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Sociedad de Responsabilidad Limitada77.770.020-0

Constructora E Inmobiliaria Valle Oriente Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 13 mar 2024

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2024-03-13Ver PDF (CVE 2465833)

Información societaria

Ltda
Administración: El uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia doña Daniela Natalia Lagos Quiñones, con limitación para vender, permutar, ceder, aportar, dar en pago y enajenar ciertos bienes sin intervención de los otros dos socios.

Capital

Capital total

$50.000.000

Socios (4)

Administradores (1)

Representantes ante el SII (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 22 de mayo de 2002

    Constitución de CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA.

    Selim Parra Fuentealba

  2. Otro acto· 24 de junio de 2005

    Modificación de la sociedad.

    Selim Parra Fuentealba

  3. Otro acto· 11 de diciembre de 2013

    Modificación de la sociedad.

    Luis Ernesto Blanco Medina · Selim Parra Fuentealba

  4. Otro acto· 25 de marzo de 2021

    Modificación de la sociedad.

    Juan Mauricio Araneda Medina

  5. Otro acto· 22 de febrero de 2022

    Saneamiento de la sociedad.

    Juan Mauricio Araneda Medina

Texto oficial del extracto

JESSICA LORENA AGUILERA TAPIA, Abogada, Notario público de la 4ta Notaria de Los Ángeles, suplente del titular don JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, con domicilio en Caupolicán número 355, Los Ángeles, certifico: Por escritura de fecha 08 de marzo del año 2024, Rep. 1212-2024, otorgada ante mí: RICARDO HERNÁN LAGOS JARAMILLO, con domicilio en calle Juan Goytisolo número 778, Los Ángeles; DANIELA NATALIA LAGOS QUIÑONES, con domicilio en Condominio Parque Nativo, Pasaje Thomas Somercales, casa 126, Los Ángeles; PABLO HERNÁN LAGOS QUIÑONES, con domicilio en Camino a Antuco, Km 2.7, recreo Lote 18, comuna y cuidad de Los Ángeles, y don RICARDO ANDRÉS LAGOS QUIÑONES, con domicilio Camino antiguo Traiguén - Victoria, Km 1.5, Traiguén, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA”, con nombre de fantasía “Valle Oriente Ltda.”, constituida por escritura pública de fecha 22 de mayo de 2002, ante el Notario Público de Los Ángeles, don Selim Parra Fuentealba, RUT 77.770.020-0, cuyo extracto se inscribió a fojas 268, N° 162 del Registro de Comercio del año 2002 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles y publicada en D.O. fecha 13 de junio de 2002, edición 37.282; su modificación de fecha 24 de junio de 2005, por escritura pública otorgada ante Notario de Los Ángeles don Selim Parra Fuentealba, inscrita a fojas 441, N° 251 del Registro de Comercio del año 2005 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, publicada en el D.O. el 11 de julio de 2005, Edición N° 38.207; su modificación de fecha 11 de diciembre de 2013, por escritura pública otorgada ante Notario de Los Ángeles don Luis Ernesto Blanco Medina suplente del titular don Selim Parra Fuentealba, inscrita a fojas 1465, N° 967 del Registro de Comercio del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces Los Ángeles, publicada en el D.O. el 19 de diciembre de 2013, Edición N° 40.736; su modificación de fecha 25 de marzo de 2021, por escritura pública otorgada ante Notario de Los Ángeles don Juan Mauricio Araneda Medina, inscrita a fojas 313, N° 165 del Registro de Comercio del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, publicada en el D.O. el 6 de abril de 2021, Edición N° 42.922, y su saneamiento por escritura pública otorgada ante Notario de Los Ángeles don Juan Mauricio Araneda Medina, inscrita a fojas 174, N° 98 del Registro de Comercio del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, publicada en el D.O. el 2 de marzo de 2022, Edición N° 43.192, en el siguiente sentido: A) Don Ricardo Hernán Lagos Jaramillo, vende, cede y transfiere el 8,35% de sus acciones y derechos en la sociedad “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA” a don Pablo Hernán Lagos Quiñones, quien compra y adquiere para sí. Precio cesión $3.350.000, pagaderos en este acto y en dinero en efectivo en la forma señalada en escritura extractada. B) Don Ricardo Hernán Lagos Jaramillo, vende, cede y transfiere el 8,35% de sus acciones y derechos en la sociedad “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA” a don Ricardo Andrés Lagos Quiñones, quien compra y adquiere para sí. Precio cesión $3.350.000, pagaderos en este acto y en dinero en efectivo en la forma señalada en escritura extractada. C) Don Ricardo Hernán Lagos Jaramillo vende, cede y transfiere el 8,3% de sus acciones y derechos en la sociedad “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA” a doña Daniela Natalia Lagos Quiñones, quien compra y adquiere para sí. Precio cesión $3.000.000, pagaderos en este acto y en dinero en efectivo en la forma señalada en escritura extractada. En consecuencia, la sociedad queda constituida exclusivamente por los socios Ricardo Andrés Lagos Quiñones con un 33,35% del haber social, Pablo Hernán Lagos Quiñones con un 33,35% del haber social, y Daniela Natalia Lagos Quiñones con un 33,3% del haber social. Los socios Ricardo Hernán Lagos Quiñones, Pablo Hernán Lagos Quiñones y Daniela Natalia Lagos Quiñones, modifican el pacto social, en los siguientes sentido: A) ADMINISTRACIÓN: Que se modifica el tenor de la cláusula séptima establecida en el pacto social originario de fecha 22 de mayo de 2002, por el siguiente: “SEPTIMO: DE LA ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: El uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia doña DANIELA NATALIA LAGOS QUIÑONES, la que actuando a nombre de la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, con las mismas facultades señaladas en el pacto social otorgado por escritura pública de fecha 22 de mayo de 2002 ante el Notario Público de Los Ángeles, don Selim Parra Fuentealba, repertorio N° 2622-2002 y sus modificaciones de fecha 24 de junio de junio del año 2005, otorgada por escritura pública ante el Notario Público de Los Ángeles, don Selim Parra Fuentealba, repertorio N° 2879-05, y de fecha 11 de diciembre de 2013, otorgada por escritura pública ante el Notario Público de Los Ángeles, don Luis Ernesto Blanco Medina, suplente del titular don Selim Parra Fuentealba, repertorio 9123-2013; de fecha 25 de marzo de 2021, otorgada por escritura pública ante el Notario Público de Los Ángeles, don Juan Mauricio Araneda Medina, repertorio N° 1442-2021, y de fecha 22 de febrero del año 2022, otorgada por escritura pública ante el Notario Público de Los Ángeles, don Juan Mauricio Araneda Medina, repertorio N° 821-2022, con la sola limitación que para vender, permutar, ceder, aportar, dar en pago y enajenar toda clase de bienes raíces y muebles, créditos, acciones, bonos y demás valores mobiliarios, requerirá la intervención de los otros dos socios”. B) PACTO DE CONTINUIDAD: Que se modifica el tenor de la cláusula décimo segundo establecida en el pacto social originario de fecha 22 de mayo de 2002, por el siguiente: “DECIMO SEGUNDO: DEL PACTO DE CONTINUIDAD: En caso de interdicción, insolvencia o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los socios, la sociedad continuara con el socio no inhabilitado y con el representante del socio incapacitado, que no tendrá facultades de administración. En caso de fallecimiento de uno de los socios, la sociedad continuara con los herederos del fallecido, los cuales nombraran un representante común. En caso de fallecer la socia administradora, la administración continuará con los socios don PABLO HERNÁN LAGOS QUIÑONES y don RICARDO ANDRÉS LAGOS QUIÑONES, quienes actuando conjuntamente gozarán de las facultades contenidas en la cláusula séptima de la escritura de constitución social de fecha 22 de mayo de 2002 ante el Notario Público de Los Ángeles, don Selim Parra Fuentealba, repertorio 2622-2002, y sus modificaciones de fecha 24 de junio de junio del año 2005, otorgada por escritura pública ante el Notario Público de Los Ángeles, don Selim Parra Fuentealba, repertorio N° 2879-05; de fecha 11 de diciembre de 2013, otorgada por escritura pública ante el Notario Público de Los Ángeles, don Luis Ernesto Blanco Medina, suplente del titular don Selim Parra Fuentealba, repertorio N° 9123-2013; de fecha veinticinco de marzo de dos mil veintiuno, otorgada por escritura pública ante el Notario Público de Los Ángeles, don Juan Mauricio Araneda Medina, repertorio N° 1442-2021, y de fecha 22 de febrero del año 2022, otorgada por escritura pública ante el Notario Público de Los Ángeles, don Juan Mauricio Araneda Medina, repertorio N° 821-2022”. C) PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y PACTO DE CESIÓN PREFERENTE: Que se incorpora la cláusula décimo segundo bis al pacto social originario de fecha 22 de mayo de 2002, en el siguiente sentido: “DECIMO SEGUNDO BIS: PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y PACTO DE CESIÓN PREFERENTE: Se les prohíbe a los socios ceder a cualquier título su interés en la sociedad sin el consentimiento expreso del resto de los interesados en la sociedad. En el evento que algún socio quisiera vender o enajenar a cualquier título el todo o parte de sus derechos sociales, estará obligado a ofrecerlas al resto de los socios, quienes tendrán el derecho preferencial de adquirirlas, en las condiciones que se convengan y, en ausencia de convención, por partes iguales, o en caso de existir alguna oferta de compra de un tercero en igualdad de condiciones con dicho interesado. Para los efectos anteriores el socio que deseare vender todo o parte de sus derechos sociales, deberá notificar de este hecho por escrito al o los representantes de la sociedad, o si fuere uno de los socios representante deberá hacerlo al otro, indicando el precio y condiciones a que está dispuesto a vender sus derechos sociales. En caso de tener una oferta de terceros, deberá individualizar al interesado y proporcionar toda otra información relevante que le solicite el o los representantes sea sobre la persona del tercero con interés en adquirir su participación accionaria, sea en relación a las condiciones de la enajenación como precio, plazo de pago, entre otros. Recibida por el representante social esta proposición, deberá comunicarla por escrito a todos los socios de la sociedad, indicándoles también, las condiciones de la eventual compra, todo ello en el plazo de 5 días hábiles contados desde que se reciba la proposición. Los socios tendrán el plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción de la comunicación del o los representantes, para responder a ella, indicando si están dispuestos a adquirir todas las acciones ofrecidas en las condiciones previstas y en la proporción de acciones que ellos tendrán en el total de las acciones de la sociedad. Si así no lo hiciere, se entenderá que renuncian al ejercicio de este derecho que se les otorga. Una vez que él o los representantes reciban la respuesta de los socios o haya vencido el plazo para hacerlo, pondrá en conocimiento del socio vendedor dichas ofertas, para los efectos de formalizar dentro del plazo máximo de 15 días hábiles la operación que se trate. En el caso que hubieren varios socios interesados en la adquisición de los derechos, en igualdad de condiciones, estas se distribuirán de forma proporcional. En el caso que no sea adquirido el total de los derechos ofrecidos por los demás socios, el socio oferente solo podrá, dentro de 45 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para formular ofertas, venderlos a terceros, sea al precio que el socio las ofreciera, o al precio que a él le habría sido ofrecido por un tercero, u otro distinto”. Capital social vigente: $50.000.000. Las modificaciones empiezan a regir desde esta misma fecha. En todo lo no modificado por la presente escritura regirá plenamente el pacto social original y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Ángeles, 11 de Marzo de 2024.

ModificaciónDiario Oficial · 2022-03-02Ver PDF (CVE 2094210)

Información societaria

Ltda
Administración: Cláusula séptima, relativa a la administración y uso de la razón social

Capital

Capital total

$50.000.000

Representación legal (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 22 de mayo de 2002

    Constitución de Constructora e Inmobiliaria Valle Oriente y Compañía Limitada.

  2. Otro acto· 24 de junio de 2005

    Modificación societaria de la sociedad.

  3. Otro acto· 11 de diciembre de 2013

    Modificación societaria de la sociedad.

  4. Cambio de nombre· 25 de marzo de 2021

    Se sanea y corrige el extracto de la modificación publicada en 2021, rectificando el apellido materno de Ricardo Hernán Lagos Jaramillo.

    Ricardo Hernán Lagos Jaramillo

Texto oficial del extracto

JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público Titular Cuarta Notaria Los Ángeles, Caupolicán N° 355, certificó: Que por escritura pública, Rep. 821-2022, hoy ante mí: JOSÉ FRANCISCO JAVIER CISTERNAS TAPIA, abogado, C.I 16.153.476-5, con domicilio en calle Aníbal Pinto número 265, Concepción, en representación de RICARDO HERNÁN LAGOS JARAMILLO, con domicilio en calle Juan Goytisolo número 778, Los Ángeles; DANIELA NATALIA LAGOS QUIÑONES, con domicilio en Condominio Parque Nativo, Pasaje Thomas Somercales, casa 126, Los Ángeles; PABLO HERNÁN LAGOS QUIÑONES, con domicilio en Camino a Antuco, Km 2.7, recreo Lote 18, comuna y cuidad de Los Ángeles, y RICARDO ANDRÉS LAGOS QUIÑONES, con domicilio Camino antiguo Traiguén - Victoria, Km 1.5, Traiguén, viene en sanear extracto de sociedad de responsabilidad limitada denominada “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA”, con nombre de fantasía “Valle Oriente Ltda.”, constituida por escritura pública de fecha 22 de mayo de 2002, ante el Notario Público de Los Ángeles, don Selim Parra Fuentealba, RUT 77.770.020-0, Capital: $50.000.000, cuyo extracto se inscribió a fojas 268, N° 162 del Registro de Comercio del año 2002 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles y publicada en D.O. fecha 13 de junio de 2002, edición 37.282; su modificación de fecha 24 de junio de 2005, por escritura pública otorgada ante Notario de Los Ángeles don Selim Parra Fuentealba, inscrita a fojas 441, N° 251 del Registro de Comercio del año 2005 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, publicada en el D.O. el 11 de julio de 2005, Edición N° 38.207; su modificación de fecha 11 de diciembre de 2013, por escritura pública otorgada ante Notario de Los Ángeles don Luis Ernesto Blanco Medina suplente del titular don Selim Parra Fuentealba, inscrita a fojas 1465, N° 967 del Registro de Comercio del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces Los Ángeles, publicada en el D.O. el 19 de diciembre de 2013, Edición N° 40.736, y su modificación de fecha 25 de marzo de 2021, por escritura pública otorgada ante Notario de Los Ángeles don Juan Mauricio Araneda Medina, inscrita a fojas 313, N° 165 del Registro de Comercio del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, publicada en el D.O. el 6 de abril de 2021, Edición N° 42.922, en el siguiente sentido: Que, por un error en el apellido materno del socio “Ricardo Hernán Lagos Jaramillo”, consignado en el extracto inscrito a fojas 313, N° 165 del Registro de Comercio del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, y publicado en el D.O. el 6 de abril de 2021, Edición N° 42.922 y de conformidad a la ley N° 19.499, se corrige dicho extracto en el siguiente sentido: A) La sociedad queda constituida exclusivamente por los socios Ricardo Hernán Lagos Jaramillo con un 25% del haber social, Daniela Natalia Lagos Quiñones con un 25% del haber social, Pablo Hernán Lagos Quiñones con un 25% del haber social, y Ricardo Andrés Lagos Quiñones con un 25% del haber social. B) Los socios Ricardo Hernán Lagos Jaramillo, Daniela Natalia Lagos Quiñones, Pablo Hernán Lagos Quiñones, y Ricardo Andrés Lagos Quiñones, modifican el pacto social en clausula séptima relativa a la administración y uso de la razón social. En todo lo no modificado por la presente escritura regirá plenamente el pacto social original y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Ángeles, 22 de Febrero de 2022.-

ModificaciónDiario Oficial · 2021-04-06Ver PDF (CVE 1922004)

Información societaria

Ltda
Los Ángeles, Biobío
Administración: El uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio RICARDO HERNÁN LAGOS JARAMILLO, con facultades amplias; en caso de fallecimiento del administrador, asumirá DANIELA NATALIA LAGOS QUIÑONES.

Capital

Capital total

$50.000.000

Administradores (2)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 22 de mayo de 2002

    Constitución de Constructora e Inmobiliaria Valle Oriente y Compañía Limitada.

    CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA

  2. Otro acto· 24 de junio de 2005

    Se efectúa una modificación societaria previa de la sociedad.

    CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA

  3. Otro acto· 11 de diciembre de 2013

    Se efectúa una modificación societaria previa de la sociedad.

    CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA

  4. Cesión de derechos· 25 de marzo de 2021

    Carlos Alberto Lagos Jaramillo cede 25% de sus derechos a Pablo Hernán Lagos Quiñones.

    CARLOS ALBERTO LAGOS JARAMILLO · PABLO HERNÁN LAGOS QUIÑONES

  5. Cesión de derechos· 25 de marzo de 2021

    Carlos Alberto Lagos Jaramillo cede 25% de sus derechos a Ricardo Andrés Lagos Quiñones.

    CARLOS ALBERTO LAGOS JARAMILLO · RICARDO ANDRÉS LAGOS QUIÑONES

  6. Cesión de derechos· 25 de marzo de 2021

    Ricardo Hernán Lagos Jaramillo cede 25% de sus derechos a Daniela Natalia Lagos Quiñones.

    RICARDO HERNÁN LAGOS JARAMILLO · DANIELA NATALIA LAGOS QUIÑONES

Texto oficial del extracto

JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaria de Los Ángeles, oficio Calle Caupolicán 355, Los Angeles, certifica: Por escritura pública, Rep. 1442-2021, hoy ante mí: RICARDO HERNÁN LAGOS JARAMILLO, con domicilio en calle Juan Goytisolo número 778, Los Ángeles; CARLOS ALBERTO LAGOS JARAMILLO, con domicilio en Avenida Las Industrias, Km 511, Los Ángeles; DANIELA NATALIA LAGOS QUIÑONES, con domicilio en Condominio Parque Nativo, Pasaje Thomas Somercales, casa 126, Los Ángeles; PABLO HERNÁN LAGOS QUIÑONES, con domicilio en Camino a Antuco, Km 2.7, recreo Lote 18, comuna y cuidad de Los Ángeles, y don RICARDO ANDRÉS LAGOS QUIÑONES, con domicilio Camino antiguo Traiguén - Victoria, Km 1.5, Traiguén, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA”, con nombre de fantasía “Valle Oriente Ltda.”, constituida por escritura pública de fecha 22 de mayo de 2002, ante el Notario Público de Los Ángeles, don Selim Parra Fuentealba, RUT 77.770.020-0, cuyo extracto se inscribió a fojas 268, N° 162 del Registro de Comercio del año 2002 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles y publicada en D.O. fecha 13 de junio de 2002, edición 37.282, su modificación de fecha 24 de junio de 2005, por escritura pública otorgada ante Notario de Los Ángeles don Selim Parra Fuentealba, inscrita a fojas 441, N° 251 del Registro de Comercio del año 2005 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, publicada en el D.O. el 11 de julio de 2005, Edición N° 38.207, y su modificación de fecha 11 de diciembre de 2013, por escritura pública otorgada ante Notario de Los Ángeles don Luis Ernesto Blanco Medina suplente del titular don Selim Parra Fuentealba, inscrita a fojas 1465, N° 967 del Registro de Comercio del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces Los Ángeles, publicada en el D.O. el 19 de diciembre de 2013, Edición N° 40.736, en el siguiente sentido: A) Don Carlos Alberto Lagos Jaramillo, vende, cede y transfiere el 25% de sus acciones y derechos en la sociedad “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA” a don Pablo Hernán Lagos Quiñones, quien compra y adquiere para sí. Precio cesión $10.000.000, pagaderos en 40 cuotas, en la forma señalada en escritura extractada. B) Don Carlos Alberto Lagos Jaramillo, vende, cede y transfiere el 25% de sus acciones y derechos en la sociedad “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA” a don Ricardo Andrés Lagos Quiñones, quien compra y adquiere para sí. Precio cesión $10.000.000, pagaderos en 10 cuotas, en la forma señalada en escritura extractada. C) Don Ricardo Hernán Lagos Jaramillo vende, cede y transfiere el 25% de sus acciones y derechos en la sociedad “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA” a doña Daniela Natalia Lagos Quiñones, quien compra y adquiere para sí. Precio cesión $10.000.000, pagaderos en 10 cuotas, en la forma señalada en escritura extractada. En consecuencia, la sociedad queda constituida exclusivamente por los socios Ricardo Hernán Lagos Quiñones con un 25% del haber social, Daniela Natalia Lagos Quiñones con un 25% del haber social, Pablo Hernán Lagos Quiñones con un 25% del haber social, y Ricardo Andrés Lagos Quiñones con un 25% del haber social. Los socios Ricardo Hernán Lagos Quiñones, Daniela Natalia Lagos Quiñones, Pablo Hernán Lagos Quiñones, y Ricardo Andrés Lagos Quiñones, modifican el pacto social en clausula séptima relativa a la administración y uso de la razón social, por el siguiente: “El uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don RICARDO HERNÁN LAGOS JARAMILLO, el que actuando a nombre de la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, con las mismas facultades señaladas en el pacto social otorgado por escritura pública de fecha 22 de mayo de 2002 ante el Notario Público de Los Ángeles, don Selim Parra Fuentealba, repertorio 2622-2002 y sus modificaciones de fecha 24 de junio de junio del año 2005, otorgada por escritura pública ante el Notario Público de Los Ángeles, don Selim Parra Fuentealba, repertorio número 2879-5, y de fecha 11 de diciembre de 2013, otorgada por escritura pública ante el Notario Público de Los Ángeles, don Luis Ernesto Blanco Medina, suplente del titular don Selim Parra Fuentealba, repertorio 9123-2013. En caso de fallecimiento del administrador, todas las facultades de administración y el uso de la razón social y del nombre de fantasía serán asumidas por la socia doña DANIELA NATALIA LAGOS QUIÑONES”. Capital social vigente: $50.000.000. Las modificaciones empiezan a regir desde esta misma fecha. En todo lo no modificado por la presente escritura regirá plenamente el pacto social original y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Los Ángeles, 25 de Marzo de 2021.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2465833

  2. MODIFICACIÓN

    CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2094210

  3. MODIFICACIÓN

    CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA VALLE ORIENTE Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 1922004

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)