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Paraiso Verde SpA

CONSTITUCIÓN — 2 de jul. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-07-02Ver PDF (CVE 2513230)

Informações societárias

SpA
Petorca, Valparaíso
Duração: cinco años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años
Administração: La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social.

Objeto social

La explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos o agrícolas; la producción, compra, adquisición, elaboración, transformación, envasado, distribución, importación y exportación, comercialización por cuenta propia o de terceros de toda clase de productos agropecuarios, agrícolas y frutícolas al por mayor y al detalle en el país y en el extranjero; la explotación ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena; la silvicultura, horticultura, granja, semillero, viveros, semillas, fruticultura; la cría, la invernada, la chacarería, la explotación de bosques y cualquier otro producto o actividad relacionada con dicha explotación, ya sea como producto o actividad relacionada con dicha explotación, ya sea como propietaria, usufructuaria, arrendataria, simple tenedora, poseedora y/o administradora de predios agrícolas o a cualquier otro título; la instalación, mantención y explotación de cualquier tipo de plantas procesadoras de productos agropecuarios y hortofrutícolas en general, ya sea en estado natural, secos o manufacturados, la instalación, mantención y explotación de cualquier tipo de plantas procesadores de productos agropecuarios; la compraventa, por cuenta propia o ajena, de inmuebles o establecimientos comerciales, así como la gestión inmobiliaria, arriendo de inmuebles, sean amoblados o con equipos y/o maquinarias; prestar servicios para terceros que tengan relación con las actividades propias del giro social; la realización de toda actividad comercial o negocio que los socios acuerden y que este directa o indirectamente relacionada con las anteriormente enunciadas; en general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento del objeto social

Capital

Capital total

$250.000.000

Ações

250.000

Sócios (2)

NomeParticipação

CARLOS JOSE GUTIERREZ KOMPATZKI

Accionista

5.xxx.xxx-k

-

MARÍA CECILIA VEGA FAUNDEZ

Accionista

10.xxx.xxx-k

-

Texto oficial do extrato

ALEJANDRO HAUPT OSSA, abogado, Notario Público Titular de Petorca, con oficio en calle Silva N° 835, comuna de Petorca, certifico que por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, don CARLOS JOSE GUTIERREZ KOMPATZKI, chileno, soltero, médico cirujano, cédula nacional de identidad número cinco millones ciento noventa y cuatro mil ciento cuarenta y dos guion K, domiciliado en Carretera E guion treinta y cinco, Cabildo a Petorca sin número, comuna de Petorca, Región de Valparaíso; y doña MARÍA CECILIA VEGA FAUNDEZ, chilena, soltera, profesora, cédula nacional de identidad número diez millones setecientos setenta y dos mil seiscientos ochenta y siete guion K, domiciliada en calle Almirante Barroso número quinientos cincuenta y uno, comuna de Valparaíso, Región de Valparaíso,; constituyeron sociedad por acciones denominada “Paraiso Verde SpA”; Objeto: a. La explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos o agrícolas; b. La producción, compra, adquisición, elaboración, transformación, envasado, distribución, importación y exportación, comercialización por cuenta propia o de terceros de toda clase de productos agropecuarios, agrícolas y frutícolas al por mayor y al detalle en el país y en el extranjero; c. La explotación ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena; d. La silvicultura, horticultura, granja, semillero, viveros, semillas, fruticultura; la cría, la invernada, la chacarería, la explotación de bosques y cualquier otro producto o actividad relacionada con dicha explotación, ya sea como producto o actividad relacionada con dicha explotación, ya sea como propietaria, usufructuaria, arrendataria, simple tenedora, poseedora y/o administradora de predios agrícolas o a cualquier otro título; e. La instalación, mantención y explotación de cualquier tipo de plantas procesadoras de productos agropecuarios y hortofrutícolas en general, ya sea en estado natural, secos o manufacturados, la instalación, mantención y explotación de cualquier tipo de plantas procesadores de productos agropecuarios; f. La compraventa, por cuenta propia o ajena, de inmuebles o establecimientos comerciales, así como la gestión inmobiliaria, arriendo de inmuebles, sean amoblados o con equipos y/o maquinarias; g. Prestar servicios para terceros que tengan relación con las actividades propias del giro social; h. La realización de toda actividad comercial o negocio que los socios acuerden y que este directa o indirectamente relacionada con las anteriormente enunciadas; e i. En general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento del objeto social.- Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Petorca, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotará al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período. Capital: Doscientos cincuenta millones de pesos, dividido en doscientas cincuenta mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie o clase y sin valor nominal, cada acción dará derecho a un voto. Administración: La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Petorca, 10 de junio de 2024.

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