有限責任公司77.773.183-1

Gestora Inmobiliaria Mac Limitada

CONSTITUCIÓN — 2022年9月10日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2022-09-10查看 PDF(CVE 2186149)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 5 años
管理方式: Corresponderá, exclusivamente, al socio señor Cristóbal Andrés Brenner Léniz.

公司目的

La promoción, la compraventa, el arrendamiento y/o la distribución en el país y/o en el extranjero de toda clase de bienes inmuebles y/o derechos sobre inmuebles; las inversiones, en el país o en el extranjero en toda clase de inmuebles y/o derechos sobre inmuebles, derechos, acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, títulos, efectos de comercio, muebles y sobre cualesquiera otros valores o documentos mercantiles, sean ellos de oferta pública o privada, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, limitadas, colectivas, anónimas y por acciones, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, nacionales y/o internacionales, pudiendo comprar, vender, permutar o conservar tales inversiones y percibir e invertir los frutos de las mismas; la promoción del desarrollo, en el país o en el extranjero, de proyectos de inversión en sus formas más amplias, en especial, adquiriendo, enajenando y explotando toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, construir en ellos, arrendarlos, o en general, explotarlos a cualquier otro título; la administración en las inversiones, proyectos y actividades antes señaladas y percibir sus frutos o rentas; y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean conducentes a la consecución de los fines sociales, y además, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que no comprendidos en el objeto social descrito los socios convengan por unanimidad cumplir y/o celebrar, tanto en el país como en el extranjero.

資本

總資本

$400.000.000

實繳資本

$400.000.000

待繳資本

$0

股東(3)

姓名持股比例

Cristóbal Andrés Brenner Léniz

Socio

92%

María Francisca Vergara Hazbún

Socio

4%

Cuboks SpA

Socio

4%

管理人(1)

摘要官方正文

Gloria Ortiz Carmona, abogado, Notario Público de la Vigésimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Amunátegui 361, local 6, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública otorgada el día de hoy, 1 de septiembre de 2022, don CRISTOBAL ANDRES BRENNER LÉNIZ, doña MARIA FRANCISCA VERGARA HAZBUN y CUBOKS SpA, representada convencionalmente por don Cristóbal Andrés Brenner Léniz; todos domiciliados en calle Paul Harris número diez mil veintitrés, comuna Las Condes, Provincia de Santiago, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos son del siguiente tenor: RAZÓN SOCIAL: “GESTORA INMOBILIARIA MAC LIMITADA”, nombre de fantasía "GESTORA MAC LIMITADA." OBJETO: El objeto de la Sociedad es: a) La promoción, la compraventa, el arrendamiento y/o la distribución en el país y/o en el extranjero —por cuenta propia o ajena y al por mayor como al detalle—de toda clase de bienes inmuebles y/o derechos sobre inmuebles; b) Las inversiones, en el país o en el extranjero —por cuenta ajena— en toda clase de inmuebles y/o derechos sobre inmuebles, derechos, acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, títulos, efectos de comercio, muebles y sobre cualesquiera otros valores o documentos mercantiles, sean ellos de oferta pública o privada, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, limitadas, colectivas, anónimas y por acciones, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, nacionales y/o internacionales, pudiendo al efecto —exclusivamente por encargo de terceros— comprar, vender, permutar o conservar tales inversiones y percibir e invertir —por mandato y encargo de terceros— los frutos de las mismas; c) La promoción del desarrollo, en el país o en el extranjero, de proyectos de inversión en sus formas más amplias, en especial, adquiriendo, enajenando y explotando —exclusivamente para terceros— toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, construir en ellos, arrendarlos, o en general, explotarlos a cualquier otro título; d) La administración en las inversiones, proyectos y actividades antes señaladas y percibir —exclusivamente por encargo de terceros— sus frutos o rentas; y, e) Ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean conducentes a la consecución de los fines sociales; y además, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que —no comprendidos en el objeto social descrito— los socios convengan por unanimidad cumplir y/o celebrar, tanto en el país como en el extranjero. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá, exclusivamente, al socio señor Cristóbal Andrés Brenner Léniz. CAPITAL: Es la suma de $400.000.000, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: (1) socio Cristóbal Andrés Brenner Léniz, aporta en dominio el siguiente inmueble consistente en la propiedad ubicada en calle Del Monje N° 10.564, que corresponde al sitio N° 4 del plano del loteo del inmueble que es parte del predio rústico denominado “Hijuela La Represa”, que forma parte de la Hijuela Tercera de La Dehesa, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana y que los socios —de consuno— tasan y valoran en la suma de $368.000.000.- (2) La socia doña María Francisca Vergara Hazbún, aporta la suma $16.000.000, en este acto y en dinero efectivo, que ingresa a la Caja Social; y (3) La socia Cuboks SpA, aporta la suma $16.000.000, en este acto y en dinero efectivo, que ingresa a la Caja Social; DOMICILIO: Es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer domicilios especiales como también crear agencias o sucursales en otros puntos del país y/o en el extranjero. DURACIÓN: 5 años a contar de la fecha de la presente escritura pública. Este plazo se entenderá prorrogado automática y sucesivamente por períodos iguales de 1 año cada uno, salvo que alguno de los socios, manifieste su voluntad contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio de Santiago, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo respectivo que esté en vigencia. En todo caso, la unanimidad de los socios podrá acordar y convenir la inmediata disolución de la Sociedad, en razón de su soberano arbitrio. Socios limitan responsabilidad hasta monto de sus aportes. Demás cláusulas en escritura extractada. Santiago, 1 de septiembre, 2022.

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