Sociedad de Responsabilidad Limitada77.804.420-K

Sanchez Montes Sociedad Médica Limitada

MODIFICACIÓN — 5 jul 2017

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2017-07-05Ver PDF (CVE 1235779)

Información societaria

Ltda

Objeto social

La prestación de servicios profesionales en las áreas de la medicina relativa a la atención preventiva, curativa, cirugías y otras de similar naturaleza; actividades de académicas de estudio, investigación y capacitación; así como también realización de inversiones en toda clase de bienes, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; la participación como inversionista o asesora en toda clase de proyectos y el desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; la prestación de servicios de asesoría profesional a personas y empresa en toda clase de materias financieras, económicas y de administración y, en general, la realización de toda clase de estudios y proyectos en la gestión de negocios tengan o no que ver éstos con el área médica

Socios (4)

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos

    Álvaro Sánchez Montes cede el 21% de sus derechos sociales a María José Sánchez Egaña por $1.050.000

    Álvaro Sánchez Montes · María José Sánchez Egaña

  2. Cesión de derechos

    Carmen Gloria Montes Ibáñez cede el 24% de sus derechos sociales a María Mercedes Sánchez Mena por $1.200.000

    Carmen Gloria Montes Ibáñez · María Mercedes Sánchez Mena

  3. Cesión de derechos

    Jacinta Montes Soro cede el 1,5% de sus derechos sociales a María José Sánchez Egaña por $75.000

    Jacinta Montes Soro · María José Sánchez Egaña

Texto oficial del extracto

RENE BENAVENTE CASH, Notario Público Titular de la 45º Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos 797, piso 7, Santiago, certifico que por escritura pública de 22 de Junio de 2017, ante mí, Álvaro Sánchez Montes y Carmen Gloria Montes Ibáñez, ambos domiciliados en Isidora Goyenechea 3477, piso 23, Las Condes; María José Sánchez Egaña, domiciliada en Martín Alonso Pinzón 5020, d. 75, Las Condes; Jacinta Montes Soro, domiciliada en Padre Damián de Veuster 2550, d.52, Vitacura; y, María Mercedes Sánchez Mena, domiciliada en Vitacura 6256, d. 404C, Vitacura, modificación de la sociedad denominada SANCHEZ MONTES SOCIEDAD MÉDICA LIMITADA (Fs. 15864 N° 13041, año 2002), conforme: 1) Alvaro Sanchez Montes vendió 21% del total de derechos sociales a María José Sánchez Egaña, en $1.050.000.- pagados conforme escritura extractada; 2) Carmen Gloria Montes Ibáñez vendió 24% del total de derechos sociales a María Mercedes Sánchez Mena, en $1.200.000.- pagados conforme escritura extractada; y, 3) Jacinta Montes Soro vendió el 1,5% del total de derechos sociales a María José Sánchez Egaña, en $75.000.- pagados conforme escritura extractada. Quedan como únicos socios don Álvaro Sánchez Montes como propietario del 28% de los derechos sociales; doña Carmen Gloria Montes Ibáñez como propietaria del 24% de los derechos sociales; doña María José Sánchez Egaña como propietaria del 24% de los derechos sociales; y, doña María Mercedes Sánchez Mena como propietaria del 24% de los derechos sociales. 4) Asimismo, acordaron modificar el artículo undécimo de los estatutos sociales referente a la distribución de pérdidas y utilidades, reemplazándolo por el siguiente: "ARTÍCULO UNDÉCIMO: Las utilidades y pérdidas de la sociedad se distribuirán entre los socios a prorrata de sus respectivas participaciones. Los repartos se efectuarán en la oportunidad que los socios determinen de común acuerdo. Los socios podrán efectuar retiros como anticipos a cuenta de futuras utilidades siempre que no existan pérdidas acumuladas y las disponibilidades de la caja social así lo permitan. Los retiros se efectuarán en proporción a los aportes. Asimismo los socios de común acuerdo podrán estipular no distribuir, total o parcialmente, las utilidades y en tal caso constituir fondos de reservas. Si no existiere acuerdo respecto del monto de las utilidades a repartir, se distribuirá el treinta por ciento de la utilidad líquida anual". 5) Por último, se acordó modificar el objeto o giro de la sociedad reemplazando el artículo segundo por el siguiente: "ARTÍCULO SEGUNDO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales en las áreas de la medicina relativa a la atención preventiva, curativa, cirugías y otras de similar naturaleza; actividades de académicas de estudio, investigación y capacitación; así como también realización de inversiones en toda clase de bienes, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; la participación como inversionista o asesora en toda clase de proyectos y el desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; la prestación de servicios de asesoría profesional a personas y empresa en toda clase de materias financieras, económicas y de administración y, en general, la realización de toda clase de estudios y proyectos en la gestión de negocios tengan o no que ver éstos con el área médica". Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 28 de Junio de 2017. René Benavente Cash, Notario Público.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    SANCHEZ MONTES SOCIEDAD MÉDICA LIMITADA

    CVE 1235779

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)