Sociedade de Responsabilidade Limitada77.836.541-3

González, Musalem y Wegmann Abogados Limitada

MODIFICACIÓN — 14 de ago. de 2024

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2024-08-14Ver PDF (CVE 2532512)

Informações societárias

Ltda
calle Francisco Noguera 200, oficina 501
Administração: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden indistintamente a cualesquiera de los socios, como sus socios administradores

Capital

Capital total

$1.200.000

Capital integralizado

$1.200.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

Patricio Alberto González Marín

Socio

50%

Yamil Samir Musalem Miranda

Socio

50%

Administradores (2)

Histórico societário relatado

  1. Cessão de direitos· 23 de julho de 2024

    Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand cede el 50% de su participación a Patricio Alberto González Marín

    Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand · Patricio Alberto González Marín

  2. Cessão de direitos· 23 de julho de 2024

    Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand cede el 50% de su participación a Yamil Samir Musalem Miranda

    Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand · Yamil Samir Musalem Miranda

  3. Saída de sócio· 23 de julho de 2024

    Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand se retira de la sociedad

    Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand

  4. Mudança de nome· 23 de julho de 2024

    La razón social se modifica a González y Musalem Abogados Limitada

    Patricio Alberto González Marín · Yamil Samir Musalem Miranda

  5. Mudança de capital· 23 de julho de 2024

    El capital social se fija en $1.200.000, íntegramente enterado

    Patricio Alberto González Marín · Yamil Samir Musalem Miranda

  6. Mudança de administrador· 23 de julho de 2024

    La administración pasa indistintamente a cualquiera de los socios

    Patricio Alberto González Marín · Yamil Samir Musalem Miranda

Texto oficial do extrato

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la 26ª Notaría Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo Nº 3196, comuna de Las Condes certifica: Por escritura pública de fecha 23 de julio de 2024, repertorio Nº 5044, ante mí, don Patricio Alberto González Marín, don Yamil Samir Musalem Miranda y don Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand, todos domiciliados en calle Francisco Noguera 200, oficina 501, Providencia, Santiago, modifican sociedad de responsabilidad limitada “GONZÁLEZ, MUSALEM Y WEGMANN ABOGADOS LIMITADA”, inscrita a fojas 3.998, N° 1.644 del Registro de Comercio de Santiago del año 2024. - Don Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand vende, cede y transfiere el 50% de su participación en la sociedad “González, Musalem y Wegmann Abogados Limitada” a don Patricio Alberto González Marín, quien compra, adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión de derechos es la suma de $200.000. Don Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand vende, cede y transfiere el 50% de su participación en la sociedad “González, Musalem y Wegmann Abogados Limitada” a don Yamil Samir Musalem Miranda, quien compra, adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión de derechos es la suma de $200.000.- Como consecuencia de las cesiones de derechos antes indicadas y con el expreso consentimiento de los socios, don Adolfo Andrés Wegmann Stockebrand se retira con esta fecha de la sociedad “González, Musalem y Wegmann Abogados Limitada”, quedando como únicos socios don Patricio Alberto González Marín, titular del 50% de los derechos sociales, y don Yamil Samir Musalem Miranda, titular del 50% de los derechos sociales. Don Patricio Alberto González Marín y don Yamil Samir Musalem Miranda, en sus calidades de únicos socios de “González y Musalem Abogados Limitada”, acuerdan sustituir los artículos primero, quinto, séptimo y octavo de los estatutos sociales, reemplazándolos íntegramente por los siguientes: “Artículo Primero: La razón social de la sociedad será “González y Musalem Abogados Limitada”, pudiendo usar además e indistintamente, como nombres de fantasía, “González & Musalem Abogados", “González & Musalem”, o “GM Abogados”, con los cuales se obligará a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social íntegra”. “Artículo quinto: El capital de la sociedad será la cantidad de un millón doscientos mil pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: /a/ don Patricio Alberto González Marín aporta la cantidad de seiscientos mil pesos, esto es, el cincuenta por ciento del capital social, el que se encuentra íntegramente enterado en dinero efectivo en la caja social; y /b/ don Yamil Samir Musalem Miranda aporta la cantidad de seiscientos mil pesos, esto es, un cincuenta por ciento del capital social, el que se encuentra íntegramente enterado en dinero efectivo en la caja social”. “Artículo séptimo: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden indistintamente a cualesquiera de los socios, como sus “socios administradores”, quienes actuarán y tendrán las facultades y poderes que se establecen en el Artículo Octavo siguiente”. “Artículo octavo: Los socios administradores tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, tanto en Chile como en el extranjero, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con el objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con las facultades de los Artículos Séptimo, en sus dos incisos, y Octavo del Código de Procedimiento Civil, los cuales se encuentran enteramente reproducidos en el presente estatuto. Al efecto, y sin que la enunciación que sigue importe limitación alguna de facultades, cualesquiera de los socios, actuando separada e indistintamente, podrán en su calidad de administradores. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 01 de agosto de 2024. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.

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