Sociedad de Responsabilidad Limitada77.839.830-3

Sociedad Comercial Kelgwo Limitada

MODIFICACIÓN — 10 jul 2017

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2017-07-10Ver PDF (CVE 1238898)

Información societaria

Ltda
sector Caulín Bajo rural
Administración: Administración de la sociedad

Socios (2)

NombreParticipación

MARCIA ANDREA MANSILLA CÁRDENAS

Socio

-

ANGEL EDUARDO REYES BAHAMONDES

Socio

-

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 11 de octubre de 2002

    Constitución de la sociedad Comercial KELGWO Limitada.

    MARCIA ANDREA MANSILLA CÁRDENAS · ANGEL EDUARDO REYES BAHAMONDES

  2. Otro acto· 13 de agosto de 2007

    Modificación anterior de la sociedad.

    MARCIA ANDREA MANSILLA CÁRDENAS · ANGEL EDUARDO REYES BAHAMONDES

Texto oficial del extracto

MARTITA WÖRNER TAPIA, Notario Público de Ancud, Chacabuco Nº 750, certifica que: Por escritura publica hoy, ante mí, MARCIA ANDREA MANSILLA CÁRDENAS, diseñadora, y ANGEL EDUARDO REYES BAHAMONDES, artesano y profesor de historia, ambos domiciliados en sector Caulín Bajo rural, Ancud, como únicos socios de la “SOCIEDAD COMERCIAL KELGWO LIMITADA” y/o KELGWO LTDA.”, rol único tributario N° 77.839.830-3, constituida 11.10.2002 ante Notario Público de Ancud, Martita Wörner Tapia, cuyo extracto se inscribió a fojas 85 N° 43 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ancud de 2002 y se publicó en el Diario Oficial N° 37.387 del 19.10. 2002; modificada por escritura pública del 13.08.2007, suscrita ante Notario Público de Ancud, doña Martita Wörner Tapia, cuyo extracto de modificación de inscribió a fojas 50 N° 46 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ancud de 2007, y se publicó en el Diario Oficial N° 38.859 del 14.09.2007; vienen en introducir la siguiente modificación: a).- Se complementa la escritura social, agregándose como cláusula Segunda-A, la siguiente: “en cumplimiento del objeto social, la sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios de la sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo”. b).- Se complementa la cláusula cuarta del pacto social, relativo a la administración y uso de la razón social, agregándose al final de dicha cláusula lo siguiente: “En el desempeño de sus actividades, la administración de la sociedad deberá considerar no sólo los intereses de sus socios, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los socios de la sociedad”. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirá vigentes las estipulaciones del pacto social y modificaciones ya señaladas. Demás cláusulas escritura extractada. En Ancud, a 22 de Junio de 2017.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD COMERCIAL KELGWO LIMITADA

    CVE 1238898

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial