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Sociedad de Responsabilidad Limitada77.923.841-5

Sociedad Educativa Integral Limitada

Constituida el 27 de marzo de 2024CONSTITUCIÓN — 27 mar 2024

Información societaria

Sociedad de Responsabilidad Limitada
Chillán, Ñuble
Duración: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura El plazo de la duración de la sociedad será de un año, contado desde la fecha de esta escritura, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social y mediante aviso por carta certificada enviada a los otros socios, todo con una anticipación mínima de tres meses del término del período respectivo. La Ley establece que cualquier socio puede instar la disolución de la sociedad si transcurrido un año desde el otorgamiento de la escritura de disolución, no se ha solicitado la inscripción en el Registro Mercantil. También es posible la declaración judicial de nulidad de la sociedad, que produce los mismos efectos que la disolución. En caso de fallecimiento de algunos de los socios, la sociedad continuara con la respectiva sucesión. La sucesión deberá designar a un apoderado que los represente ante la sociedad. Desde el momento del fallecimiento de uno de los socios que fuere además administrador de la sociedad, la administración continuara radicada en el otro socio inicial, con todas las facultades señaladas en el presente estatuto. En caso de disolución por cualquier causa que ella produzca, sea anticipada o no, el socio inicial podrá realizar la liquidación de ella. A falta de acuerdo entre los socios, se disuelve la sociedad automáticamente, repartiendo todas las ganancias, bienes, propiedades, inmuebles, en el 50% para el socio inicial y el 50% para el o los sucesores del socio fallecido. A falta de acuerdo entre los socios, corresponderá efectuarla al árbitro. Cualquier dificultad que se produzca entre los socios, o entre estos y la sociedad, durante su vigencia o liquidación y que diga relación con la interpretación, cumplimiento, modificación, resolución, terminación o cualquier otra materia relativa o derivada del presente contrato, será resuelta por un árbitro arbitrador, quien resolverá en única instancia renunciando las partes a todo ulterior recurso. A falta de este será la Justicia Ordinaria quien lo designe.
Administración: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a DANIELA ALEJANDRA MILLAS ORTIZ, CLAUDIO HUMBERTO MAUREIRA ALIAGA, todos conjuntamente.

Objeto social

Será la prestación de servicios educacionales, realizar actividades de orientación y asesoría, artística, culturales y toda acción relacionada con el ámbito educativo, conexa o derivada de la principal para el logro del objeto social.

Capital

Capital total

$1.000.000 de pesos

Capital pagado

$1.000.000 de pesos

Capital pendiente

$0 de pesos

Socios (2)

NombreParticipación

Daniela Alejandra Millas Ortiz

Socio

13.xxx.xxx-4

50%

Claudio Humberto Maureira Aliaga

Socio

10.xxx.xxx-7

50%

Administradores (2)

Representantes ante el SII (2)

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD EDUCATIVA INTEGRAL LIMITADA

    CVE AC0r2X5srWUu

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDocumentado