沒有登記的經濟活動

蓋章文件

SII 中沒有登記的蓋章文件

Diario Oficial

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: diez años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales
管理方式: Administración por Héctor Javier Barría Ampuero, con uso de la razón social y representación judicial y extrajudicial de la sociedad

公司目的

La importación, exportación, distribución, representación y comercialización de todo tipo de bienes y productos de cualquier tipo; la compra, venta, arrendamiento y enajenación de toda clase de bienes raíces o muebles, derechos y otros bienes similares; la realización de inversiones en acciones, bonos y toda clase de negocios industriales, inmobiliarios, agrícolas, pesqueros, mineros y comerciales en general; la prestación de servicios de todo tipo por cuenta propia o de terceros y asesorías en general; realizar toda clase de inversiones en cualquier rubro, pudiendo ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionado con el objeto social directamente o participando en otras empresas o sociedades y otros vinculados directa o indirectamente con el giro social informado.

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

SOFIA BELEN BARRIA VERGARA

Socio

5%

HECTOR JAVIER BARRIA AMPUERO

Socio

95%

管理人(1)

摘要官方正文

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, CERTIFICO: Por escritura pública de 12 de julio de 2024, ante mí, comparecen: 1) Doña SOFIA BELEN BARRIA VERGARA, domiciliada en calle Alicante N°861, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y 2) Don HECTOR JAVIER BARRIA AMPUERO, domiciliado para estos efectos en calle Los Militares N°5.620, oficina 905, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, los comparecientes constituyeron una Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, sujeta a las prescripciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, teniendo además presentes las disposiciones del Código Civil y de Comercio que versen sobre la materia, y en todo lo que no se hubiere estipulado. La Sociedad se regirá por lo pactado en la escritura extractada, según lo que se indica a continuación: Nombre: La razón social será “ASESORÍAS E INVERSIONES ABBBA LIMITADA”. Objeto: El objeto o fines que la sociedad se propone comprenderá: a) La importación, exportación, distribución, representación y comercialización de todo tipo de bienes y productos de cualquier tipo; b) La compra, venta, arrendamiento y enajenación de toda clase de bienes raíces o muebles, derechos y otros bienes similares; c) La realización de inversiones en acciones, bonos y toda clase de negocios industriales, inmobiliarios, agrícolas, pesqueros, mineros y comerciales en general; d) La prestación de servicios de todo tipo por cuenta propia o de terceros y asesorías en general; e) Realizar toda clase de inversiones en cualquier rubro, pudiendo ejecutar todo tipo de actos o contratos relacionado con el objeto social directamente o participando en otras empresas o sociedades y f) Otros vinculados directa o indirectamente con el giro social informado.- Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el resto del país o en el extranjero.- Duración: La Sociedad comenzará a regir desde la fecha de suscripción de la presente escritura y tendrá una duración de diez años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social y se notificará por medio de carta notarial, a la cual se adjuntará copia de la escritura con certificado de haberse anotado al margen de la inscripción social, todo con anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del período en curso.- Capital: El capital social será la cantidad de un millón de pesos, que se paga y entera de la forma que se indica: a) Doña SOFIA BELEN BARRIA VERGARA, aporta la suma de cincuenta mil pesos chilenos, que entera en este acto, al contado, y en dinero en efectivo, ingresando en caja social y b) Don HECTOR JAVIER BARRIA AMPUERO, aporta la suma de novecientos cincuenta mil pesos chilenos, que entera en este acto, al contado, y en dinero en efectivo, ingresando en caja social. Las partes declaran que los aportes en dinero efectivo ya mencionados han ingresado en la caja social a su entera conformidad.- Administración: La Sociedad será administrada por don Héctor Javier Barría Ampuero, quien actuará anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la misma y podrá representar a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 17 de julio de dos mil veinticuatro.

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