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Sociedade por Ações77.919.787-5

Benjamin Arriagada SpA

CONSTITUCIÓN — 11 de jul. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-07-11Ver PDF (CVE 2517122)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administração: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don BENJAMIN ALEJANDRO ARRIAGADA LADRON DE GUEVARA, cédula de identidad número seis millones cuatrocientos ochenta y dos mil trescientos cincuenta y cuatro guion K, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el artículo cuarenta de la ley dieciocho mil cuarenta y seis otorga al Directorio de una sociedad anónima, y las ejercerá personalmente o a través de aquel o aquellos mandatarios que designe especialmente para tal efecto, quienes deberán anteponer a su firma personal el nombre de la sociedad.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto los siguientes, que desarrollará por cuenta propia o ajena: Uno) La fabricación de productos automotrices para la industria, la agricultura y la minería; reparaciones hidráulicas y mecanizadas o cualquier otra actividad relacionada al giro principal, respecto de otro giro diverso o anexo; Dos) La compra, venta, permuta, consignación, arrendamiento, importación, exportación y correduría de toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, materiales primas, maquinarias, vehículos, mercaderías y productos terminados de cualquier clase; Tres) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; Cuatro) La representación comercial de todo tipo de personas naturales o jurídicas, marcas o productos, nacionales o extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; Cinco) El corretaje y la intermediación de propiedades, de bienes muebles y de servicios en general; Seis) El arrendamiento con o sin opción de compra, de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, propios o ajenos; Siete) La importación, exportación, comercialización, compra y venta con o sin comisión, promoción, distribución, la fabricación, elaboración y transformación de todo tipo de insumos, materias primas, mercaderías, productos manufacturados, repuestos, accesorios industriales, bienes muebles, vehículos, maquinarias y equipos en general, nacionales o extranjeros; la prestación de servicios y la realización a través de sus socios o terceros contratados al efecto de asesorías relativas a las actividades antes señaladas; la realización de todo tipo de actos de comercio y de operaciones comerciales sean de carácter mayoristas o al detalle; Ocho) El Desempeño de mandatos, representaciones, agencias, comisiones, consignaciones, gestiones de negocios y administración por cuenta de terceros de cualquier actividad, productos o bienes incluidos capitales y empresas. Nueve) El transporte de todo tipo de carga y/o pasajeros por rutas y caminos comunales, regionales, nacionales o extranjeros, en vehículos propios o de terceros.- La realización toda clase de actividades y negocios relacionados con el arrendamiento de toda clase de vehículos, con o sin opción de compra, leasing financiero u operativo, actuando como arrendataria o arrendadora y como subarrendadora o subarrendataria; La Compra, venta, importación y la reparación de toda clase de vehículos motorizados, maquinarias y de repuestos automotrices.- Diez) La realización de toda clase de operaciones e inversiones inmobiliarias, como la adquisición, compraventa, enajenación, corretajes, administración, arrendamiento y explotación de toda clase de bienes raíces, y establecimientos de comercio, industrias, fabricas, etcétera; la subdivisión y urbanización de predios y la obtención de rentas en las inversiones que la sociedad efectué en bienes raíces, acciones, derechos y cualesquiera otra clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles; Once) La realización de toda clase de inversiones mobiliarias, tangibles e intangibles, pudiendo formar, contribuir, participar en cualquier forma e intervenir en toda clase de negocios, empresas, sociedades de cualquier naturaleza o giro, entidades y comunidades; La adquisición de activos, pasivos, patrimonios o parte de éstos, acciones, valores, bonos y toda clase de bienes y especies valoradas o valorables; La administración de inversiones y la percepción de sus frutos o rentas por cuenta propia o de terceros.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Ações

1.000

Sócios (1)

NomeParticipação

BENJAMIN ALEJANDRO ARRIAGADA LADRON DE GUEVARA

Accionista

6.xxx.xxx-k

100%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

CONSTANZA IVETTE GONZALEZ BRAVO, abogado, Notario Reemplazante del Titular de la Primera Notaría de Providencia don LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, con oficio en Avenida Providencia N° 1777, de la Comuna de Providencia, Ciudad de Santiago. Certifica: Por escritura pública de fecha 08/07/2024, repertorio N° 4644-2024, ante mí, don BENJAMIN ALEJANDRO ARRIAGADA LADRON DE GUEVARA, constituyó una sociedad por acciones denominada “BENJAMIN ARRIAGADA SpA” pudiendo usar para fines bancarios e instituciones financieras, comerciales, de promoción publicitaria, incluso ante el Servicio de Impuestos Internos el nombre de "DON BENJAMIN SpA”.- Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir o establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto los siguientes, que desarrollará por cuenta propia o ajena: Uno) La fabricación de productos automotrices para la industria, la agricultura y la minería; reparaciones hidráulicas y mecanizadas o cualquier otra actividad relacionada al giro principal, respecto de otro giro diverso o anexo; Dos) La compra, venta, permuta, consignación, arrendamiento, importación, exportación y correduría de toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, materiales primas, maquinarias, vehículos, mercaderías y productos terminados de cualquier clase; Tres) La formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; Cuatro) La representación comercial de todo tipo de personas naturales o jurídicas, marcas o productos, nacionales o extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; Cinco) El corretaje y la intermediación de propiedades, de bienes muebles y de servicios en general; Seis) El arrendamiento con o sin opción de compra, de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, propios o ajenos; Siete) La importación, exportación, comercialización, compra y venta con o sin comisión, promoción, distribución, la fabricación, elaboración y transformación de todo tipo de insumos, materias primas, mercaderías, productos manufacturados, repuestos, accesorios industriales, bienes muebles, vehículos, maquinarias y equipos en general, nacionales o extranjeros; la prestación de servicios y la realización a través de sus socios o terceros contratados al efecto de asesorías relativas a las actividades antes señaladas; la realización de todo tipo de actos de comercio y de operaciones comerciales sean de carácter mayoristas o al detalle; Ocho) El Desempeño de mandatos, representaciones, agencias, comisiones, consignaciones, gestiones de negocios y administración por cuenta de terceros de cualquier actividad, productos o bienes incluidos capitales y empresas. Nueve) El transporte de todo tipo de carga y/o pasajeros por rutas y caminos comunales, regionales, nacionales o extranjeros, en vehículos propios o de terceros.- La realización toda clase de actividades y negocios relacionados con el arrendamiento de toda clase de vehículos, con o sin opción de compra, leasing financiero u operativo, actuando como arrendataria o arrendadora y como subarrendadora o subarrendataria; La Compra, venta, importación y la reparación de toda clase de vehículos motorizados, maquinarias y de repuestos automotrices.- Diez) La realización de toda clase de operaciones e inversiones inmobiliarias, como la adquisición, compraventa, enajenación, corretajes, administración, arrendamiento y explotación de toda clase de bienes raíces, y establecimientos de comercio, industrias, fabricas, etcétera; la subdivisión y urbanización de predios y la obtención de rentas en las inversiones que la sociedad efectué en bienes raíces, acciones, derechos y cualesquiera otra clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles; Once) La realización de toda clase de inversiones mobiliarias, tangibles e intangibles, pudiendo formar, contribuir, participar en cualquier forma e intervenir en toda clase de negocios, empresas, sociedades de cualquier naturaleza o giro, entidades y comunidades; La adquisición de activos, pasivos, patrimonios o parte de éstos, acciones, valores, bonos y toda clase de bienes y especies valoradas o valorables; La administración de inversiones y la percepción de sus frutos o rentas por cuenta propia o de terceros.- Capital: El capital total de la sociedad es de $1.000.000.-, dividido en 1000 acciones nominativas ordinarias de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado por el Accionista Constituyente, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social.- Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don BENJAMIN ALEJANDRO ARRIAGADA LADRON DE GUEVARA, cédula de identidad número seis millones cuatrocientos ochenta y dos mil trescientos cincuenta y cuatro guion K, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que el artículo cuarenta de la ley dieciocho mil cuarenta y seis otorga al Directorio de una sociedad anónima, y las ejercerá personalmente o a través de aquel o aquellos mandatarios que designe especialmente para tal efecto, quienes deberán anteponer a su firma personal el nombre de la sociedad. El administrador actuando de la forma antes indicada, obligaran válidamente a la sociedad con plenas facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualesquiera naturaleza que se indica en el artículo duodécimo de la escritura extractada.- Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 08/07/2024. Constanza Ivette Gonzalez Bravo, Notario Público.

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