Sociedad Comercial El Pingüino Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$47.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 50% | $500.000 |
Socio 11.xxx.xxx-6 | 11.xxx.xxx-6 | 50% | $500.000 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 22 de novembro de 2011
Se constituye la sociedad SOCIEDAD COMERCIAL EL PINGÜINO LIMITADA.
Texto oficial do extrato
CARLOS ANDRES ORTEGA ALUL, Notario Publico Titular de Curicó, con oficio en calle Estado 282, Curicó certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 15 de septiembre de 2023, don JORGE ANTONIO GONZÁLEZ MOYA, C.I. Nº8.475.643-1, domiciliado Santa María del Boldo, calle Volantín Nº01001, comuna y provincia de Curicó; y doña MIRIAM LUZ OSSA HASEN, C.I. Nº11.504.482-6, domiciliada en Volcán Llaima Nº461, Comuna y Provincia de Curicó, terminaron y liquidaron la sociedad "SOCIEDAD COMERCIAL EL PINGÜINO LIMITADA", RUT Nº77.815.026- 3, constituida por escritura pública otorgada de fecha veintidós de noviembre de dos mil once, ante el Notario de la ciudad de Curicó, don Fernando Salazar Sallorenzo, inscrita en extracto a fojas 1333 VTA N°935 del Registro de Comercio del Conservador de Curicó correspondiente al año 2011. Capital Social $47.000.000.- Por la presente escritura los comparecientes de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 2.107 del Código Civil en relación a los artículos 4 inciso 2° de la ley N°3.918 y artículo 407 del Código de Comercio, acuerdan la disolución de la misma, disolución que tiene efecto a contar de la fecha de la presente escritura. Para ello y conforme con lo dispuesto en el artículo décimo cuarto del contrato social, los comparecientes proceden a liquidar la sociedad, de común acuerdo. Los referidos bienes se avalúan, por las partes, de común acuerdo, en un total de $47.000.000, que se distribuyeron de la siguiente forma: Uno. Inmueble compuesto de “Casa y vivienda”, consistente en el Lote número ciento veintitrés, ubicado en calle Volantín Nº0101, de SANTA MARÍA DEL BOLDO II, de la comuna y provincia de Curicó, en la cantidad de $46.000.000; Dos. Dinero en caja: por el aporte realizado por el Socio Jorge Antonio González Moya por la suma de $500.000 y de doña Miriam Luz Ossa Hasen por la suma de $500.000, haciendo $1.000.000. En consecuencia, considerando los aportes y el pasivo de la sociedad en favor de don Jorge Antonio González Moya, el haber líquido de la sociedad en liquidación asciende a la suma $47.000.000.- Esta cantidad se debe repartir, entre los socios de consuno, en la proporción de un cincuenta por ciento, para don JORGE ANTONIO GONZÁLEZ MOYA; y un cincuenta por ciento para doña MIRIAM LUZ OSSA HASEN.- Estas cantidades, sumadas a la evolución de los aportes revalorizados en la forma indicada, forman las hijuelas de los socios, por valor, respectivamente $23.500.000, para cada uno de los socios.- Conforme lo antes dicho, 1) La hijuela de don JORGE ANTONIO GONZÁLEZ MOYA se entera y completa con los dos aportes de $23.000.000, lo cual da una suma de $46.000.000, más la suma de $500.000 por aporte en dinero en efecto al momento de la constitución, lo cual sumado alcanza una suma total de $46.500.000; que se pagan adjudicándosele el dominio del Inmueble compuesto de “Casa y vivienda”, consistente en el Lote número ciento veintitrés, ubicado en calle Volantín número cero ciento uno, de SANTA MARÍA DEL BOLDO II, de la comuna y provincia de Curicó, el que fuere valorizado por las partes de común acuerdo en la suma de $46.500.000, de esta forma queda enterada esta hijuela; 2) La hijuela de doña MIRIAM LUZ OSSA HASEN, se entera y completa sólo con la suma de $500.000, por concepto de su aporte inicial en la sociedad, y en atención a que la socia MIRIAM LUZ OSSA HASEN, no ha enterado el aporte de $23.000.000 iniciales, esta no tendrá un crédito a favor por dicho monto, quedada en consecuencia completada la hijuela de la socia doña MIRIAM LUZ OSSA HASEN por la suma total de $500.000, que la compareciente declara haber recibido a su entera satisfacción y conformidad, en dinero efectivo y con anterioridad a la celebración de la presente liquidación y adjudicación, no adeudándose nada por este concepto a la socia la fecha de suscripción de la presente escritura.- Otras estipulaciones, escritura extractada Repertorio Nº1781/2023.- Curicó, 22 de Septiembre de 2023.-
Atuações recentes
- DISOLUCIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL EL PINGÜINO LIMITADA
CVE 2382476
