Metropolicar Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros: a) Servicios de Transporte de trabajadores; b) Servicios de transporte de turistas; c) Alquiler de vehículos automotores sin chofer; d) Alquiler de otros tipos de maquinarias y equipos sin operación N.C.P; e) cualquier otra actividad que acuerden los socios.
Capital
Capital total
$10.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-3 | 9.xxx.xxx-3 | 50% | $5.000.000 |
Socio 21.xxx.xxx-4 | 21.xxx.xxx-4 | 50% | $5.000.000 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
ABNER POZA MATUS, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Maipú - Santiago, ubicada en calle General Ordóñez N° 155, Oficina 203, comuna de Maipú, Certifico: Que por escritura pública de fecha 09 de enero de 2024, Repertorio N° 99-2024, ante mí comparecen: Don CLAUDIO MANUEL AZUA DEL VALLE, chileno, casado, ingeniero electrónico, C.I. N°9.966.534-3 y doña ROMINA ARACELI AZUA GONZALEZ, chilena, soltera, estudiante, C.I.N°21.060.575-4, domiciliados todo en San Eugenio 2.801, comuna de Maipú, Región Metropolitana; constituyen la sociedad de responsabilidad limitada “METROPOLICAR LIMITADA” en razón a los siguientes estatutos: RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social de la sociedad es “METROPOLICAR LIMITADA”, pudiendo actuar también con terceros inclusive con los bancos, servicios de impuestos internos, Tesorería General de la República, Reparticiones Públicas, Municipalidades y cualquier otra institución con los nombres de Fantasía “METROPOLICAR LTDA”. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Servicios de Transporte de trabajadores; b) Servicios de transporte de turistas; c) Alquiler de vehículos automotores sin chofer; d) Alquiler de otros tipos de maquinarias y equipos sin operación N.C.P; e) cualquier otra actividad que acuerden los socios. CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de diez millones de pesos, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) CLAUDIO MANUEL AZUA DEL VALLE, se obliga a enterar el equivalente al 50% del capital social, mediante aporte de $5.000.000 de pesos, que enterara y pagara a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro de plazo de tres años contado desde la fecha de esta escritura y B) ROMINA ARACELI AZUA GONZALEZ, se obliga a enterar el equivalente al 50% del capital social, mediante el aporte de $5.000.000 de pesos, que enterara y pagara a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de tres años contado desde la fecha de esta escritura. ADMNISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá al socio CLAUDIO MANUEL AZUA DEL VALLE, quien la ejercerá por si o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotara al margen de la inscripción social. Facultades contenidas en el artículo séptimo del pacto social. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será de diez años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tacita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de diez años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del periodo original o al de la prórroga que estuviese vigente. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es San Eugenio dos mil ochocientos uno, comuna de Maipú, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Santiago, 16 de enero de 2024.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
METROPOLICAR LIMITADA
CVE 2445731
