Joglar Krauss Arquitectos Limitada
稅務資料(SII)
实体类型
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
公司子类型
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
開始經營
SII 未報告開始經營日期
經濟活動
SII 中沒有登記的經濟活動
蓋章文件
SII 中沒有登記的蓋章文件
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La prestación de servicios profesionales y de asesorías en las áreas de la arquitectura de todo tipo de obras y de construcciones, incluyendo estudios, elaboración de informes, proyectos, planos, dibujos y demás que sean necesarios al efecto. Para el adecuado cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos que se estimen pertinentes, incluyendo la contratación con otros profesionales u otras sociedades de profesionales.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $500.000 |
Socio | - | 50% | $500.000 |
管理人(2)
摘要官方正文
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifico: que por escritura pública de 7 noviembre 2023, ante mí, ENRIQUE MANUEL JOGLAR PÉREZ, domiciliado en Lemoniz 912, Las Condes y FERNANDA CLARA KRAUSS CORTÉS, domiciliada en Avenida La Dehesa 1822, torre sur, oficina 807, Lo Barnechea, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón Social: JOGLAR KRAUSS ARQUITECTOS LIMITADA. Objeto: La prestación de servicios profesionales y de asesorías en las áreas de la arquitectura de todo tipo de obras y de construcciones, incluyendo estudios, elaboración de informes, proyectos, planos, dibujos y demás que sean necesarios al efecto. Para el adecuado cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos que se estimen pertinentes, incluyendo la contratación con otros profesionales u otras sociedades de profesionales. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social, corresponderá conjuntamente a los socios Enrique Manuel Joglar Pérez y doña Fernanda Clara Krauss Cortés. Duración: 5 años contados desde la fecha de la escritura. Su vigencia se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la sociedad, por declaración que deberá hacer por escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad, todo ello a lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento del período vigente. Capital: $1.000.000, que se entera y paga íntegramente en el acto de constitución de la siguiente forma: /1/ Enrique Manuel Joglar Pérez, aporta y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, la cantidad de $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales; y /2/ Fernanda Clara Krauss Cortés, aporta y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, la cantidad de $500.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales. Los socios limitan responsabilidad personal al monto respectivos aportes. Demás estipulaciones constan escritura extractada y no son materia de extracto.- Santiago, 09 de noviembre de 2023.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.
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CVE 2404762
