Iberocenter
Sociedad de Responsabilidad Limitada77.856.140-9

Comercial Agrolujuma Limitada

MODIFICACIÓN — 11 ago 2026

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2026-08-11Ver PDF (CVE 2852921)

Información societaria

Ltda
Avenida Sergio Vieira de Mello N° 4.100

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

JOSEFA SÁEZ RODRÍGUEZ

Socio

21.xxx.xxx-2

1%

EMILIA SÁEZ RODRÍGUEZ

Socio

21.xxx.xxx-4

1%

AGUSTINA SÁEZ RODRÍGUEZ

Socio

22.xxx.xxx-9

1%

MARIO ALBIN SÁEZ TROTTER

Socio

8.xxx.xxx-4

97%

Historia societaria relatada

  1. Otro acto· 4 de mayo de 2026

    Sentencia autoriza a GERDA MAIDI TROTTER CRUZ a donar el 5% de los derechos sociales de la sociedad.

    GERDA MAIDI TROTTER CRUZ

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior Luis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea número 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 24 de julio de 2026, Repertorio número10524-2026, (i) doña GERDA MAIDI TROTTER CRUZ, cédula de identidad N° 6.060.579- 3, con domicilio en Avenida El Bosque Norte N° 177, oficina 1102, comuna de Las Condes, Región Metropolitana (la “Donante”); (ii) doña JOSEFA SÁEZ RODRÍGUEZ, cédula de identidad N° 21.417.996-2; (iii) doña EMILIA SÁEZ RODRÍGUEZ, cédula de identidad N° 21.846.196-4; (iv) doña AGUSTINA SÁEZ RODRÍGUEZ, cédula de identidad N° 22.325.000-9; y (v) don MARIO ALBIN SÁEZ TROTTER, cédula de identidad N° 8.908.755-4, todos con domicilio en Avenida Sergio Vieira de Mello N° 4.100, comuna de Macul, Región Metropolitana (en conjunto, los “Donatarios”), quienes acordaron modificar la Sociedad COMERCIAL AGROLUJUMA LIMITADA, RUT N° 77.856.140-9, sociedad inscrita a fojas 29.833 número 24.195 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2002 (la “Sociedad”), en el siguiente sentido: UNO. DONACIÓN Y CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES. Por sentencia definitiva de fecha 4 de mayo de 2026, dictada por el 19° Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol V-247-2025, encontrándose firme y ejecutoriada según certificado de fecha 2 de junio de 2026, se autorizó a doña GERDA MAIDI TROTTER CRUZ para donar por acto entre vivos, gratuita e irrevocablemente, por mera liberalidad, el 5% de los derechos sociales que mantenía sobre el capital de la Sociedad, donación que fue aceptada por los Donatarios mediante escritura pública de esta misma fecha y notaría, de la siguiente forma: (1) a doña JOSEFA SÁEZ RODRÍGUEZ cedió y transfirió la propiedad plena del 1% de los derechos sociales en la Sociedad; (2) a doña EMILIA SÁEZ RODRÍGUEZ cedió y transfirió la propiedad plena del 1% de los derechos sociales en la Sociedad; (3) a doña AGUSTINA SÁEZ RODRÍGUEZ cedió y transfirió la propiedad plena del 1% de los derechos sociales en la Sociedad; y, (4) a don MARIO ALBIN SÁEZ TROTTER cedió y transfirió la propiedad plena del 2% de los derechos sociales en la Sociedad. En consecuencia de la referida donación, quedan como únicos y actuales socios de la sociedad “COMERCIAL AGROLUJUMA LIMITADA” doña JOSEFA SÁEZ RODRÍGUEZ con 1% de los derechos sociales, doña EMILIA SÁEZ RODRÍGUEZ con 1% de los derechos sociales, doña AGUSTINA SÁEZ RODRÍGUEZ con 1% de los derechos sociales, y don MARIO ALBIN SÁEZ TROTTER con 97% de los derechos sociales. DOS. MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS SOCIALES. Los actuales socios modifican el Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de un $1.000.000, el cual ha sido aportado en las siguientes proporciones: a) doña JOSEFA SÁEZ RODRÍGUEZ, aporta la suma de $10.000, equivalentes a un 1% de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente pagados e ingresados en la caja social con anterioridad a esta fecha. b) doña EMILIA SÁEZ RODRÍGUEZ, aporta la suma de $10.000, equivalentes a un 1% de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente pagados e ingresados en la caja social con anterioridad a esta fecha. c) doña AGUSTINA SÁEZ RODRÍGUEZ, aporta la suma de $10.000, equivalentes a un 1% de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente pagados e ingresados en la caja social con anterioridad a esta fecha; y, d) don MARIO ALBIN SÁEZ TROTTER, aporta la suma de $970.000, equivalentes a un 97% de los derechos sociales, los cuales se encuentran íntegramente pagados e ingresados en la caja social con anterioridad a esta fecha”. En todo lo no modificado, continúan plenamente válidas y vigentes las demás estipulaciones del estatuto de la Sociedad, especialmente la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Vitacura, 5 de Agosto de 2026.

ModificaciónDiario Oficial · 2021-08-02Ver PDF (CVE 1987621)

Información societaria

Ltda
avenida Quillin 4717
Administración: Administración y representación exclusiva del socio Mario Saez Trotter

Administradores (1)

Mario Saez Trotter

Administrador

Historia societaria relatada

  1. Otro acto· 4 de abril de 2013

    Se otorgó escritura de modificación de estatutos de Comercial Agrolujuma Limitada, referida a la cesión de derechos, capital social y administración.

    Mario Saez Trotter

Texto oficial del extracto

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43ª Notaría Santiago, con domicilio en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 19 de julio del año 2021, Repertorio número 18.843-2021, ante mí, otorgada por Mario Saez Trotter, Gerda Trotter Cruz y Santiago Saez Trotter, todos domiciliados para estos efectos en avenida Quillin 4717, comuna de Macul, se acordó sanear de conformidad a la ley N°19.499, vicios de nulidad formales relacionados con el extracto de la escritura pública de fecha 4 de abril del año 2013, otorgada ante el titular de la 32ª Notaría de Santiago, don Raúl Undurraga Laso, a través de la cual los socios de COMERCIAL AGROLUJUMA LIMITADA dieron cuenta de una cesión de derechos por parte de uno de los socios de dicha sociedad y de la modificación del artículo Quinto de sus estatutos, referido al capital social, y del artículo Séptimo de sus estatutos, referido a la administración y uso de la razón social, en cuanto establecer en este último que la administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá exclusivamente al socio Mario Saez Trotter, actuando en la forma y con las facultades establecidas en dicha escritura. El referido extracto que contiene los vicios de nulidad formales fue inscrito a fojas 42418, número 28298, del Registro de Comercio del año 2013 a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y fue publicado en el Diario Oficial con fecha 5 de junio de 2013. Los vicios incurridos en el extracto de la referida escritura de modificación de estatutos de Comercial Agrolujuma Limitada de fecha 4 de abril del año 2013, consisten en (i) la no publicación oportuna del extracto de dicha escritura, el cual fue publicado fuera del plazo de 60 días contados desde la fecha de otorgamiento de dicha escritura y (ii) la omisión en señalar en dicho extracto que producto de la modificación del artículo séptimo de los estatutos sociales de Comercial Agrolujuma Limitada, la administración y uso de la razón social quedó radicada exclusivamente en Mario Sáez Trotter, actuando en la forma y con las facultades establecidas en dicha escritura. Con lo anterior, queda saneada la nulidad formal de la escritura de modificación de estatutos de Comercial Agrolujuma Limitada mediante la inscripción y publicación correcta y oportuna del presente extracto de la escritura pública de saneamiento en la que se acuerda corregir el vicio. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. Santiago, 29 de julio del año 2021.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    COMERCIAL AGROLUJUMA LIMITADA

    CVE 2852921

  2. MODIFICACIÓN

    COMERCIAL AGROLUJUMA LIMITADA

    CVE 1987621

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)