Carrasco Y Otárola Abogados Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales tales como: Asesorías y servicios profesionales en materia financiera, económica, comercial, administrativa, legal, comercio exterior, laboral, contable, operativas, inversión extranjera y cualquier prestación de servicios en materias empresariales; la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado y afines, la confección, desarrollo y puesta en marcha de modelos de prevención del delito de la ley veinte mil trescientos noventa y tres, como sus derivados, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; y en general, todo tipo de actividad, asesoría o servicio profesional que derive del ejercicio de sus profesiones o a fines.
Capital
Capital total
$30.000.000
Capital pagado
$30.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
OMAR ALEJANDRO CARRASCO GARCÍA Socio | - | 93% | $28.000.000 |
ANÍBAL AUGUSTO CARRASCO OTÁROLA Socio | - | 7% | $2.000.000 |
Administradores (1)
OMAR ALEJANDRO CARRASCO GARCÍA
Texto oficial del extracto
FELIX JARA CADOT, 41ª Notaría, Huérfanos 1160/ subsuelo, Santiago, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, OMAR ALEJANDRO CARRASCO GARCÍA y ANÍBAL AUGUSTO CARRASCO OTÁROLA, ambos domiciliado en calle Estoril número ciento veinte, oficina ochocientos uno, comuna de Las Condes, vienen en constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada. RAZÓN SOCIAL: “CARRASCO Y OTÁROLA ABOGADOS LIMITADA”, nombre fantasía “BL ABOGADOS LTDA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales tales como: Asesorías y servicios profesionales en materia financiera, económica, comercial, administrativa, legal, comercio exterior, laboral, contable, operativas, inversión extranjera y cualquier prestación de servicios en materias empresariales; la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado y afines, la confección, desarrollo y puesta en marcha de modelos de prevención del delito de la ley veinte mil trescientos noventa y tres, como sus derivados, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; y en general, todo tipo de actividad, asesoría o servicio profesional que derive del ejercicio de sus profesiones o a fines. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en otras partes del país. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social, así como la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá al socio OMAR ALEJANDRO CARRASCO GARCÍA, amplias facultades. CAPITAL: $30.000.000 socios aportan de la siguiente forma; el socio OMAR ALEJANDRO CARRASCO GARCÍA, aporta veintiocho millones de pesos, y el socio ANIBAL AUGUSTO CARRASCO OTÁROLA, aporta dos millones de pesos, ambos en este acto, que aportan cada uno de los socios, enterando treinta millones de pesos, que ingresan a caja social. Los socios limitan sus aportes hasta la concurrencia de sus respectivos aportes de capital. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, el que se renovará tácita y sucesivamente, por períodos de un año, en forma que indica escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 13 de enero de 2023.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
CARRASCO Y OTÁROLA ABOGADOS LIMITADA
CVE 2259278
