Servicios De Educación Patagonia Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La prestación de servicios en educación y capacitación, sean éstos por cuenta propia o de terceros.
Capital
Capital total
$4.000.000
Capital integralizado
$4.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
PABLO ANDRÉ ÁLVAREZ DE ARAYA SANHUEZA Socio | - | 50% | $2.000.000 |
IGNACIO FERNANDO CEPEDA ALFARO Socio | - | 50% | $2.000.000 |
Administradores (1)
PABLO ANDRÉ ÁLVAREZ DE ARAYA SANHUEZA
Texto oficial do extrato
Félix Jara Cadot, Notario Público 41 Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, PABLO ANDRÉ ÁLVAREZ DE ARAYA SANHUEZA, cirujano dentista domiciliado en calle Francisco Cook N°880, departamento 111, Las Condes, Santiago; e IGNACIO FERNANDO CEPEDA ALFARO, cirujano dentista, domiciliado en Avenida Puerto Pucón, N°100, comuna y ciudad de Pucón, de paso por ésta, mayores de edad, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada conformidad ley 3.918, modificaciones posteriores y demás normas pertinentes.- Nombre, razón social, nombre fantasía: Nombre y razón social es “SERVICIOS DE EDUCACIÓN PATAGONIA LIMITADA”. Nombre de fantasía “PATAGONIA SERVICES”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero.- Objeto: La prestación de servicios en educación y capacitación, sean éstos por cuenta propia o de terceros.-Capital social: La suma de $4.000.000.- que los socios aportan y pagan de la forma que se indica: A) El socio Pablo André Álvarez de Araya Sanhueza, aporta la suma de $2.000.000.- corresponde al 50% del capital social, que paga de contado y en efectivo en este acto e ingresados en caja social. B) El socio Ignacio Fernando Cepeda Alfaro, aporta la suma de $2.000.000.- corresponde al 50% del capital social, que paga de contado y en efectivo en este acto e ingresados en caja social.- Duración: El plazo de duración de la Sociedad será de 3 años contados desde el otorgamiento de esta escritura, dicho plazo se entenderá prorrogado en forma tácita y sucesiva por períodos iguales de 3 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios o ambos manifestare su voluntad de ponerle término con una anticipación mínima de 6 meses a la expiración del plazo o prórroga respectiva, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social, con la misma anticipación antes señalada.- Responsabilidad socios: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Administración: La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá don PABLO ANDRÉ ÁLVAREZ DE ARAYA SANHUEZA, con amplias facultades.- Balance: Al 31 de diciembre de cada año se practicará un balance general de la Sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 septiembre 2023.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
SERVICIOS DE EDUCACIÓN PATAGONIA LIMITADA
CVE 2386734
