Sociedad Fernández Y Gómez Limitada
Diario Oficial
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ELIANA ANDREA MARTINEZ CARDENAS, Abogado, Notario Público de la agrupación de Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, Suplente de la Titular doña Esmirna Vidal Moraga, con domicilio en Antonio Varas N°979 Temuco, Certifico: que se Complementa extracto de Escritura Pública de Constitución De “SOCIEDAD FERNÁNDEZ Y GÓMEZ LIMITADA” otorgada con fecha 21 de Febrero de 2024, Repertorio N°1.879-24, publicado Diario Oficial N° 43.784 de 23/02/2024, inscrito en el Registro de Comercio del 1° CBR Temuco a fs. 375 N°193 año 2024; en el sentido de complementar, en la parte, respectiva a la Administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, Donde dice: “corresponderá ambos socios (…)”.-; Debe decir: “corresponderá ambos socios en forma INDIVIDUAL y/o SEPARADAMENTE (…)”. Lo anterior, conforme se indica correctamente en la escritura señalada. En lo no complementado, rige plenamente el extracto individualizado precedentemente. - DOY FE.- Temuco, 06 de Mayo de 2024.
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公司目的
La realización de todo tipo de actividad comercial en el rubro de cafetería, casino de alimentos, restaurant, fuente de soda, expendio de alimentos; la comercialización de toda clase de alimentos, importación, exportación, distribución y comercialización de productos alimenticios y bebidas; la inversión, adquisición, arrendamiento y cualquier otro acto jurídico sobre toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles; la administración de locales comerciales; y en general, cualquier otro negocio que los socios acordaren, pudiendo celebrar los actos o contratos y solicitudes administrativas que se requiera para lograr los fines del objeto social.
資本
總資本
$2.000.000
實繳資本
$2.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
JULIETTE ALEJANDRA FERNÁNDEZ VÁSQUEZ Socio | - | 80% | $1.600.000 |
MARTÍN SANTIAGO GÓMEZ FERNÁNDEZ Socio | - | 20% | $400.000 |
管理人(2)
JULIETTE ALEJANDRA FERNÁNDEZ VÁSQUEZ
MARTÍN SANTIAGO GÓMEZ FERNÁNDEZ
摘要官方正文
ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de la agrupación de Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcun y Freire, con domicilio en Antonio Varas N° 979 Temuco, Certifico: que por escritura de fecha 21 de Febrero de dos mil veinticuatro, Repertorio N° 1879-24, otorgada ante mí, compareció doña JULIETTE ALEJANDRA FERNÁNDEZ VÁSQUEZ y don MARTÍN SANTIAGO GÓMEZ FERNÁNDEZ, ambos domiciliados en la ciudad de Temuco, en Pasaje Valle Del Melado 02962, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada bajo la razón social de: "SOCIEDAD FERNÁNDEZ Y GÓMEZ LIMITADA", nombre de fantasía: “CAFETERÍA EL ESTERO LIMITADA" - Domicilio: ciudad de Temuco, sin perjuicio de las agencias y corresponsalías que constituya en otras ciudades del país o en el extranjero.- Objeto: a) La realización de todo tipo de actividad comercial en el rubro de cafetería, casino de alimentos, restaurant, fuente de soda, expendio de alimentos; b) la comercialización de toda clase de alimentos, tales como, comidas, pasteles, postres, dulces, sándwich, completos, pizzas, empanadas, bebidas, jugos, licores con o sin alcohol, para llevar o servir, directamente en un Local de paso, cafetería, casino o Restaurant, así como también la importación, exportación, distribución, y comercialización, por cuenta propia o ajena de toda clase de productos alimenticios, y bebidas bebestibles; envasados, a granel, preparados o para preparar; c) La inversión, adquisición, arrendamiento y cualquier otro acto jurídico sobre toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles; d) La administración de locales comerciales a cualquier título, sea de origen contractual o acto de autoridad, sean estos concesiones de privados o el Fisco o sus empresas, arrendamiento, subarrendamiento, cesión, adquisición del derecho de llaves, franquicia, entre otros. Todo lo anterior, ya sea directamente o a través de terceros, y todo otro servicio que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estas actividades; e) y en general, cualquier otro negocio que los socios acordaren, pudiendo celebrar los actos o contratos y solicitudes administrativas que se requiera para lograr los fines del objeto social.- Administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá ambos socios. Facultades en escritura.- Capital: dos millones de pesos, que se aporta en la siguiente forma: a) La socia doña JULIETTE ALEJANDRA FERNÁNDEZ VÁSQUEZ, con la suma de un millón seiscientos mil pesos, que entera y paga al contado, en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social; b) el socio don MARTÍN SANTIAGO GÓMEZ FERNÁNDEZ, con la suma de cuatrocientos mil pesos, que entera y paga al contado, en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social.- Socios limitan responsabilidad al monto de aportes.- Duración: duración de la sociedad será de quince años a contar desde la fecha de instrumento que extracto, plazo que se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, en forma que señala pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- DOY FE.- Temuco, 21 de febrero de 2024.
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- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD FERNÁNDEZ Y GÓMEZ LIMITADA
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