Inversiones Jva SpA
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
El objeto de la sociedad será a) La realización de inversiones y proyectos mobiliarios e inmobiliarios, a cuyo efecto podrá adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales y correduría de propiedades e intermediación de bienes, comercializadora; b) La construcción de toda clase de obras y edificios, en predios propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros y la comercialización de esos bienes; c) La formación de sociedades de cualquier tipo y objeto, pudiendo incorporarse a otras ya establecidas; d) El arrendamiento de bienes muebles y/o inmuebles propios o ajenos, ya sea como arrendadora o arrendataria; y, e) En general, la realización de cualquier negocio, operación, acto o contrato relacionado, conexo o complementario al giro social y que acuerden los accionistas
Capital
Total capital
$20.000.000
Paid-in capital
$20.000.000
Shares
1,000
Shareholders (1)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
José Manuel Rubén Vivanco Aguilar Accionista | - | 100% | $20.000.000 |
Administrators (1)
José Manuel Rubén Vivanco Aguilar
SII representatives (1)
José Manuel Rubén Vivanco Aguilar
Official extract text
OLAYA FERRADA GARRIDO, Notario suplente de titular RAMON GARCIA CARRASCO, Oficio Rengo 444, Concepción, certifica: por escritura pública ante el Titular de fecha 11 de marzo de 2024, Repertorio N°2740-2024, don JOSÉ MANUEL RUBÉN VIVANCO AGUILAR, domiciliado para estos efectos en Calle Los Olivillos cuatrocientos veinticuatro, Sector Schaub, comuna de Chiguayante, Región Biobío, y de paso en ésta, constituyó una sociedad por acciones de cuyo texto extracto: Nombre: INVERSIONES JVA SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será a) La realización de inversiones y proyectos mobiliarios e inmobiliarios, a cuyo efecto podrá adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales y correduría de propiedades e intermediación de bienes, comercializadora; b) La construcción de toda clase de obras y edificios, en predios propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros y la comercialización de esos bienes; c) La formación de sociedades de cualquier tipo y objeto, pudiendo incorporarse a otras ya establecidas; d) El arrendamiento de bienes muebles y/o inmuebles propios o ajenos, ya sea como arrendadora o arrendataria; y, e) En general, la realización de cualquier negocio, operación, acto o contrato relacionado, conexo o complementario al giro social y que acuerden los accionistas. Capital: El capital de la Sociedad, equivalente a la suma de $20.000.000, moneda de curso legal, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, todas de una misma serie, se suscribe y paga por don José Manuel Rubén Vivanco Aguilar con la suma de $20.000.000, equivalentes al 100% de la participación accionaria de la Sociedad, que se paga en este acto en dinero en efectivo y que se ingresa por este acto en la caja social. En consecuencia, las partes declaran íntegramente aportado y enterado el capital social. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don José Manuel Rubén Vivanco Aguilar, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de 20 años a contar de la fecha de la escritura extractada, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, si ninguno de los accionistas manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del periodo que estuviere vigente. Asimismo, deberá darse aviso por escrito por carta certificada despachada por Notario Público a los otros accionistas, de su intención de no perseverar en el contrato de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, abril de 03 de 2024.-
Recent filings
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES JVA SpA
CVE 2476237
