Iberocenter
Sociedad de Responsabilidad Limitada77.735.240-7

Pmc Labels Autoadhesives Limitada

MODIFICACIÓN — 6 may 2023

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2023-05-06Ver PDF (CVE 2310608)

Información societaria

Ltda
Calle Córdova y Figueroa N°1136
Administración: Administración, representación y uso de la razón social por don PABLO ANDRÉS CORTÉS ESPINOZA

Capital

Capital total

$2.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

MARIO ALFONSO CORTÉS ORELLANA

Socio

50%

PABLO ANDRÉS CORTÉS ESPINOZA

Socio

50%

Administradores (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 26 de noviembre de 2001

    Se constituye PMC LABELS LIMITADA con un capital de $2.000.000.

    MARÍA BERNARDITA CORTÉS ORELLANA · PABLO ANDRÉS CORTÉS ESPINOZA

  2. Cambio de nombre· 4 de junio de 2018

    Se modifica el nombre de fantasía a PMC LABELS LTDA. y se amplía la administración.

  3. Fallecimiento· 12 de diciembre de 2022

    Fallece la socia MARÍA BERNARDITA CORTÉS ORELLANA.

    MARÍA BERNARDITA CORTÉS ORELLANA

  4. Sucesión· 9 de marzo de 2022

    Se concede posesión efectiva, siendo único heredero MARIO ALFONSO CORTÉS ORELLANA.

    MARIO ALFONSO CORTÉS ORELLANA

  5. Cesión de derechos· 5 de abril de 2023

    MARIO ALFONSO CORTÉS ORELLANA se adjudica el 50% de los derechos sociales de la heredera.

    MARIO ALFONSO CORTÉS ORELLANA · PABLO ANDRÉS CORTÉS ESPINOZA

Texto oficial del extracto

CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES, Abogado, Notario Suplente de la Titular de la 7ª Notaría Santiago de doña MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Agustinas 1161, entrepiso, certifico: Por escritura pública de fecha 05 de abril de 2023, ante Notario Titular, comparecieron don PABLO ANDRÉS CORTÉS ESPINOZA, y don MARIO ALFONSO CORTES ORELLANA,domiciliados en Calle Córdova y Figueroa N°1136, comuna Quinta Normal, Región Metropolitana, comparecen por sí mismos, señalando que, la empresa PMC LABELS AUTOADHESIVES LIMITADA, Rol Único Tributario número 77.735.240- 7, mismo domicilio que los comparecientes, fue constituida por los socios doña María Bernardita Cortés Orellana, y don Pablo Andrés Cortés Espinoza, a través de escritura pública de fecha 26.11.2001, inscrita a fojas 2.165, número 1.692, del año 2002, del Registro Comercio de Santiago, Capital $2.000.000. La cual se modificó a través de escritura pública de fecha 04.06.2018, inscrita a fojas 41.596 número 21.780 del año 2018, modificando el nombre de fantasía a “PMC LABELS LTDA.”, y ampliaron la administración de esta. Con fecha 12.12.2022, falleció uno de los socios, doña MARÍA BERNARDITA CORTÉS ORELLANA, conforme a lo establecido en la cláusula Décimo Tercero de los estatutos sociales, señala que la sociedad no se disolverá por la muerte de alguno de los socios o de los que a futuro lo sean o por la disolución de alguna persona jurídica que en el futuro sea social. En tales casos la sociedad continuará con la sucesión del socio fallecido o con la o las personas que tengan derechos como ex socias de la persona jurídica disuelta, todos los cuales deberán nombrar un mandatario común para que los represente en esta sociedad, dentro del plazo de sesenta días de ocurrida la muerte o la disolución, nombramiento que se hará por escritura pública. Mediante Resolución Exenta número 4563 de fecha 09 de marzo de 2022, fue concedida la Posesión Efectiva por el Director Regional Región del Maule, la que fue publicada en el diario Al Prensa con fecha 15 de marzo de 2022, y conforme a la misma, es único heredero de la socia fallecida: don MARIO ALFONSO CORTÉS ORELLANA, hermano de la causante. Respecto a la Administración, representación y uso de la razón social, se nombra a don PABLO ANDRÉS CORTÉS ESPINOZA. Adjudicación: don MARIO ALFONSO CORTÉS ORELLANA, respecto a los derechos quedados en la herencia de su hermana, se adjudica el 50% de los derechos sociales de “PMC LABELS LIMITADA”. Adjudicación que es aceptada por el restante socio don PABLO ANDRÉS CORTÉS ESPINOZA. quedan como actuales y únicos socios de “PMC LABELS LIMITADA”, don MARIO ALFONSO CORTÉS ORELLANA, con el 50 % de los derechos sociales, y don PABLO ANDRÉS CORTES ESPINOZA, con el 50% de los derechos sociales. Vigencia e inalterabilidad. En todo lo no modificado por la presente escritura, continúan plenamente vigentes las disposiciones de los estatutos sociales de la Sociedad contenidos en la escritura pública indicada en la cláusula primera de este instrumento, y en especial, la que limita la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura que se extracta.- Santiago, 03 de mayo 2023.

ModificaciónDiario Oficial · 2018-06-11Ver PDF (CVE 1412555)

Información societaria

Ltda
Calle Córdova y Figueroa N° 1136
Administración: Administración y representación por la socia María Bernardita Cortés Orellana

Socios (2)

NombreParticipación

MARÍA BERNARDITA CORTÉS ORELLANA

Socio

-

PABLO ANDRÉS CORTÉS ESPINOZA

Socio

-

Administradores (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 26 de noviembre de 2001

    Constitución de la sociedad PMC LABELS AUTOADHESIVES LIMITADA bajo la razón social indicada.

  2. Cambio de nombre· 26 de abril de 2018

    Se modifica el nombre de fantasía de PMCLTDA a PMCLABELS LTDA.

    MARÍA BERNARDITA CORTÉS ORELLANA · PABLO ANDRÉS CORTÉS ESPINOZA

  3. Cambio de administrador· 26 de abril de 2018

    Se complementa la cláusula de administración, otorgando la representación de la sociedad a María Bernardita Cortés Orellana.

    MARÍA BERNARDITA CORTÉS ORELLANA

Texto oficial del extracto

MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público Titular 7 Notaría Santiago, Agustinas 1161, entrepiso, certifico: Escritura pública de fecha 26 de abril 2018, ante mí, MARÍA BERNARDITA CORTÉS ORELLANA, y PABLO ANDRÉS CORTÉS ESPINOZA, ambos domiciliados en calle Córdova y Figueroa N° 1136, Quinta Normal, Región Metropolitana, modifican sociedad de responsabilidad limitada, constituida en escritura pública de fecha 26/11/2001 inscrita a fojas 2.165, número 1.692, en el Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año 2002, bajo la razón social de “PMC LABELS AUTOADHESIVES LIMITADA”, nombre de fantasía de “PMCLTDA”, Rut: 77.735.240-7. La modificación, se refiere a los siguientes puntos: 1) los comparecientes, acordaron modificar la cláusula segunda de la escritura original, referente al nombre de fantasía de la empresa, dejando de ser “PMCLTDA”, pasando a ser para todos los efectos legales “PMCLABELS LTDA”.2) los comparecientes, acordaron complementar la cláusula quinta de la escritura pública de constitución, la que guarda relación con la “administración”, en la cual se señala que la representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá al socio doña MARÍA BERNARDITA CORTÉS ORELLANA, quien anteponiendo su firma a la razón social podrá ejecutar todos los actos jurídicos convenciones y contratos necesarios para el adecuado desarrollo de los negocios sociales, y a título de mero ejemplo y sin que la presente enumeración revista el carácter de taxativa podrá: Uno) Comprar, vender, permutar y, en general, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales: en especial aquellos cuya adquisición y enajenación queda comprendida en el giro de la sociedad. Dos) Dar y tomar bienes en arriendo o en comodato. Tres) Dar y tomar dinero y otros bienes en mutuo. Cuatro) Dar y recibir dinero y otros bienes en depósito necesario o voluntario. Cinco) Dar y recibir bienes en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general, posponer alzar y cancelar hipotecas; constituir o aceptar usufructos. Seis) Dar y recibir en prenda muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales e incorporales, sea en prenda civil, mercantil, bancaria, agraria, industrial, warrants, de cosa mueble vendida a plazo u otras especiales, substituirlas y cancelarlas. Siete) Celebrar contratos de transporte, de fletamento, de hipoteca, de cambio, de correduría y de transacción. Ocho) Celebrar contratos de mandatos para constituir la sociedad en agente, representante, comisionista, distribuidores o concesionaria o para que ésta los constituya. Nueve) Celebrar contratos de sociedad, y de asociación o cuentas en participación, de cualquier clase u objeto, ingresar en sociedades ya constituidas: y representar a la sociedad, con voz y voto, en las sociedades, comunidades, asociaciones, cuentas en participación, de que forme parte o tenga interés. Diez) Celebrar contratos de seguro, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas y cancelarlas, aprobar e impugnar liquidaciones de siniestro, etcétera. Once) Celebrar contratos de cuenta corriente mercantil, imponerse de sus movimientos y aprobar o rechazar saldos. Doce) Celebrar cualquier otro contrato, nominado o no. En los contratos que la sociedad celebre, podrá convenir toda clase de cláusulas, pactos, estipulaciones, y anexos; estén o no contempladas especialmente por las leyes, ya sean de su esencia, de su naturaleza o meramente accidentales, fijar precios, intereses, rentas honorarios, remuneraciones, reajustes, indemnizaciones, plazos, condiciones, deberes, atribuciones, épocas y formas de pago y entrega, cabida, establecer reglamentos de copropiedad, etcétera; percibir y/o entregar, pactar indivisibilidad pasiva o activa, convenir cláusulas penales a favor o en contra de la sociedad, aceptar toda clase de cauciones, reales y/o personales, y toda clase de garantías, en beneficio o en contra de la sociedad, fijar multas a favor o en contra de ella, pactar prohibiciones de enajenar o gravar, ejercitar y renunciar sus acciones, como las de nulidad, rescisión, resolución, evicción, etcétera, y aceptar la renuncia de derechos y acciones, rescindir, resolver, resciliar, poner término y/o solicitar la terminación de los contratos, convenir pactos de retroventa, exigir rendiciones de cuentas, aprobarlas u objetarlas, y en general, ejercitar y renunciar, todos los derechos que competen a la sociedad. Se le faculta en forma expresa para novar obligaciones. Trece) Celebrar contratos de Leasing, Factoring, Securitización, de importación y exportación y en general relacionados con el comercio internacional, contratos tecnológicos, de comercio electrónico, y operaciones en moneda extranjera con toda la gama de documentos emitidos por el Banco Central y aptos para ser operados por particulares. Catorce) Celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales contratar y despedir trabajadores y contratar servicios profesionales y/o técnicos. Quince) Contratar préstamos en cualquier forma con toda clase de organismos e instituciones de crédito y/o fomento, de derecho público o privado, sociedades civiles o comerciales, Financieras, en general, con cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera. Dieciséis) Representar a la sociedad en los bancos nacionales o extranjeros, estatales o particulares, con las más amplias facultades que puedan necesitarse, darles instrucciones y cometer las comisiones de confianza, abrir cuentas corrientes bancarias: de depósito y/o de crédito, depositar, girar, sobregirar en ellas, imponerse de su movimiento y cerrar unas y otras, todo ello tanto en moneda nacional como extranjera, aprobar y objetar saldos o cartolas, retirar talonarios de cheques o cheques sueltos, contratar préstamos, sea como créditos en cuentas corrientes, créditos simples, créditos documentarios, avances contra aceptación, sobregiros, créditos en cuentas especiales, contratando líneas de crédito, sea en cualquier otra forma, arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento, colocar y retirar dinero o valores sea en moneda nacional o extranjera, en depósito, custodia o garantía y cancelar los certificados respectivos, contratar acreditivos en moneda nacional o extranjera, efectuar operaciones de cambio, tomar boletas de garantía, y en general, efectuar toda clase de operaciones bancarias en moneda nacional o extranjera, solicitar tarjetas de crédito bancarias o comerciales, y para el uso en cajeros automáticos, celebrar contratos de uso de internet para acceder a los servicios bancarios en su amplia gama. En todo lo demás, rige sin modificaciones la escritura constitutiva. Santiago, 01 de junio 2018.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    PMC LABELS AUTOADHESIVES LIMITADA

    CVE 2310608

  2. MODIFICACIÓN

    PMC LABELS AUTOADHESIVES LIMITADA

    CVE 1412555

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)