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Sociedade de Responsabilidade Limitada77.902.121-1

Uv Residuos Limitada

MODIFICACIÓN — 29 de mai. de 2026

Informações tributárias (SII)

Tipo de entidade

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedade

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Início de atividades

Sem início de atividades informado pelo SII

Atividades econômicas

Sem atividades econômicas registradas no SII

Documentos timbrados

Sem documentos timbrados registrados no SII

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2026-05-29Ver PDF (CVE 2816899)

Informações societárias

Ltda
calle Vargas 265
Administração: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio Alfredo Esteban Veloso Zúñiga, con facultades amplias; en caso de ausencia permanente o fallecimiento del socio administrador, la sociedad será representada y administrada por el otro socio.

Capital

Capital total

$10.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

ALFREDO ESTEBAN VELOSO ZUÑIGA

Socio

70%

HECTOR LEONEL ACEITUNO QUIÑONES

Socio

30%

Administradores (1)

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 12 de maio de 2024

    Constitución de UV RESIDUOS LIMITADA.

    ALFREDO ESTEBAN VELOSO ZUÑIGA · ISABEL SABINA VELOSO ZUÑIGA · HECTOR LEONEL ACEITUNO QUIÑONES

  2. Cessão de direitos· 22 de abril de 2026

    Isabel Sabina Veloso Zúñiga cede su 20% de derechos a Alfredo Esteban Veloso Zúñiga y Hector Leonel Aceituno Quiñones en partes iguales.

    ISABEL SABINA VELOSO ZUÑIGA · ALFREDO ESTEBAN VELOSO ZUÑIGA · HECTOR LEONEL ACEITUNO QUIÑONES

  3. Mudança de capital· 22 de abril de 2026

    La sociedad aumenta su capital a $10.000.000.

    ALFREDO ESTEBAN VELOSO ZUÑIGA · HECTOR LEONEL ACEITUNO QUIÑONES

  4. Mudança de administrador· 22 de abril de 2026

    Se modifica la administración, quedando Alfredo Esteban Veloso Zúñiga como administrador exclusivo.

    ALFREDO ESTEBAN VELOSO ZUÑIGA

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior RENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 369. Oficina 11, certifica: por escritura pública fecha hoy ante mí, ALFREDO ESTEBAN VELOSO ZUÑIGA, domiciliado en calle Vargas 265, comuna y provincia de Melipilla; doña ISABEL SABINA VELOSO ZUÑIGA, domiciliada en calle Vargas 265, comuna y provincia de Melipilla, y don HECTOR LEONEL ACEITUNO QUIÑONES, domiciliado en calle Catedral 3.151, depto 505, comuna de Santiago, de paso en ésta, modifican sociedad de responsabilidad limitada “UV RESIDUOS LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 12/05/2024, Repertorio N° 53-2024, ante el Notario Público de Melipilla, don René Alejandro Martínez Loaiza, e inscrita en extracto a fojas 215 N° 63 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Melipilla año 2024, publicada en el Diario Oficial N° 43.864 de fecha 31/05/2024.- La sociedad no ha experimentado modificaciones.- Socia ISABEL SABINA VELOSO ZUÑIGA vende, cede y transfiere a don ALFREDO ESTEBAN VELOSO ZUÑIGA y a don HECTOR LEONEL ACEITUNO QUIÑONES, quienes compran, aceptan y adquieren para sí, en partes iguales, todas las acciones y derechos que la cedente tiene en la sociedad, equivalentes al 20% del haber social, en la suma de $1.000.000, pagados en el acto.- Como consecuencia quedan como únicos sociedad “UV RESIDUOS LIMITADA”, don ALFREDO ESTEBAN VELOSO ZUÑIGA, titular en dominio de 70% de derechos en el haber social; y, don HECTOR LEONEL ACEITUNO QUIÑONES, titular en dominio de 30% de derechos en el haber social, quienes acuerdan aumentar el capital social a la suma de $10.000.000, mediante los siguientes aportes: El socio don ALFREDO ESTEBAN VELOSO ZUÑIGA aporta en este acto la suma de $3.500.000, el que equivale al 70% del aumento del capital social, que se entera paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, los que se ingresan a la caja social. Queda por tanto pagado y enterado este aporte. El socio don HECTOR LEONEL ACEITUNO QUIÑONES, aporta la suma de $1.500.000, que corresponde al 30% del aumento del capital social, que entera y paga en este acto y en dinero efectivo, que se ingresa a la caja social. Queda por tanto pagado y enterado este aporte.- Modifican la cláusula séptima del pacto social, sobre la administración y uso de la razón social, de la manera siguiente: “la administración de la sociedad, representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don ALFREDO ESTEBAN VELOSO ZUÑIGA quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicio actos y contratos, etcétera, que digan relación con el objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. El socio administrador deberá anteponer la razón social a su firma y representará a la sociedad con las más amplias facultades, especialmente aquellas que por vía meramente ejemplar, se indican en la enumeración no taxativa contenida en la referida clausula séptima del pacto social, las que se dan por reproducidas en este acto. El socio podrá delegar en uno o más terceros sus facultades de representación y administración. En caso de ausencia permanente o fallecimiento del socio administrador, la sociedad será representada y administrada por el otro socio.- Modifican la cláusula décima cuarta del pacto social de la manera siguiente: “La Sociedad no se disolverá como consecuencia del fallecimiento de alguno de los socios, continuando con el socio sobreviviente y los sucesores del socio fallecido. La Sociedad tampoco se disolverá como consecuencia de la liquidación concursal, insolvencia, incapacidad, convenio judicial o prejudicial de alguno de los socios, continuando con el socio no sujeto a estas limitaciones y con los acreedores del socio fallido, insolvente, incapaz o respecto del cual se ha aprobado un convenio judicial o prejudicial. Dentro de los noventa días siguientes de ocurrida alguna de las circunstancias mencionadas, los sucesores a cualquier título y/o los administradores del socio, según corresponda, deberán designar un apoderado común que los represente en la Sociedad. Dicho apoderado no tendrá facultades de administración y disposición de bienes, ni podrá usar la razón social, pero podrá fiscalizar la marcha de los negocios con las facultades y atribuciones que confiere el Código de Comercio. La designación sólo le será oponible a la Sociedad, cuando sea hecha por escritura pública y le sea notificada mediante Notario Público. En los casos indicados, todas las facultades de administración y representación social del socio en liquidación concursal, fallido, incapaz, o insolvente, o respecto del cual se ha aprobado un convenio judicial o prejudicial, o de quien represente sus derechos en la Sociedad, se radicarán en forma automática en el otro socio”.- En lo no modificado continúa vigente el pacto social, con las adaptaciones necesarias al número de socios de la sociedad.- Melipilla, 22/04/2026.

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  1. MODIFICACIÓN

    UV RESIDUOS LIMITADA

    CVE 2816899

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