Q Hielo S.A.
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$3.073.587.760.-
Capital pagado
$3.073.587.760.-
Capital pendiente
$0.-
Acciones
3.076.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 50% | $1.536.793.880.- |
INVERSIONES LAS TRES MARIAS LIMITADA Accionista | - | 50% | $1.536.793.880.- |
Historia societaria relatada
- Cambio de capital· 20 de junio de 2026
La sociedad acuerda un aumento de capital y emite nuevas acciones de pago suscritas y pagadas por los accionistas actuales.
- Cambio de capital· 26 de junio de 2026
Se modifica el capital social y se reemplaza la referencia al artículo transitorio por artículos transitorios primero y segundo.
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, ubicada en Miraflores número 178, piso quinto, de la comuna de Santiago, certifico: Por escritura de fecha 26 de junio de 2026, repertorio 28.421-2025, ante mí, don ERIC ANTONIO PEÑALOZA CORNEJO, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número dieciocho millones trescientos veintiséis mil ciento ochenta y dos guion siete, domiciliado en Rosario Norte quinientos cincuenta y cinco, oficina quinientos cinco, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, mayor de edad, quien acredita su identidad con su cédula citada, expone: que debidamente facultado reduce a escritura pública el acta de la Junta de Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Q HIELO S.A., Rol Único Tributario N°77.814.970- 2, de fecha 16 de junio de 2026, en la que comparecieron la totalidad de las acciones. En esta Junta Extraordinaria de Accionistas se acordó por la totalidad de las acciones comparecientes modificar las disposiciones de los estatutos sociales relativas al capital de la sociedad, reemplazándolas por las siguientes: “SEXTO: El capital social asciende a la suma de $3.073.587.760.-, dividido en 3.076.000.000 de acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El Capital se encuentra totalmente suscrito y pagado en la forma indicada en los artículos transitorios de estos estatutos. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos”. El artículo transitorio de los estatutos, donde dice “ARTÍCULO TRANSITORIO”, se reemplaza por “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO”. En lo consecutivo, el artículo no es modificado. La Junta acordó agregar un nuevo artículo transitorio: “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $3.073.587.760.- (tres mil setenta y tres millones quinientos ochenta y siete mil setecientos sesenta pesos), dividido en 3.076.000.000 (tres mil setenta y seis millones) de acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Se deja constancia de que, con ocasión del aumento de capital acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 20 de junio de 2026, se emitieron 3.000.000.000 (tres mil millones) de nuevas acciones de pago, representativas de la suma de $3.000.000.000.- (tres mil millones de pesos), las que fueron íntegramente suscritas y pagadas en ese acto por los actuales accionistas de la sociedad, en partes iguales, ingresando dichos fondos a la caja social. En consecuencia: a) HUBER EMPRESAS LTDA. es titular de 1.538.000.000 (mil quinientos treinta y ocho millones) de acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, representativas de la suma de $1.536.793.880.- (mil quinientos treinta y seis millones setecientos noventa y tres mil ochocientos ochenta pesos); y b) INVERSIONES LAS TRES MARIAS LIMITADA es titular de 1.538.000.000 (mil quinientos treinta y ocho millones) de acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, representativas de la suma de $1.536.793.880.- (mil quinientos treinta y seis millones setecientos noventa y tres mil ochocientos ochenta pesos). Por tanto, no existen acciones pendientes de suscripción ni de pago”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las cláusulas originales del pacto social y sus modificaciones. Santiago 26 de junio de 2026.
Información societaria
Capital
Capital total
$73.587.760
Acciones
76.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
HUBER EMPRESAS LIMITADA Accionista | - | 38.000.000 acc. | - |
INVERSIONES LAS TRES MARIAS LIMITADA Accionista 76.002.926-2 | 76.002.926-2 | 38.000.000 acc. | - |
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior FELIPE SAN MARTIN SCHRODER, Abogado, Notario Público Titular de Puerto Montt, Urmeneta N°478, certifica: Por escritura pública de fecha 08 de abril de 2026, ante el Notario Titular de este Oficio: se redujo a escritura pública acta Junta General Extraordinaria de Accionistas de “Q HIELO S.A.”, Rol Único Tributario Nº 77.814.970-2, celebrada el 1 de abril de 2026, en que se toma conocimiento de la modificación de uno de los accionistas INVERSIONES VIC LIMITADA RUT N° 76.384.370-K, sociedad que se liquidó con fecha 31 de diciembre de 2025 mediante escritura pública de Liquidación otorgada en la Notaria de don Juan Ignacio San Martín Schroder, siendo su continuadora legal la sociedad INVERSIONES LAS TRES MARIAS LIMITADA RUT N° 76.002.926-2. En consecuencia, se modifican los estatutos de la sociedad, siendo actuales socios de QHIELO S.A: las sociedades HUBER EMPRESAS LIMITADA con 38.000.000 Acciones y INVERSIONES LAS TRES MARIAS LIMITADA con 38.000.000 Acciones. Total Acciones 76.000.000 Acciones. CAPITAL $73.587.760.- La sociedad se encuentra inscrita a fojas 544 Nº387 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt correspondiente al año 2002. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Puerto Montt, 8 de abril de 2026.
Información societaria
Objeto social
Examinar Situación de la Sociedad, administración y demás temas competentes. Otorgamiento de Poderes. Representante legal, Grupo A, Grupo B y Grupo C, según detalle de actuaciones.
Capital
Capital total
$73.586.000
Administradores (5)
Christian leonardo Martin Huber
Rafael ernesto Mas Huber
Historia societaria relatada
- Constitución· 31 de agosto de 2024
Constitución de QHIELO S.A.
Christian leonardo Martin Huber · Rafael ernesto Mas Huber · Reinaldo Norbert Martin Huber · Ignacio Martin Huber · Edgardo Garcia Bernal
Texto oficial del extracto
FELIPE SAN MARTIN SCHRODER, Notario Público Titular de Puerto Montt, con Oficio ubicado en calle Urmeneta N°478, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, don Cristian Gabriel Yáñez Rojas, C.I.N° 12.661.262-1, que debidamente facultado viene en reducir a escritura pública Directorio de QHIELO S.A. RUT N° 77.814.970-2 de fecha 31 de agosto de 2024. Asistencia Directores: Christian leonardo Martin Huber, Rafael ernesto Mas Huber, Reinaldo Norbert Martin Huber, Ignacio Martin Huber y Edgardo Garcia Bernal. Objeto Directorio: Examinar Situación de la Sociedad, administración y demás temas competentes. Otorgamiento de Poderes. Representante legal, Grupo A, Grupo B y Grupo C, según detalle de actuaciones. Capital Social: $73.586.000 Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Montt, 11 de octubre de 2024.
Información societaria
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 30 de mayo de 2022, anotada bajo el repertorio Nº 17.046/2022, ante mí, comparecieron, debidamente representados según se indica en escritura extractada, INVERSIONES VIC LIMITADA, rol único tributario número 76.384.370-K, y HUBER EMPRESAS LIMITADA, rol único tributario número 77.450.435-4, en su calidad de únicos accionistas de QHIELO S.A. y QHIELO INMOBILIARIA SpA, quienes, atendida la existencia de un vicio formal en la modificación y constitución de las mismas, en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº19.499 sobre el saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, otorgaron escritura pública de saneamiento, con el objetivo de sanear dicha modificación y constitución conforme a derecho. Escritura de modificación y constitución saneada fue otorgada con fecha 01 de febrero de 2022, repertorio 3.691/2022, en esta misma Notaría. Vicio consiste en inscripción y publicación del extracto de constitución de la Sociedad fuera del plazo legal requerido. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de junio de 2022.
Información societaria
Capital
Capital total
$73.587.760
Capital pagado
$73.587.760
Capital pendiente
$0
Acciones
76.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Huber Empresas Limitada Accionista | - | - | - |
Inversiones VIC Limitada Accionista | - | - | - |
Historia societaria relatada
- Transformación· 31 de enero de 2022
La junta extraordinaria de accionistas acuerda dividir QHielo S.A. y constituir una nueva sociedad por acciones denominada Inmobiliaria QHielo SpA.
Huber Empresas Limitada · Inversiones VIC Limitada
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 1 de febrero de 2022, repertorio Nº 3.691/2022, se redujo a escritura pública ante mi suplente Juan Ignacio San Martín Schröder el acta de la junta extraordinaria de accionistas de QHielo S.A. (la “Sociedad”), celebrada ante mí con fecha 31 de enero de 2022, donde comparecieron Huber Empresas Limitada e Inversiones VIC Limitada, todos domiciliados en Estoril 200, oficina 1024, Comuna de Las Condes, quienes en su calidad de titulares del 100% de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad acordaron lo siguiente: (i) Dividir la Sociedad en dos sociedades, siendo la primera de ellas la continuadora legal de la sociedad dividida, la que conserva su nombre y personalidad jurídica, y constituyéndose una nueva sociedad por acciones al efecto, denominada “Inmobiliaria QHielo SpA”; (ii) Disminuir el capital de la Sociedad, de la suma de $76.000.000, dividido en 76.000.000 acciones nominativas, ordinarias de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de $73.587.760, dividido en las mismas 76.000.000 acciones nominativas, ordinarias de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. La disminución de capital aprobada tiene por objeto reflejar la división y enterar el capital de la nueva sociedad que se constituye producto de la división; (iii) Modificar los estatutos sociales, para efectos de reflejar en ellos el nuevo capital de la Sociedad; (iv) Aprobar los estatutos de “Inmobiliaria QHielo SpA”, sociedad que nace de la división de la Sociedad, de los cuales se extracta: Nombre: Inmobiliaria QHielo SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será la adquisición de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, participaciones sociales o accionarias y cualesquiera otros bienes, y la conservación y administración de estos, con miras a la percepción de sus frutos naturales o civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. Capital: $2.412.240, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado con la parte del capital social de la sociedad dividida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 20 de junio de 2022.
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 76.384.370-K | 76.384.370-K | - | - |
Accionista 77.450.435-4 | 77.450.435-4 | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 30 de enero de 2022
Se otorgó escritura de modificación y constitución saneada de QHIELO S.A. y QHIELO INMOBILIARIA SpA.
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de hoy, anotada bajo el repertorio Nº 17.046/2022, ante mí, comparecieron, debidamente representados según se indica en escritura extractada, INVERSIONES VIC LIMITADA, rol único tributario número 76.384.370-K, y HUBER EMPRESAS LIMITADA, rol único tributario número 77.450.435-4, en su calidad de únicos accionistas de QHIELO S.A. y QHIELO INMOBILIARIA SpA, quienes, atendida la existencia de un vicio formal en la modificación y constitución de las mismas, en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº19.499 sobre el saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, otorgaron escritura pública de saneamiento, con el objetivo de sanear dicha modificación y constitución conforme a derecho. Escritura de modificación y constitución saneada fue otorgada con fecha 30 de enero de 2022, repertorio 3.691/2022, en esta misma Notaría. Vicio consiste en inscripción y publicación del extracto de constitución de la Sociedad fuera del plazo legal requerido. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de mayo de 2022.
Información societaria
Objeto social
El objeto de la sociedad será la adquisición de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, participaciones sociales o accionarias y cualesquiera otros bienes, y la conservación y administración de estos, con miras a la percepción de sus frutos naturales o civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades.
Capital
Capital total
$2.412.240
Capital pagado
$2.412.240
Capital pendiente
$0
Acciones
1000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Huber Empresas Limitada Accionista | - | 50% | - |
Inversiones VIC Limitada Accionista | - | 50% | - |
Historia societaria relatada
- Cambio de capital· 31 de enero de 2022
Se disminuye el capital de la sociedad de $76.000.000 a $73.587.760 para reflejar la división y enterar el capital de la nueva sociedad.
Huber Empresas Limitada · Inversiones VIC Limitada
- Transformación· 31 de enero de 2022
La sociedad se divide, manteniéndose como continuadora legal una de las sociedades resultantes y naciendo Inmobiliaria QHielo SpA como nueva sociedad por acciones.
Huber Empresas Limitada · Inversiones VIC Limitada
Texto oficial del extracto
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 31 de enero de 2022, repertorio Nº 3.691/2022, se redujo a escritura pública ante mí el acta de la junta extraordinaria de accionistas de QHielo S.A. (la “Sociedad”), celebrada ante mí con fecha 31 de enero de 2022, donde comparecieron Huber Empresas Limitada e Inversiones VIC Limitada, todos domiciliados en Estoril 200, oficina 1024, Comuna de Las Condes, quienes en su calidad de titulares del 100% de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad acordaron lo siguiente: (i) Dividir la Sociedad en dos sociedades, siendo la primera de ellas la continuadora legal de la sociedad dividida, la que conserva su nombre y personalidad jurídica, y constituyéndose una nueva sociedad por acciones al efecto, denominada “Inmobiliaria QHielo SpA”; (ii) Disminuir el capital de la Sociedad, de la suma de $76.000.000, dividido en 76.000.000 acciones nominativas, ordinarias de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de $73.587.760, dividido en las mismas 76.000.000 acciones nominativas, ordinarias de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. La disminución de capital aprobada tiene por objeto reflejar la división y enterar el capital de la nueva sociedad que se constituye producto de la división; (iii) Modificar los estatutos sociales, para efectos de reflejar en ellos el nuevo capital de la Sociedad; (iv) Aprobar los estatutos de “Inmobiliaria QHielo SpA”, sociedad que nace de la división de la Sociedad, de los cuales se extracta: Nombre: Inmobiliaria QHielo SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será la adquisición de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, participaciones sociales o accionarias y cualesquiera otros bienes, y la conservación y administración de estos, con miras a la percepción de sus frutos naturales o civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. Capital: $2.412.240, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado con la parte del capital social de la sociedad dividida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 30 de mayo de 2022.
Información societaria
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto: a) producir, fabricar y comercializar hielo; b) fabricar, comercializar, importar y exportar toda clase de materias primas, equipos e instrumentos para la industria del hielo o de cualquier otro tipo; c) comprar, vender y fabricar artículos relacionados con la producción de hielo, o de cualquier otro tipo; d) ejecutar el servicio de carga nacional e internacional, en camiones propios o de terceros; y, e) realizar cualquier otra actividad permitida por la Ley que los accionistas pudieran acordar en el futuro
Capital
Capital total
$76.000.000
Capital pagado
$76.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
76.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 78.066.140-2 | 78.066.140-2 | - | - |
Accionista 76.384.370-K | 76.384.370-K | - | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 1 de enero de 2002
HIELO QUELLÓN LIMITADA consta inscrita en el Registro de Comercio de Puerto Montt en el año 2002.
Texto oficial del extracto
Eduardo Avello Concha, Abogado, Notario Público Titular, 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 6 de agosto de 2018, otorgada ante mí, la sociedad Huber Ingeniería Limitada, rol único tributario N° 78.066.140-2, con domicilio en Ruta 5 Sur kilómetro 1.031, Chinquihue Alto, comuna y ciudad de Puerto Montt y la sociedad Inversiones VIC Limitada, rol único tributario N° 76.384.370-K, con domicilio en Avenida del Cóndor 550, oficina 103, comuna de Huechuraba, ciudad de Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de HIELO QUELLÓN LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 544 número 387 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt correspondiente al año 2002 (la “Sociedad”), acordaron la transformación de la Sociedad de una sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad anónima cerrada, siendo sus menciones extractables las siguientes: 1) Nombre: “QHIELO S.A.” pudiendo también actuar y obligarse válidamente con el nombre de fantasía “Q'HIELO S.A.”; 2) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) producir, fabricar y comercializar hielo; b) fabricar, comercializar, importar y exportar toda clase de materias primas, equipos e instrumentos para la industria del hielo o de cualquier otro tipo; c) comprar, vender y fabricar artículos relacionados con la producción de hielo, o de cualquier otro tipo; d) ejecutar el servicio de carga nacional e internacional, en camiones propios o de terceros; y, e) realizar cualquier otra actividad permitida por la Ley que los accionistas pudieran acordar en el futuro; 3) Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Puerto Montt, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero; 4) Duración: El plazo de duración de la Sociedad será indefinido; y 5) Capital: $76.000.000, dividido en 76.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de septiembre de 2018.
Información societaria
Administradores (4)
Christian Leonardo Martin Huber
Rafael Ernesto Mas Huber
Texto oficial del extracto
EDUARDO AVELLO CONCHA, Abogado, Notario Público de la 27ª Notaría de Santiago, con oficio en Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: Por escritura pública otorgada hoy ante mí, 1) HUBER INGENIERÍA LIMITADA, con domicilio en Ruta 5 Sur kilómetro 1.031, Chinquihue Alto, comuna y ciudad de Puerto Montt; y, 2) INVERSIONES VIC LIMITADA, con domicilio en Avenida del Cóndor 550, oficina 103, comuna de Huechuraba, ciudad de Santiago, modificaron el uso de la razón social y la administración de la sociedad de responsabilidad limitada denominada “HIELO QUELLÓN LIMITADA” (en adelante, la “Sociedad”), inscrita a fojas 544, número 387, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt correspondiente al año 2002. Como consecuencia de lo anterior, se reemplaza la cláusula Cuarta de los estatutos sociales, referente al uso de la razón social y administración de la Sociedad, por la siguiente: “CUARTO: El uso de las razón social y administración de la Sociedad corresponderá a las personas que a continuación se señalan y que para estos efectos han sido divididas en dos grupos: el Grupo A y el Grupo B. El Grupo A está integrado por los apoderados Christian Leonardo Martin Huber y Rafael Ernesto Mas Huber; y el Grupo B está integrado por los apoderados Reinaldo Norbert Martin Huber e Ignacio Martin Tarud. De esta manera, actuando individualmente uno cualquiera de los apoderados del Grupo A o del Grupo B, con las limitaciones especiales indicadas más adelante, en representación de HIELO QUELLÓN LIMITADA y anteponiendo a su firma el nombre de la Sociedad, podrán actuar con las más amplias atribuciones en todo acto o contrato. Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior y sin que la enumeración que sigue sea taxativa, los apoderados quedan especialmente facultados para: Uno) Celebrar contratos de promesa; Dos) Comprar, vender, permutar y, en general, adquirir y enajenar, a cualquier título, toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces o muebles, incluso naves y toda clase de embarcaciones; Tres) Dar y tomar en arrendamiento, administración o concesión, toda clase de bienes, corporales e incorporales, raíces o muebles; Cuatro) Dar y tomar bienes en comodato o en mutuo; Cinco) Dar y recibir dinero y otros bienes en depósito; Seis) Dar y recibir bienes en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general, posponerlas, alzarlas y servirlas; Siete) Dar y recibir en prenda bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás bienes corporales e incorporales, sea en prenda civil, sin desplazamiento, mercantil, bancaria, agraria, industrial, warrants, de cosas muebles, vendidas a plazo y otras especiales, y cancelarlas; Ocho) Celebrar contratos de transporte, de fletamento, de cambio, de correduría y de transacción; Nueve) Celebrar contratos para constituir agentes, representantes, comisionistas, distribuidores, concesionarios, o para constituir a la Sociedad en tales calidades; Diez) Celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, riesgos, plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas, cancelarlas, y aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros; Once) Celebrar contratos de cuentas corrientes mercantiles, imponerse de su movimiento, y aprobar y rechazar saldos; Doce) Celebrar contratos para constituir y/o ingresar en sociedades de cualquier clase u objeto, sean civiles o comerciales, colectivas, anónimas, en comandita, de responsabilidad limitada o de otra especie, constituir o formar parte de comunidades, asociaciones, cuentas en participación, sociedades de hecho u otras, representar a la Sociedad con voz y voto en unas y otras, con facultades para modificarlas, pedir su disolución o terminación, incluso anticipada, expresar su intención de no continuarlas, pedir su liquidación y partición, llevar a cabo una y otra, y, en general, ejercitar y renunciar todas las acciones y derechos, y cumplir todas la obligaciones que a la mandante correspondan como accionista, socia, comunera, gestora, liquidadora, o en cualquier otro carácter en tales sociedades, asociaciones, comunidades y otras; Trece) Celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales, contratar trabajadores, contratar servicios de profesionales y técnicos, y poner término o solicitar la terminación de sus respectivos contratos, representar a la Sociedad ante cualquier autoridad laboral, tributaria o previsional, con todas las facultades requeridas al efecto, pudiendo, entre otras cosas, presentar solicitudes, efectuar declaraciones, pagar impuestos e imposiciones previsionales y otros, dar avisos de término de servicios y comunicar las renuncias de trabajadores y, en general, celebrar todo acto que sea procedente a fin de cumplir con las normas laborales y previsionales vigentes en Chile; Catorce) Convenir y modificar toda clase de pactos y estipulaciones, estén o no contemplados especialmente en las leyes, ya sean de su esencia, de su naturaleza o meramente accidentales; fijar precios, rentas, honorarios, remuneraciones, reajustes, intereses, indemnizaciones, plazos, condiciones, deberes, atribuciones, épocas y formas de pago y de entrega; individualizar bienes, fijar cabidas y deslindes, cobrar y percibir, recibir, entregar, pactar solidaridad e indivisibilidad, tanto activas como pasivas, convenir cláusulas penales y/o multas a favor o en contra de la Sociedad, aceptar u otorgar toda clase de cauciones, sean reales o personales, y toda clase de garantías a favor o en contra de la Sociedad, pactar prohibiciones de enajenar y/o gravar, ejercitar o renunciar acciones, como las de nulidad, rescisión, resolución, evicción y similares, aceptar renuncias de derechos y acciones, rescindir resolver, resciliar, novar, dejar sin efecto, poner término o solicitar la terminación de los contratos, exigir rendición de cuentas, aprobarlas y objetarlas, y, en general, ejercitar todos los derechos y las acciones que correspondan a la Sociedad; Quince) Representar a la Sociedad ante los bancos nacionales y extranjeros, particulares, estatales o mixtos, con las más amplias facultades que pueden necesitarse, darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza, abrir y contratar cuentas corrientes bancarias, de crédito y/o depósitos, depositar, girar y sobregirar en ellas; dar orden de no pago de cheques, retirar talonarios de cheques y cheques sueltos, y cerrar unas y otras, todo ello en moneda nacional o extranjera, aprobar u objetar los saldos de las cuentas corrientes bancarias y de cualquiera otra operación celebrada con bancos; autorizar cargos en cuenta corriente relacionados con comercio exterior; contratar préstamos, sean como créditos simples, créditos documentarios, créditos en cuentas especiales, avances contra aceptación, contratando líneas de crédito, sea en cualquiera otra forma; arrendar cajas de seguridad, abrirlas, cerrarlas y poner término a su arrendamiento; colocar o retirar dineros o valores en moneda nacional o extranjera, en depósito, custodia o garantía, y cancelar los certificados respectivos; contratar acreditivos, en moneda nacional o extranjera, efectuar operaciones de cambios, tomar boletas de garantía, y, en general, efectuar toda clase de operaciones bancarias, en moneda nacional o extranjera; Dieciséis) Representar a la Sociedad en las actuaciones que deban cumplirse ante el Banco Central de Chile y otras autoridades, en relación con la importación o exportación de mercaderías, sean temporales o definitivas. En el ejercicio de este cometido, y sin que la enumeración que sigue sea taxativa, sino enunciativa, podrán presentar y firmar registros de declaraciones de importación y exportación, solicitudes de registros, facturas, informes complementarios, cartas explicativas y toda clase de documentación que fuere exigida por el Banco Central de Chile; tomar boletas bancarias o endosar pólizas de garantía, en los casos en que tales cauciones fueren procedentes y pedir la devolución de dichos documentos, retirar y endosar documentos de embarque; solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales se ha autorizado una determinada operación; firmar en representación de la Sociedad, declaraciones juradas en documentos para importaciones y exportaciones, y, en general, ejecutar todos los actos y realizar todas las actuaciones que fueren conducentes a un adecuado cumplimiento del encargo que se le confiere; Diecisiete) Girar, suscribir, aceptar, reaceptar, renovar, prorrogar, endosar en dominio, cobro o garantía, protestar, descontar, cancelar, transferir, extender y disponer en cualquier forma de cheques, letras de cambio, pagarés, libranzas, vales y demás documentos mercantiles o bancarios, sean nominativos, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera, y ejercitar todas las acciones que a la Sociedad correspondan en relación con tales documentos; Dieciocho) Abrir cuentas de ahorro, reajustables o no, a plazo, a la vista o condicionales en bancos comerciales, en el Banco del Estado de Chile, o en cualquiera otra institución de derecho público o de derecho privado, sea en beneficio de la Sociedad o en el de sus trabajadores, depositar y girar en ellas, imponerse de su movimiento, aceptar o impugnar saldos, y cerrarlas; Diecinueve) Invertir los dineros de la Sociedad, celebrando al efecto y en su representación todos los contratos que sean aptos para ello, con toda clase de personas naturales o jurídicas, de derecho público o de derecho privado. Quedan comprendidos en el ámbito de esta facultad todas las inversiones en bonos hipotecarios, bonos de fomento reajustables, certificados de ahorro reajustables del Banco Central de Chile, pagarés reajustables de la Tesorería General de la República, los demás instrumentos del mercado de capitales y, en general, en cualquier otro sistema de inversión, de mutuo, de ahorro reajustable o no, a corto, mediano o largo plazo, a la vista o condicional que actualmente exista o que pueda establecerse en el futuro. En relación con estas inversiones podrá abrir cuentas, depositar en ellas, retirar en todo o en parte, y en cualquier momento, los dineros de la Sociedad, imponerse de su movimiento y cerrarlas, aceptar cesiones de créditos hipotecarios, capitalizar en todo o en parte y en cualquier tiempo intereses y reajustes, aceptar o impugnar saldos, y liquidar en cualquier momento en todo o en parte tales inversiones; Veinte) Ceder y aceptar cesiones de créditos, sean nominativos, a la orden o al portador, con garantías reales o personales, o sin ellas, y, en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles, valores mobiliarios, efectos públicos y de comercio; Veintiuno) Contratar préstamos, en cualquier forma, con instituciones de crédito y/o fomento y, en general, con cualquiera persona natural o jurídica, de derecho público o de derecho privado; Veintidós) Pagar y, en general extinguir, por cualquier medio las obligaciones de la Sociedad, y cobrar y percibir extrajudicialmente, todo cuanto se adeude a ella, a cualquier título que sea, por cualquiera persona natural o jurídica, de derecho público o privado, incluso al Fisco, servicios o instituciones del Estado, instituciones de previsión social, instituciones fiscales, semifiscales o de administración autónoma, ya sea en dinero o en otra clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, o valores mobiliarios; Veintitrés) Firmar recibos, finiquitos y cancelaciones, y, en general, suscribir, otorgar, firmar, extender, modificar y refrendar toda clase de documentos públicos o privados, pudiendo formular en ellos todas las declaraciones que estime necesarias y convenientes. Veinticuatro) Gravar los bienes de la Sociedad con derechos de uso, usufructo o habitación, y constituir servidumbres activas y pasivas; Veinticinco) Acudir ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, de orden tributario, aduaneras, municipales, que se relacionen con el comercio exterior, judiciales o de cualquier otra clase, y ante cualquiera persona de derecho público o privado, instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma u organismos, con toda clase de presentaciones y declaraciones, incluso obligatorias, modificarlas y desistirse de ellas; Veintiséis) Entregar y recibir de las oficinas de Correos y Telégrafos, Aduanas o empresas estatales o particulares, de transporte terrestre, marítimo o aéreo, toda clase de correspondencia, certificada o no, piezas postales, giros, reembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías y otros, dirigidas o consignadas a la Sociedad o expedidas por ella; Veintisiete) Solicitar para la Sociedad concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto y sobre cualquiera clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles; especialmente solicitar manifestaciones mineras; participar en propuestas y celebrar todos los contratos necesarios para la ejecución de los proyectos adjudicados; Veintiocho) Inscribir propiedad industrial, intelectual, nombres comerciales, marcas comerciales, diseños industriales, modelos de utilidad, nombres de dominio, patentar inventos, deducir oposiciones o solicitar nulidades, y, en general, efectuar todas las tramitaciones y actuaciones que sean procedentes en relación con esta materia; Veintinueve) Representar a la Sociedad en todos los juicios y gestiones judiciales en que ésta tenga interés o pueda llegar a tenerlo, ante cualquier Tribunal Ordinario, especial, arbitral, administrativo o de cualquier naturaleza, así intervenga la Sociedad como demandante, demandada o tercero, de cualquiera especie, hasta la completa ejecución de la sentencia, pudiendo ejercer toda clase de acciones, sean ellas ordinarias, ejecutivas, especiales, de jurisdicción no contenciosa o de cualquiera otra naturaleza. En el ejercicio de este poder judicial, queda facultado para representar a la Sociedad con todas las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial, pudiendo demandar, iniciar cualquiera otra especie de gestiones judiciales, sean de jurisdicción voluntaria o contenciosa, reconvenir, contestar reconvenciones, desistirse en primera instancia de la acción entablada, contestar demandas, aceptar la demanda contraria, renunciar los recursos y los términos legales, absolver posiciones, deferir el juramento decisorio y aceptar su delación, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, prorrogar jurisdicción, intervenir en gestiones de conciliación o avenimiento, aprobar convenios, cobrar y percibir, nombrar abogados patrocinantes y apoderados con todas las facultades que por este instrumento se les confiere, pudiendo delegar este poder y reasumir cuantas veces sea conveniente; y, Treinta) Delegar los poderes propios y conferir mandatos y poderes, generales y especiales, revocar dichos mandatos, poderes y delegaciones, y reasumir. LIMITACIONES ESPECIALES: Los poderes acordados tienen las siguientes limitaciones: Uno) Los apoderados sólo podrán ejercer las facultades señaladas anteriormente, hasta un límite por acto individualmente considerado, de sesenta Unidades de Fomento, moneda de curso legal o su equivalente, a la fecha de celebración del acto o contrato. Para operaciones que superen dicho límite y hasta mil Unidad de Fomento, deberán comparecer dos cualquiera de los apoderados del Grupo A y/o del Grupo B. Para operaciones que excedan de mil Unidades de Fomento, deberán comparecer uno cualquiera de los apoderados del Grupo A, actuando conjuntamente con uno cualquiera de los apoderados del Grupo B; y, Dos) Asimismo, las facultades señaladas en los numerales Dos), Tres), Seis), Siete), Doce) y Treinta) precedentes, cualquiera sea su monto, deberán ser ejercidas por uno cualquiera de los apoderados del Grupo A, actuando conjuntamente con uno cualquiera de los apoderados del Grupo B.”. En todo lo no modificado se mantendrán plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en el pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 8 de mayo de 2017.
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