Sociedad Agricola San Gerardo Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Historia societaria relatada
- Otro acto· 21 de julio de 2017
Se otorgó escritura pública de modificación social de Sociedad Agrícola San Gerardo Limitada.
MARIO JOSE MANUEL SANTA MARIA DEL VALLE · LORETO DEL PILAR SANTA MARIA DEL VALLE · FERNANDA ISIDORA SANTA MARIA DEL VALLE · VICTOR MANUEL GREGORIO SANTA MARIA DEL VALLE
Texto oficial del extracto
CESAR RICARDO SANCHEZ GARCIA, Notario de Santiago, Suplente del Titular Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, Bandera 341, Of. 352, certifica que por escritura pública de 21 de Noviembre de 2017, ante mí, MARIO JOSE MANUEL SANTA MARIA DEL VALLE Avda. Ecuador 1280, Comuna de Romeral; LORETO DEL PILAR SANTA MARIA DEL VALLE, Brasil 433, Comuna de Romeral; FERNANDA ISIDORA SANTA MARIA DEL VALLE, Huerto Quete Quete sin número, Comuna de Curicó; y VICTOR MANUEL GREGORIO SANTA MARIA DEL VALLE, Huerto La Fortuna Lote B, Comuna de Sagrada Familia, todos anteriores Región del Maule, sanearon de común acuerdo, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo Tercero Ley 19.499, la escritura pública de modificación social de SOCIEDAD AGRICOLA SAN GERARDO LIMITADA, Rut 77.750.270-0, de 21 de Julio 2017, esta Notaría, Repertorio 16.514, en atención a que el extracto de dicha escritura pública se inscribió oportunamente en el Diario Oficial de fecha 9 de Septiembre 2017, no habiéndose el mismo inscrito en el Registro de Comercio de Curicó dentro del plazo legal, ratificándose en todas sus partes, todas y cada una de las estipulaciones contenidas en la escritura pública que por este acto se sanea. Sociedad inscrita originalmente a fojas 529 vta. No. 383 Registro Comercio Curicó 2001. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 24 de Noviembre 2017. CESAR RICARDO SANCHEZ GARCIA, Notario Suplente.
Información societaria
Capital
Capital total
$350.000.000
Capital pagado
$202.000.000
Capital pendiente
$148.000.000
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
MARIO JOSE MANUEL SANTA MARIA DEL VALLE Socio | - | 65.75% | $230.125.000 |
LORETO DEL PILAR SANTA MARIA DEL VALLE Socio | - | 15.75% | $55.125.000 |
FERNANDA ISIDORA SANTA MARIA DEL VALLE Socio | - | 9.25% | $32.375.000 |
VICTOR MANUEL GREGORIO SANTA MARIA DEL VALLE Socio | - | 9.25% | $32.375.000 |
Texto oficial del extracto
CESAR RICARDO SANCHEZ GARCIA, Notario de Santiago, Suplente del Titular Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, Bandera 341, Of. 352, certifica que por escritura pública de 21 de Julio de 2017, ante mí, MARIO JOSE MANUEL SANTA MARIA DEL VALLE y LORETO DEL PILAR SANTA MARIA DEL VALLE, ambos Avda. Ecuador 1280, Comuna de Romeral; FERNANDA ISIDORA SANTA MARIA DEL VALLE, Huerto Quete Quete sin número, Comuna de Curicó; y VICTOR MANUEL GREGORIO SANTA MARIA DEL VALLE, Huerto La Fortuna Lote B, Comuna de Sagrada Familia, todos anteriores Región del Maule, modificaron SOCIEDAD AGRICOLA SAN GERARDO LIMITADA, Rut 77.750.270-0, inscrita originalmente a fojas 529 vta. No. 383 Registro Comercio Curicó 2001, en lo siguiente: 1) Se aumentó capital social de $200.000.000, al nuevo de $350.000.000, mediante ampliación en $150.000.000, que socios aportaron en acto escritura extractada del modo siguiente y que enterarán y pagarán en dinero efectivo dentro del plazo máximo de 10 años contados desde el 21 de Julio de 2017 y a medida que necesidades sociales lo requieran: a) Mario José Manuel Santa María del Valle aportó $98.625.000; b) Loreto del Pilar Santa María del Valle aportó $23.625.000; y c) Cada uno de Fernanda Isidora Santa María del Valle y Víctor Manuel Gregorio Santa María del Valle aportó $13.875.000. 2) Se modificó cláusula séptima estatutos sociales referente al capital social, ascendente a $350.000.000, que socios o sus antecesores en el dominio aportan modo siguiente y han pagado y pagarán en dinero efectivo siguientes proporciones: a) Mario José Manuel Santa María del Valle $230.125.000, esto es, el 65,75% del capital social y propiedad presente compañía, de los cuales $131.500.000 los ha enterado y pagado con anterioridad, debiendo los restantes $98.625.000 enterarlos y pagarlos dentro del plazo máximo de 10 años contados desde fecha escritura extractada y a medida que las necesidades sociales lo requieran; b) Loreto del Pilar Santa María del Valle $55.125.000, esto es, el 15,75% del capital social y propiedad presente compañía, de los cuales $31.500.000 los ha enterado y pagado con anterioridad, debiendo los restantes $23.625.000 enterarlos y pagarlos dentro del mismo plazo antes señalado, contado de la misma manera; y c) Cada uno de Fernanda Isidora Santa María del Valle y Víctor Manuel Gregorio Santa María del Valle $32.375.000, esto es, el 9,25% individualmente del capital social y propiedad presente compañía, de los cuales $18.500.000 cada uno los ha enterado y pagado con anterioridad, debiendo los restantes $13.875.000 cada uno enterarlos y pagarlos dentro del mismo plazo antes señalado, contado de la misma manera. Demás estipulaciones constan de escritura que se extracta. Santiago, 7 de Septiembre 2017. CESAR RICARDO SANCHEZ GARCIA, Notario Suplente.
Información societaria
Capital
Capital total
$200.000.000
Capital pagado
$200.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Mario José Manuel Santa María del Valle Socio | - | 65.75% | $131.500.000 |
Loreto del Pilar Santa María del Valle Socio | - | 15.75% | $31.500.000 |
Fernanda Isidora Santa María del Valle Socio | - | 9.25% | $18.500.000 |
Víctor Manuel Gregorio Santa María del Valle Socio | - | 9.25% | $18.500.000 |
Administradores (1)
Mario José Manuel Santa María del Valle
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos
Julio Víctor Manuel Ambrosio Santa María Torrealba cede derechos a Mario José Manuel Santa María del Valle y a Loreto del Pilar Santa María del Valle; Fernanda Isidora Santa María del Valle y Víctor Manuel Gregorio Santa María del Valle también ceden derechos a los mismos socios.
Julio Víctor Manuel Ambrosio Santa María Torrealba · Mario José Manuel Santa María del Valle · Loreto del Pilar Santa María del Valle · Fernanda Isidora Santa María del Valle · Víctor Manuel Gregorio Santa María del Valle
- Cambio de capital
Se modifica el capital social y su distribución entre los socios.
Mario José Manuel Santa María del Valle · Loreto del Pilar Santa María del Valle · Fernanda Isidora Santa María del Valle · Víctor Manuel Gregorio Santa María del Valle
- Cambio de administrador
La administración pasa a ser ejercida unipersonalmente por Mario José Manuel Santa María del Valle.
Texto oficial del extracto
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario de Santiago, Bandera 341, Of. 352, certifica que por escritura pública de 22 de Noviembre 2016, ante mí, JULIO VICTOR MANUEL AMBROSIO SANTA MARIA TORREALBA, MARIO JOSE MANUEL SANTA MARIA DEL VALLE y LORETO DEL PILAR SANTA MARIA DEL VALLE, todos Avda. Ecuador 1280, Romeral; FERNANDA ISIDORA SANTA MARIA DEL VALLE, Huerto Quete Quete sin número, Curicó; y VICTOR MANUEL GREGORIO SANTA MARIA DEL VALLE, Huerto La Fortuna Lote B, Sagrada Familia, todos anteriores Región del Maule, modificaron SOCIEDAD AGRICOLA SAN GERARDO LIMITADA, Rut 77.750.270-0, inscrita originalmente a fojas 529 vta. No. 383 Registro Comercio Curicó 2001, en lo siguiente: 1) Se retiró de sociedad Julio Víctor Manuel Ambrosio Santa María Torrealba, mediante siguientes cesiones de derechos de él y de otros socios que enseguida se señalan, todas en precio y condiciones de pago indicadas en escritura extractada: a) Julio Víctor Manuel Ambrosio Santa María Torrealba cedió a Mario José Manuel Santa María del Valle, derechos equivalentes al 4,5% participaciones sociales totales y propiedad de la presente compañía; b) Julio Víctor Manuel Ambrosio Santa María Torrealba cedió a Loreto del Pilar Santa María del Valle, derechos equivalentes al 4,5% participaciones sociales totales y propiedad de la presente compañía; c) Fernanda Isidora Santa María del Valle cedió a Mario José Manuel Santa María del Valle, derechos equivalentes al 1% participaciones sociales totales y propiedad de la presente compañía; y d) Víctor Manuel Gregorio Santa María del Valle cedió a Loreto del Pilar Santa María del Valle, derechos equivalentes al 1% participaciones sociales totales y propiedad de la presente compañía. 2) Se modificó cláusula séptima estatutos sociales referente al capital social, ascendente a $200.000.000, que socios o sus antecesores en el dominio han aportado y pagado en dinero efectivo con anterioridad, siguientes proporciones: a) Mario José Manuel Santa María del Valle $131.500.000, esto es, el 65,75% del capital social y propiedad presente compañía; b) Loreto del Pilar Santa María del Valle $31.500.000, esto es, el 15,75% del capital social y propiedad presente compañía; y c) Cada uno de Fernanda Isidora Santa María del Valle y Víctor Manuel Gregorio Santa María del Valle $18.500.000, esto es, el 9,25% individualmente del capital social y propiedad presente compañía. 3) Se modificó cláusula novena estatutos sociales referente a la administración y uso razón social, la que corresponderá unipersonalmente a Mario José Manuel Santa María del Valle, salvo para ejecutar los actos que requerirán de la actuación conjunta de la unanimidad de los socios, en la forma y con las facultades señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan de escritura que se extracta. Santiago, 2 de Diciembre 2016. PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario de Santiago.
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