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Sociedade de Responsabilidade Limitada77.894.917-2

Sociedad Santa Elba Limitada

CONSTITUCIÓN — 20 de mai. de 2024

Informações tributárias (SII)

Tipo de entidade

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedade

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Início de atividades

Sem início de atividades informado pelo SII

Atividades econômicas

Sem atividades econômicas registradas no SII

Documentos timbrados

Sem documentos timbrados registrados no SII

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-05-20Ver PDF (CVE 2495162)

Informações societárias

Ltda

Capital

Capital total

$20.000.000

Texto oficial do extrato

CARLOS VIRGILIO RUIZ BAHAMONDES, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de San Bernardo, con oficio en calle Covadonga N° 516, Cédula de Identidad N° 6.653.276-3, certifica que con fecha 22 de marzo de 2024 en mi oficio se otorgó escritura pública de constitución de “Sociedad Santa Elba Limitada” Repertorio N° 350-2024 cuyo capital es $20.000.000.- En su extracto, inscrito a fojas 69 número 34 del Registro de Comercio del año 2024 del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo y publicado con fecha 12 de abril de 2024 en el Diario Oficial, se incurrió en un error de transcripción en la cédula de identidad del socio don Nicolás Sepúlveda Vanzulli que dice N° 16.031.616-1 y debería decir N° 16.031.316-1.- San Bernardo, 14 de mayo de 2024.

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-04-12Ver PDF (CVE 2478748)

Informações societárias

Ltda
San Bernardo, Región Metropolitana
Duração: 5 años contados desde fecha escritura constitución, prorrogable por períodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios expresare voluntad ponerle término por escritura pública anotada al margen de inscripción en registro de comercio con 2 meses de anticipación a la fecha de expiración que corresponda
Administração: corresponderá a Víctor Francisco Herrera Anguita

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a.- La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean civiles o mercantiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Podrá actuar en la consecución de sus fines sola o asociada con otras personas, sean éstas naturales o jurídicas y b.- adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o con lo dicho, y cualquier otro negocio que acordaren los socios que tenga relación directa o indirecta con el objeto principal.-la adquisición, enajenación, comercialización, importación, consignación de toda clase de bienes, especialmente productos tecnológicos de todo tipo; el giro de la sociedad se extenderá a toda otra actividad que este directa o indirectamente relacionado con lo anterior y que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital integralizado

$20.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (3)

NomeParticipação

Víctor Francisco Herrera Anguita

Socio

7.xxx.xxx-0

20%

Alejandra Maribel Donoso Silva

Socio

16.xxx.xxx-0

20%

Nicolás Sepúlveda Vanzulli

Socio

16.xxx.xxx-1

60%

Administradores (1)

Víctor Francisco Herrera Anguita

7.xxx.xxx-0Administrador

Texto oficial do extrato

PEDRO CARLOS YAÑEZ MIZON, abogado, Notario Público Suplente del Titular Carlos Ruiz Bahamondes, con oficio en calle Covadonga 516, local 13 y 14, Certifico: Por escritura de hoy ante mí, VÍCTOR FRANCISCO HERRERA ANGUITA, rut 7.318.818-0, domiciliado en Horcón de Piedra, Parcela treinta y siete, Paine; ALEJANDRA MARIBEL DONOSO SILVA, rut 16.382.252-0,domiciliada en Ortiga 4.583, Puente Alto; y NICOLAS SEPÚLVEDA VANZULLI, rut 16.031.616-1, domiciliado en Julio Prado 1.646 departamento 505, Ñuñoa, constituyeron sociedad responsabilidad limitada conforme a ley. Razón Social: “SOCIEDAD SANTA ELBA LIMITADA”, pudiendo usar nombres de fantasía de "SANTA ELBA LIMITADA".- Objeto: El objeto de la sociedad será: a.- La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, ya sean civiles o mercantiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Podrá actuar en la consecución de sus fines sola o asociada con otras personas, sean éstas naturales o jurídicas y b.- adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas, y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o con lo dicho, y cualquier otro negocio que acordaren los socios que tenga relación directa o indirecta con el objeto principal.-la adquisición, enajenación, comercialización, importación, consignación de toda clase de bienes, especialmente productos tecnológicos de todo tipo; el giro de la sociedad se extenderá a toda otra actividad que este directa o indirectamente relacionado con lo anterior y que los socios acuerden.- Domicilio: San Bernardo, sin perjuicio de agencias o sucursales que puedan abrir otras ciudades del país.- Capital: $20.000.000.- que los socios aportan y enteran en caja social en la siguiente proporción: Víctor Francisco Herrera Anguita, aporta $4.000.000.- Alejandra Maribel Donoso Silva, aporta $4.000.000.- y Nicolás Sepúlveda Vanzulli aporta $12.000.000.- Administración y Uso de Razon Social: corresponderá a Víctor Francisco Herrera Anguita.- Responsabilidad Socios: Monto de sus respectivos aportes.- Duración: 5 años contados desde fecha escritura constitución, prorrogable por períodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios expresare voluntad ponerle término por escritura pública anotada al margen de inscripción en registro de comercio con 2 meses de anticipación a la fecha de expiración que corresponda. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Bernardo, 22 de Marzo de 2024.- Repertorio N°350.

Atuações recentes

  1. CONSTITUCIÓN

    Sociedad Santa Elba Limitada

    CVE 2495162

  2. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD SANTA ELBA LIMITADA

    CVE 2478748

Relações societárias

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