Comercial Barbara Limitada
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
La comercialización, importación, exportación y distribución de prendas de vestir por cuenta propia o ajena y toda clase de actividades complementarias o relacionadas con el giro social y todo otro tipo de negocios que los socios acuerden.
Capital
Total capital
$4.000.000
Paid-in capital
$4.000.000
Pending capital
$0
Shares
40
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Accionista 7.xxx.xxx-3 | 7.xxx.xxx-3 | 100% | $4.000.000 |
Administrators (1)
Legal representation (2)
Corporate history on record
- Incorporation· March 6, 2003
Se constituye COMERCIAL BARBARA LIMITADA con Daniela Andrea Reydet Parra y Marcelo Ignacio Reydet Parra.
- Transfer of rights· December 9, 2008
Daniela Andrea Reydet Parra cede la totalidad de sus derechos sociales a María José Reydet Parra.
- Transfer of rights· July 12, 2016
Marcelo Ignacio Reydet Parra y María José Reydet Parra ceden el 60% de sus derechos sociales a Sonia Marcela Parra Acuña.
MARCELO IGNACIO REYDET PARRA · MARÍA JOSÉ REYDET PARRA · SONIA MARCELA PARRA ACUÑA
- Transformation· May 6, 2021
COMERCIAL BARBARA LIMITADA se transforma en COMERCIAL BARBARA SpA., quedando Sonia Marcela Parra Acuña como única accionista.
Official extract text
RODRIGO SANHUEZA RIOS, Notario Público de Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con oficio en Arturo Prat 770, certifica: Por escritura pública de fecha 06 de Mayo de 2021, otorgada ante mí, Rep. Nº 1636-2021, doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA, quien declara ser chilena, empresaria, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número siete millones sesenta y ocho mil setenta y nueve guión tres, domiciliada en Avenida Las Mariposas número cero tres mil ciento veintiséis, salida norte, Temuco, quien actúa en este acto por sí y en representación, con facultad expresa de autocontratar, según se acreditará, de los vendedores y cedentes don MARCELO IGNACIO REYDET PARRA, chileno, empresario, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número quince millones doscientos cuarenta y tres mil setecientos cuarenta y cinco guión cinco; y doña MARÍA JOSÉ REYDET PARRA, chilena, empresaria, casada y separada totalmente de bienes, cédula de identidad número quince millones quinientos cuarenta y nueve mil setecientos noventa y nueve guión ocho; ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Alemania número cero seiscientos cincuenta, departamento número mil ciento tres de la ciudad de Temuco; y por otra parte como compradora doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA, ya individualizada. PRIMERO: Antecedentes. A) Constitución: mediante escritura pública de fecha seis de marzo del año dos mil tres, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Claudio González Rosas, doña Daniela Andrea Reydet Parra y don Marcelo Ignacio Reydet Parra, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada “COMERCIAL BARBARA LIMITADA”, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y siete millones novecientos cuatro mil treinta guión cinco, publicada en extracto en el Diario Oficial con fecha veintiuno de marzo del año dos mil tres, en su edición número treinta y siete mil quinientos quince, y que rola inscrita a fojas ciento ochenta, número ciento setenta y seis en el Registro de Comercio de Temuco a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Temuco; B) Modificaciones: b.uno) Por escritura pública de cesión de derechos sociales y modificación de sociedad, otorgada con fecha nueve de diciembre del año dos mil ocho ante el Notario Público Titular de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, publicada en extracto en el Diario Oficial de fecha quince de diciembre de dos mil ocho, en su edición número treinta y nueve mil doscientos treinta y siete, inscrita en el Registro de Comercio de Temuco a fojas mil trescientos sesenta y tres bajo el número mil trescientos noventa y nueve del año dos mil ocho, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, por la cual, entre otras modificaciones, doña Daniela Andrea Reydet Parra, vendió, cedió y transfirió a doña María José Reydet Parra la totalidad de sus derechos sociales que le correspondían en la sociedad “COMERCIAL BARBARA LIMITADA”, quedando como únicos socios de la señalada sociedad don Marcelo Ignacio Reydet Parra y doña María José Reydet Parra; b.dos) Por escritura pública de cesión y modificación de sociedad, otorgada con fecha doce de julio de dos mil dieciséis ante el Notario Público Titular de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, publicada en extracto con fecha dieciséis de agosto de dos mil dieciséis, en su edición número cuarenta y un mil quinientos treinta y cuatro, inscrita en el Registro de Comercio de Temuco a fojas mil doscientos setenta y seis vuelta, número ochocientos veinticinco, año dos mil dieciséis, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, mediante la cual los socios don Marcelo Ignacio Reydet Parra y doña María José Reydet Parra, vendieron, cedieron y transfirieron, cada uno de ellos, a doña Sonia Marcela Parra Acuña, el sesenta por ciento de sus derechos sociales, quedando como únicos socios de la sociedad “COMERCIAL BARBARA LIMITADA” don Marcelo Ignacio Reydet Parra con un veinte por ciento de los derechos sociales y en el capital social; doña María José Reydet Parra con un veinte por ciento de los derechos sociales y en el capital social; y, doña Sonia Marcela Parra Acuña, con el sesenta por ciento de los derechos sociales y del capital social. Se hace presente que la administración, representación y uso de la razón social quedo a cargo de doña Sonia Marcela Parra Acuña.- SEGUNDO: Venta y cesión: a) Por el presente acto e instrumento don MARCELO IGNACIO REYDET PARRA, por medio de su mandataria, ya individualizado, con la aprobación de los demás socios, vende, cede y transfiere a doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA, también ya individualizada, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de los derechos sociales que le corresponden o puedan corresponderle en la sociedad “COMERCIAL BARBARA LIMITADA”, que representan el veinte por ciento del capital social, siendo el precio de la presente compraventa la suma de UN MILLON DE PESOS, que la compradora paga de contado en dinero efectivo, declarando el vendedor haberlos recibido a conformidad, derechos sociales que se entregan en este acto simbólicamente conforme a derecho; b) Por el presente acto e instrumento doña MARÍA JOSÉ REYDET PARRA, ya individualizada, con la aprobación de los demás socios, vende, cede y transfiere a doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA, también ya individualizada, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de los derechos sociales que le corresponden o puedan corresponderle en la sociedad “COMERCIAL BARBARA LIMITADA”, que representan el veinte por ciento del capital social, siendo el precio de la presente compraventa la suma de UN MILLON DE PESOS, que la compradora paga de contado en dinero efectivo, declarando la vendedora haberlos recibido a conformidad, derechos sociales que se entregan en este acto simbólicamente conforme a derecho.- TERCERO: Transformación: En consecuencia a las ventas y cesiones realizadas en la cláusula anterior de este instrumento queda como dueña el cien por ciento de los derechos sociales y del capital social sociedad de la sociedad “COMERCIAL BARBARA LIMITADA” doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA, ya individualizada, quien por este acto e instrumento vienen transformar la sociedad de Responsabilidad Limitada “COMERCIAL BARBARA LIMITADA”, ya individualizada, en una sociedad por acciones que se regirá por el presente estatuto social y por el Articulo cuatrocientos veinticuatro y siguientes, párrafo Octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio; y, supletoriamente, en silencio de este estatuto y ese párrafo del Código de Comercio, y solo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas.- CUARTO: Fijación de nuevos estatutos de “COMERCIAL BARBARA SpA.”. De acuerdo a la transformación realizada, la compareciente doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA viene en fijar en las cláusulas siguientes los nuevos estatutos de sociedad por acciones “COMERCIAL BARBARA SpA.”.- QUINTO: por el presente instrumento la compareciente doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA, ya individualizada, vienen en constituir una sociedad por acciones denominada “COMERCIAL BARBARA SpA.”.- De acuerdo a lo dispuesto en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, cuyos estatutos son los siguientes: TITULO PRIMERO. DEL NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN: Artículo Primero: El nombre de la sociedad es “COMERCIAL BARBARA SpA.”.- Artículo Segundo: El objeto de la sociedad es la comercialización, importación, exportación y distribución de prendas de vestir por cuenta propia o ajena y toda clase de actividades complementarias o relacionadas con el giro social y todo otro tipo de negocios que los socios acuerden.- Artículo Tercero: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Temuco, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Artículo Cuarto: La duración de la sociedad será indefinida. - TITULO SEGUNDO. DEL CAPITAL: Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de CUATRO MILLONES DE PESOS, dividido en CUARENTA acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, capital que se encuentra íntegramente suscrito y pagado, por doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA, ya individualizada, en dinero efectivo. - TITULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN: Artículo Décimo: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA, ya individualizada, quien anteponiendo su firma a la razón social obligará a la sociedad, pudiendo ejercer la administración por sí o bien a través de personas especialmente por ella designada, para ello a través de escritura pública, con las facultades que expresamente le otorguen. La o él administrador tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna inclusive con facultad de autocontratar con la sociedad.- SEXTO: Para todos los efectos derivados del presente instrumento los comparecientes fijan domicilio en la ciudad y comuna de Temuco.- SEPTIMO: Los compareciente expresa haber tomado conocimiento de los términos de la “Declaración de Vínculo con Personas Expuestas Políticamente” que contempla la ley diecinueve mil novecientos trece y declaran, bajo fe de juramento, que no tienen el grado de parentesco que indica la declaración citada, ni han celebrado las actuaciones que en ella se indican.- OCTAVO: En virtud de la presente transformación y por ende modificación de los estatutos de la sociedad “COMERCIAL BARBARA LIMITADA .” a sociedad “COMERCIAL BARBARA SpA.”, y atendido el hecho que conforme al artículo noventa y seis y noventa y siete de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis la empresa mantiene su personalidad jurídica y teniendo presente que la sociedad por acciones continuará los negocios y operaciones de la empresa individual de responsabilidad limitada, la compareciente doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA, ya individualizada, en su calidad de única accionista, con el cien por ciento de las acciones, y además en su calidad de administradora y representante legal de la sociedad, efectúan la siguiente declaración: a) La totalidad del activo y pasivo de “COMERCIAL BARBARA LIMITADA.”, pertenece y será cargo de la sociedad por acciones “COMERCIAL BARBARA SpA.”, y por consiguiente, a esta pertenecen y pertenecerán todos los bienes y deudas presentes y futuras, figuren o no en los inventarios y libros de la sociedad “COMERCIAL BARBARA LIMITADA.”, que por cualquier razón, causa, motivo o título pertenezcan a la última de las nombradas o sobre los cuales ella tenga derechos o créditos; b) Que se entenderán incorporados al patrimonio de la sociedad por acciones “COMERCIAL BARBARA SpA.” y de cargo y cuenta de ella las operaciones, bienes, actuaciones, negocios y gestiones realizadas por “COMERCIAL BARBARA LIMITADA.” a contar de su iniciación de actividades.- NOVENO: se deja expresa constancia que la sociedad por acciones que se transforma en este acto acciones “COMERCIAL BARBARA SpA.”, se hace cargo y será responsable de todas las obligaciones de carácter tributario, cualquiera fuera su concepto u origen, que actualmente o en el futuro pudiere adeudar la sociedad de Responsabilidad Limitada que aquí se transforma, de conformidad a lo dispuesto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario. Asimismo, la sociedad por acciones “COMERCIAL BARBARA SpA.”, declara haber recibido a su entera satisfacción todos los bienes que comprenden el activo y pasivo de “COMERCIAL BARBARA LIMITADA.” y se hace cargo de pagar cualesquiera otras deudas u obligaciones.- Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 07 de mayo de 2021.-
Corporate information
Capital
Total capital
$3.000.000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Socio 15.xxx.xxx-8 | 15.xxx.xxx-8 | 20% | - |
Socio 7.xxx.xxx-3 | 7.xxx.xxx-3 | 80% | $4.000.000 |
Administrators (1)
Legal representation (2)
Corporate history on record
- Incorporation· March 21, 2003
Constitución original de COMERCIAL BARBARA LIMITADA
- Transfer of rights· December 9, 2008
Daniela Andrea Reydet Parra cede sus derechos sociales a María José Reydet Parra
- Other act· March 13, 2009
Daniela Andrea Reydet Parra renuncia a la acción resolutoria derivada de la cesión de derechos
- Transfer of rights· July 12, 2016
Marcelo Ignacio Reydet Parra y María José Reydet Parra ceden cada uno el 60% de sus derechos a Sonia Marcela Parra Acuña
MARCELO IGNACIO REYDET PARRA · MARÍA JOSÉ REYDET PARRA · SONIA MARCELA PARRA ACUÑA
Official extract text
RODRIGO SANHUEZA RÍOS, Notario Público de Temuco, Suplente del titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos domiciliados en calle Arturo Prat 770, Certifica: Que por escritura pública de fecha 09 de Diciembre de 2020, Repertorio Nº 3763, otorgada ante mí, Doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA, chilena, empresaria, casada y separada totalmente de bienes, Cédula de identidad número siete millones sesenta y ocho mil setenta y nueve guión tres, domiciliada en Avenida Las Mariposas número cero tres mil ciento veinte de la ciudad de Temuco, por sí y en representación de don MARCELO IGNACIO REYDET PARRA, Chileno, empresario, casado y separado totalmente de bienes, Cédula de identidad número quince millones doscientos cuarenta y tres mil setecientos cuarenta y cinco guión cinco, domiciliado en Avenida Alemania número cero seiscientos cincuenta departamento número mil ciento tres de la ciudad de Temuco, y de doña MARÍA JOSÉ REYDET PARRA, chilena, empresaria, casada y separada totalmente de bienes, Cédula de identidad número quince millones quinientos cuarenta nueve mil setecientos noventa y nueve guión ocho, domiciliada en Avenida Alemania número cero seiscientos cincuenta departamento número mil ciento tres de la ciudad de Temuco, la compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con su respectiva cédula y expuso: Que modifica la sociedad responsabilidad limitada “COMERCIAL BARBARA LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y siete millones novecientos cuatro mil treinta guión cinco, la que se encuentra inscrita en el Registro de Comercio a fojas ciento ochenta bajo el número ciento setenta y seis del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil tres y extracto publicado en el Diario Oficial el veintiuno de marzo del año dos mil tres, en su edición número treinta y siete mil quinientos quince.- Posteriormente por escritura pública de modificación de sociedad de fecha nueve de diciembre del año dos mil ocho, ante el Notario Público de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, la cual se inscribió en el Registro de Comercio a fojas mil trescientos sesenta y tres bajo el número mil trescientos noventa y nueve del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil ocho y extracto publicado en el Diario Oficial el quince de diciembre del año dos mil ocho, en su edición número treinta y nueve mil doscientos treinta y siete, doña DANIELA ANDREA REYDET PARRA, procedió a vender, ceder y transferir sus derechos sociales que le correspondían en la sociedad denominada “COMERCIAL BARBARA LIMITADA”, a doña MARÍA JOSÉ REYDET PARRA, quedando en consecuencia como únicos socios don MARCELO IGNACIO REYDET PARRA y doña MARÍA JOSÉ REYDET PARRA. Luego por escritura pública de fecha trece de marzo del año dos mil nueve ante el Notario Público de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, la cual se anotó al margen de la inscripción señalada precedentemente, doña DANIELA ANDREA REYDET PARRA renuncia a toda acción resolutoria emanada de la referida venta y cesión de derechos que realizó en la sociedad “COMERCIAL BARBARA LIMITADA”, ya individualizada.- Posteriormente por escritura pública de modificación de sociedad de fecha doce de julio del año dos mil dieciséis, ante el Notario Público de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, la cual se inscribió en el Registro de Comercio a fojas mil doscientos setenta y seis vuelta número ochocientos veinticinco del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil dieciséis y el extracto publicado en el Diario Oficial el día dieciséis de agosto del año dos mil dieciséis, en su edición número cuarenta y un mil quinientos treinta y cuatro, don MARCELO IGNACIO REYDET PARRA y doña MARIA JOSE REYDET PARRA, procedieron a vender, ceder y transferir cada uno el sesenta por ciento de sus derechos sociales que le corresponden en la sociedad denominada “COMERCIAL BARBARA LIMITADA”, a doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA, quedando en consecuencia como únicos socios don MARCELO IGNACIO REYDET PARRA, con un veinte por ciento, doña MARÍA JOSÉ REYDET PARRA, con un veinte por ciento y doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA, con sesenta por ciento, en el haber social.- Por la escritura que en este acto se extracta y debidamente representado don MARCELO IGNACIO REYDET PARRA vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales que le corresponden o puedan corresponderle en la sociedad “COMERCIAL BARBARA LIMITADA” que equivalen al veinte por ciento del capital social, a doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA, quien compra y acepta para si los referidos derechos en la suma de cuatro millones de pesos, suma que se pagará en dieciséis cuotas iguales y sucesivas de doscientos cincuenta mil pesos mensuales cada una, a contar del día treinta y uno de marzo del año dos mil veintiuno. Las partes renuncian expresamente a las acciones resolutorias que pudieran emanar de la presente cesión. Como consecuencia de la cesión de acciones y derechos sociales a que se refiere esta escritura, la sociedad “COMERCIAL BARBARA LIMITADA”, queda integrada por doña MARÍA JOSÉ REYDET PARRA, con un veinte por ciento y doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA, con un ochenta por ciento, como únicos socios, en el capital, derechos y acciones sociales. La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a la socia doña SONIA MARCELA PARRA ACUÑA, quien obligará a la sociedad de acuerdo con las facultades a que se refiere la cláusula CUARTA de la escritura original, las que se dan por reproducidas en este acto. En lo no modificado por este instrumento y en cuanto fueren pertinentes permanecerán vigentes normas pacto social. CAPITAL: $3.000.000.- Demás estipulaciones, escritura extractada. Temuco, 11 de diciembre de 2020.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
COMERCIAL BARBARA LIMITADA
CVE 1941039
- MODIFICACIÓN
COMERCIAL BARBARA LIMITADA
CVE 1864634
