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Sociedad de Responsabilidad Limitada77.712.231-2

Bohorquez Y Escobar Limitada

CONSTITUCIÓN — 19 ene 2023

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2023-01-19Ver PDF (CVE 2256230)

Información societaria

Ltda
Punta Arenas, Magallanes
Duración: hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco; renovándose tácita y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada vez, en forma indefinida, a menos que alguno de los socios manifieste su voluntad de no renovarlo
Administración: La administración y uso de la razón social corresponderá a ambos socios indistintamente, actuando en forma conjunta o por separado

Objeto social

Comprar, vender, urbanizar, subdividir, construir, dar y tomar en arrendamiento, comercializar y explotar en cualquier forma toda clase de bienes raíces y derechos reales constituidos en ellos. Constituir sociedades de igual o distinto giro. Realizar todas aquellas actividades relacionadas con el turismo y la hotelería, ya sea mediante la explotación de establecimientos propios, de sociedades en las que tenga participación, ajenos destinados a tal objeto o mediante cualquiera otra forma, comprendiéndose en dichas actividades, la prestación de servicios de alojamiento y de alimentación, servicio de bar, venta de souvenirs, como también la organización y venta de expediciones, viajes y transporte turístico; el arrendamiento y/o subarrendamiento de vehículos motorizados propios o ajenos. Realizar operaciones de cambio internacional.

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital pagado

$20.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

MARÍA MAGDALENA BOHORQUEZ CRUZ

Socio

50%

ENRIQUE SERGIO ESCOBAR MIQUEL

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

ALFREDO EDUARDO FONSECA MIHOVILOVIC, Abogado, Notario Público Interino de Punta Arenas, con oficio en calle 21 de Mayo Nº1123, certifica que, por escritura pública de fecha 10 de enero de 2023, Repertorio Nº 60-23, ante mí, doña MARÍA MAGDALENA BOHORQUEZ CRUZ, factor de comercio y don ENRIQUE SERGIO ESCOBAR MIQUEL, factor de comercio, ambos domiciliados calle Cataratas del Niágara número mil trescientos sesenta y nueve, Punta Arenas, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada razón social "BOHORQUEZ Y ESCOBAR LIMITADA". Objeto social: El objeto de esta sociedad es: I.- Comprar, vender, urbanizar, subdividir, construir, dar y tomar en arrendamiento, comercializar y explotar en cualquier forma toda clase de bienes raíces y derechos reales constituidos en ellos. II.- Constituir sociedades de igual o distinto giro. III.- Realizar todas aquellas actividades relacionadas con el turismo y la hotelería, ya sea mediante la explotación de establecimientos propios, de sociedades en las que tenga participación, ajenos destinados a tal objeto o mediante cualquiera otra forma, comprendiéndose en dichas actividades, la prestación de servicios de alojamiento y de alimentación, servicio de bar, venta de souvenirs, como también la organización y venta de expediciones, viajes y transporte turístico; el arrendamiento y/o subarrendamiento de vehículos motorizados propios o ajenos. Realizar operaciones de cambio internacional. Administración y uso razón social corresponderá a ambos socios indistintamente, actuando en forma conjunta o por separado, conforme se indica en la cláusula tercera de la escritura extractada. Capital: El capital social será la suma de Veinte millones de pesos, que se divide, aporta y paga por partes iguales entre los socios, a razón de Diez millones de pesos cada uno. Socios limitan su responsabilidad hasta monto de sus aportes. La sociedad se pacta hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco; renovándose tácita y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada vez, en forma indefinida, a menos que alguno de los socios manifieste su voluntad de no renovarlo. Esta declaración deberá hacerse por escritura pública anotada al margen del presente instrumento y de su extracto inscrito en el Registro de Comercio de Magallanes, todo ello con no menos de dos meses de anticipación al vencimiento del plazo entonces en curso. Para acreditar la vigencia de la sociedad, bastará un certificado del Conservador de Comercio competente en que se indique que dicha anotación no se ha realizado, o bien, simplemente que la inscripción no registra anotaciones marginales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Demás estipulaciones, en escritura extractada. Punta Arenas 11 de enero de 2023.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

    BOHORQUEZ Y ESCOBAR LIMITADA

    CVE 2256230

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial