Société à responsabilité limitée77.751.734-1

Inversiones Barrios Y Castro Limitada

CONSTITUCIÓN — 10 avr. 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-04-10Voir le PDF (CVE 2297534)

Informations sociétaires

Ltda
Temuco, Araucanía
Durée: 3 años
Administration: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don HERNÁN RODRIGO BARRIOS GONZÁLEZ, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales.

Objet social

El objeto especifico de la sociedad será el de ferretería, esto es, la compra, venta, arrendamiento, representación, distribución, consignación, intermediación, importación y exportación de toda clase de máquinas, herramientas, artefactos para la industria y domésticos, motores, instrumentos de precisión y otros, repuestos y accesorios, maderas, aceros, fierros, plásticos, pinturas y otros elementos para la construcción, reparación o mantenimiento de casas, edificios, locales y predios agrícolas, productos químicos, menaje y otros para el hogar, artefactos y elementos mecánicos, eléctricos y electrónicos; artículos de pesca, caza, camping y similares y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, tenga cualquier relación con tales objetos; asimismo, podrá realizar toda clase de inversiones, esto es, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas y la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales e incorporales, y, muy particularmente, la inversión en toda clase de bienes raíces, agrícolas y/o no agrícolas, como asimismo, la inversión en bonos, debentures, créditos, efectos de comercio, fondos mutuos, fondos de inversión y depósitos a plazo, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Associés (2)

NomParticipation

HERNÁN RODRIGO BARRIOS GONZÁLEZ

Socio

14.xxx.xxx-1

50%

ERIKA CECILIA CASTRO INOSTROZA

Socio

13.xxx.xxx-3

50%

Administrateurs (1)

HERNÁN RODRIGO BARRIOS GONZÁLEZ

14.xxx.xxx-1Administrador

Texte officiel de l’extrait

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifico: Por escritura pública, repertorio Nº1186-2023 de hoy ante mí, don HERNÁN RODRIGO BARRIOS GONZÁLEZ, chileno, casado con participación en los gananciales, ingeniero en ejecución forestal, C.I N°14.481.356-1, domiciliado en Camilo Henríquez N°515, de la comuna de Villarrica; y doña ERIKA CECILIA CASTRO ESPINOZA, chilena, casada con participación en los gananciales, Diseñadora, C.I. N° 13.961.980-3, domiciliada en calle Pedro Montt N°365 de la comuna de Villarrica, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: El nombre o razón social será INVERSIONES BARRIOS Y CASTRO LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de FERRETERÍA MATINO LTDA. Objeto: El objeto especifico de la sociedad será el de ferretería, esto es, la compra, venta, arrendamiento, representación, distribución, consignación, intermediación, importación y exportación de toda clase de máquinas, herramientas, artefactos para la industria y domésticos, motores, instrumentos de precisión y otros, repuestos y accesorios, maderas, aceros, fierros, plásticos, pinturas y otros elementos para la construcción, reparación o mantenimiento de casas, edificios, locales y predios agrícolas, productos químicos, menaje y otros para el hogar, artefactos y elementos mecánicos, eléctricos y electrónicos; artículos de pesca, caza, camping y similares y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, tenga cualquier relación con tales objetos; asimismo, podrá realizar toda clase de inversiones, esto es, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas y la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales e incorporales, y, muy particularmente, la inversión en toda clase de bienes raíces, agrícolas y/o no agrícolas, como asimismo, la inversión en bonos, debentures, créditos, efectos de comercio, fondos mutuos, fondos de inversión y depósitos a plazo, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna de Temuco, sin perjuicio de que podrá abrir sucursales, agencias y/o representaciones en cualquier lugar del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de 3 años contados desde la fecha de escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000 que los socios aportan y enteran en la forma siguiente: 1.- don HERNÁN RODRIGO BARRIOS GONZÁLEZ, aporta la suma de $500.000, equivalentes al 50%, que pagó al contado y en dinero efectivo, ingresando a las arcas de la sociedad; y 2.- doña ERIKA CECILIA CASTRO INOSTROZA, aporta la suma $500.000, equivalentes al 50% del capital social, que pagó al contado y en dinero efectivo, ingresando a las arcas de la sociedad. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don HERNÁN RODRIGO BARRIOS GONZÁLEZ, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Villarrica 28 de marzo de 2023.

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