Miranda Y Compañía Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$172.000.000
Capital pagado
$172.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
MARCIAL OCTAVIO MIRANDA BRIONES Socio | - | 50% | $86.000.000 |
JAVIER OCTAVIO MIRANDA ARANCIBIA Socio | - | 37.5% | $64.500.000 |
MÓNICA MARÍA DEL PERPETUO SOCORRO ARANCIBIA TRIDAY Socio | - | 12.5% | $21.500.000 |
Administradores (3)
MARCIAL OCTAVIO MIRANDA BRIONES
JAVIER OCTAVIO MIRANDA ARANCIBIA
MÓNICA MARÍA DEL PERPETUO SOCORRO ARANCIBIA TRIDAY
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos
Octavio Miranda Urizar se retira, Marcial Octavio Miranda Briones aumenta su participación, Mónica María del Perpetuo Socorro Arancibia Triday disminuye la suya e ingresa Javier Octavio Miranda Arancibia.
OCTAVIO MIRANDA URIZAR · MARCIAL OCTAVIO MIRANDA BRIONES · MÓNICA MARÍA DEL PERPETUO SOCORRO ARANCIBIA TRIDAY · JAVIER OCTAVIO MIRANDA ARANCIBIA
- Cambio de capital
Se sustituye el artículo cuarto y el capital social pasa a $172.000.000 íntegramente enterados.
- Cambio de administrador
Se modifica la administración y representación social, quedando a cargo de Marcial Octavio Miranda Briones junto con cualquiera de Javier Octavio Miranda Arancibia o Mónica María del Perpetuo Socorro Arancibia Triday.
MARCIAL OCTAVIO MIRANDA BRIONES · JAVIER OCTAVIO MIRANDA ARANCIBIA · MÓNICA MARÍA DEL PERPETUO SOCORRO ARANCIBIA TRIDAY
Texto oficial del extracto
SERGIO ANDRES ZAMORA ALTAMIRANO, Notario Público 10º Notaría de Santiago, Notario Reemplazante de doña VALERIA RONCHERA FLORES, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 2 de junio de 2017 ante la Notario Titular doña Valeria Ronchera Flores; /i/ doña MÓNICA MARÍA DEL PERPETUO SOCORRO ARANCIBIA TRIDAY; /ii/ don JAVIER OCTAVIO MIRANDA ARANCIBIA; /iii/ don OCTAVIO MIRANDA URIZAR; y /iv/ don MARCIAL OCTAVIO MIRANDA BRIONES, todos domiciliados para estos efectos en Alonso de Córdova número tres mil setecientos ochenta y ocho, oficina trescientos uno, comuna de Vitacura, modificaron MIRANDA Y COMPAÑÍA LIMITADA, sociedad inscrita a fojas once mil doscientos treinta número ocho mil setecientos treinta y seis del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil tres, en siguientes términos: A. En virtud de cesión de derechos sociales que da cuenta escritura extractada, se retira socio don OCTAVIO MIRANDA URIZAR, aumenta participación don MARCIAL OCTAVIO MIRANDA BRIONES, disminuye participación doña MÓNICA MARÍA DEL PERPETUO SOCORRO ARANCIBIA TRIDAY e ingresa don JAVIER OCTAVIO MIRANDA ARANCIBIA; B. Se sustituye artículo Cuarto estatutos sociales, en sentido que capital social asciende a $172.000.000, íntegramente enterados en la caja social, que socios aportan de la siguiente manera: a) don MARCIAL OCTAVIO MIRANDA BRIONES aporta $86.000.000, equivalentes al 50% del capital social; b) don JAVIER OCTAVIO MIRANDA ARANCIBIA aporta $64.500.000, equivalentes al 37,5% del capital social; y c) doña MÓNICA MARÍA DEL PERPETUO SOCORRO ARANCIBIA TRIDAY, aporta $21.500.000, equivalentes al 12,5% del capital social; C. Se sustituye artículo Quinto estatutos sociales de la Sociedad referido a la administración, sustituyendo su texto actual por el siguiente: “Artículo Quinto: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a don MARCIAL OCTAVIO MIRANDA BRIONES, conjuntamente con cualquiera de don JAVIER OCTAVIO MIRANDA ARANCIBIA o doña MÓNICA MARÍA DEL PERPETUO SOCORRO ARANCIBIA TRIDAY. Los administradores actuando en la forma anteriormente indicada tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social.” D. Responsabilidad socios se limita a monto de respectivos aportes; y E. Demás estipulaciones no extractables constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 29 de Junio de 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
MIRANDA Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 1235932
