Inversiones Lekkah SpA
Diario Oficial
Información societaria
Historia societaria relatada
- Transformación· 1 de octubre de 2024
Se otorgó escritura de fusión de LARVA SpA en Inversiones Lekkah SpA.
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de febrero de 2025, ante mí, comparece: doña SOFÍA ANTONELLA SOLARI FORTE, domiciliada para estos efectos en Cerro El Plomo 5420, oficina 1903, Las Condes, Región Metropolitana, quien debidamente facultada viene a sanear escritura de fusión de “LARVA SpA”, sociedad inscrita a fojas 14.222 número 6.236 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2024, en “INVERSIONES LEKKAH SpA”, inscrita a fojas 49.453 Número 20.164 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2024, otorgada con fecha 01 de octubre de 2024 en la Notaria Pública de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Repertorio N° 12.265/2024, cuyo extracto de fusión rola inscrito de la siguiente manera: “Extracto de fusión Inversiones Lekkah SpA”: a fojas 101.817 número 40.870 del Registro de Comercio del Conservador de Santiago del año 2024, en el sentido de la falta de publicación oportuna, dentro de plazo legal, del extracto de dicha escritura en el Diario Oficial, y de tal modo subsanar cualquier vicio de que este pueda adolecer y permitir que genere todos sus efectos. En Santiago de Chile, 02 de abril de 2025.-
Información societaria
Capital
Capital total
$100.094.050
Capital pagado
$100.094.050
Capital pendiente
$0
Acciones
100.000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
DIEGO JOSÉ SANTANDER RIVERO Accionista | - | 100% | $100.094.050 |
Texto oficial del extracto
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 1 de Octubre del año 2024, ante el notario titular Andrés Felipe Rieutord Alvarado, compareció: don DIEGO JOSÉ SANTANDER RIVERO, quien acordó la modificación y fusión de las sociedades LARVA SpA, sociedad inscrita a fojas 14.222 número 6.236 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2024, en adelante la “absorbida”, en la sociedad INVERSIONES LEKKAH SpA, inscrita en fojas 49.453 número 20.164 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024, en adelante la “absorbente”, en el siguiente sentido: I Fusión Sociedades: El compareciente, esto es, don DIEGO JOSÉ SANTANDER RIVERO en su calidad de actual y único accionista de la sociedad LARVA SpA y de la sociedad INVERSIONES LEKKAH SpA, acordó fusionar las compañías, en una sola sociedad, fusión que se efectúa absorbiendo INVERSIONES LEKKAH SpA a la sociedad LARVA SpA. II. Aumento de Capital: Como consecuencia de la fusión acordada mediante el presente instrumento, se aumenta el capital social de la sociedad INVERSIONES LEKKAH SpA, desde la suma actual de $100.000 a la suma de $100.094.050, esto es, en la cantidad de $99.994.050. III. Modificación Estatutos Sociales: El actual y único accionista de la sociedad INVERSIONES LEKKAH SpA, acordó modificar los siguientes artículos del pacto social: /i/ Se reemplaza el Artículo Quinto de los Estatutos Sociales por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital social es la suma única y total de $100.094.050, dividido en 100.000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie, las cuales serán suscritas y pagadas en la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales.”. y /ii/ Se reemplaza el Articulo Segundo Transitorio por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital social establecido en el Artículo Quinto que asciende a la suma única y total de $100.094.050, dividido en 100.000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie, es suscrito y pagado íntegramente por don Diego José Santander Rivero con anterioridad a esta fecha, equivalente a el cien por ciento de la participación accionaria. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 28 de noviembre de 2024.
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen.
Capital
Capital total
$100.000
Capital pagado
$100.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Diego José Santander Rivero Accionista | - | 100% | $100.000 |
Administradores (1)
Diego José Santander Rivero
Texto oficial del extracto
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65º, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de mayo del año 2024, ante mi notario reemplazante doña Karina Alejandra Flores Muñoz, comparece: don DIEGO JOSÉ SANTANDER RIVERO quien viene en constituir una Sociedad por Acciones en los siguientes términos: I. Razón Social. La razón social será INVERSIONES LEKKAH SpA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “LEKKAH SpA”.- II. Objeto. La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen. - III. Domicilio. El domicilio social será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero.- IV. Duración. Indefinida.- V. Capital. El capital social es la suma única y total de $100.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente pagadas por el constituyente en este acto, de la forma expresada en el artículo segundo transitorio de los estatutos sociales. VI. Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá única y exclusivamente a don Diego José Santander Rivero, quién anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 07 de junio de 2024.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Inversiones Lekkah SpA
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- MODIFICACIÓN
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- CONSTITUCIÓN
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